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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (05/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 120

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de octubre de 2007 354962 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban estándares de calidad y niveles operacionales para la localización de actividades urbanas en el distrito y requisitos mínimos obligatorios ORDENANZA Nº 270-MM Mira flores, 27 de setiembre de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Mira flores en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 920 publicada el 30 de marzo de 2006, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el reajuste integral de la zoni ficación de los usos del suelo del distrito de Mira flores, conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; Que, la precitada Ordenanza en su Tercera Disposición Transitoria, dispone que dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, la Municipalidad Distrital de Mira flores, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre Estándares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la Localización de Actividades Urbanas en el distrito; Que, en atención a ello, la Municipalidad de Mira flores emitió el Decreto de Alcaldía Nº 17 de fecha 15 de mayo de 2006, que aprueba las Normas sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales en el distrito de Mira flores; Que, sin embargo dada la importancia que representa esta norma en el ordenamiento urbanístico del distrito de Mira flores, es necesaria su aprobación mediante Ordenanza, en la que pueda participar el Concejo Municipal como organismo encargado de la producción normativa de las municipalidades; Que, posteriormente, con fecha 29 de abril de 2007, la Municipalidad Metropolitana de Lima expidió la Ordenanza 1012, que aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Mira flores; Que, a la luz de esta última norma se hace necesario actualizar lo reglamentado por el Decreto de Alcaldía Nº 17, adecuándolo a las condiciones que permitan elevar la calidad de vida de los vecinos y visitantes del distrito de Mira flores; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ESTÁNDARES DE CALIDAD Y LOS NIVELES OPERACIONALES PARA LA LOCALIZACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES Y LOS REQUISITOS MÍNIMOS EDIFICATORIOS TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I OBJETO Y CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto de la Norma. La presente norma tiene por objeto establecer “Los Estándares de Calidad y Los Niveles Operacionales y los Requisitos Mínimos Edi ficatorios para la Localización de Actividades Urbanas del distrito de Mira flores”, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Nº 1012 que aprueba “El Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Mira flores”. Artículo 2º.- Consideraciones Generales. Son aquellas condiciones no comentadas en el Reglamento Nacional de Edi ficaciones ni en el Decreto de Alcaldía Nº 17 y que resultan necesarias tenerlas en cuenta como requisitos mínimos edi ficatorios en la evaluación de los proyectos de edi ficaciones para la localización de actividades urbanas dentro del ámbito municipal del distrito de Mira flores: a. Lotes con frente a dos calles paralelas. Cuando un lote da frente a dos calles paralelas y está cruzado por una “línea límite de zonas”, cada zona Unidad Orgánica: GERENCIA DE DESARROLLO URBANO N° DE ORDENDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOS DERECHO DE PAGO % UITCALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITEAUTORIDAD QUE RESULEVE EL RECURSO IMPUGNATIVO Auto- má-ticoEVALUACIÓN PREVIA RECONSI- DERACIÓNAPELACIÓN SILENCIO (+) (-) SUB GERENCIA DE OBRAS Y PLANIFICACION URBANA Autorización para Ocupación Temporal de Área de Dominio Público Ordenanza N° -MDLa) Solicitud dirigida al Solicitud dirigida al Alcalde, indicando el Número de Expediente de Licencia de Obra o de Comunicación Previa para Trabajos de Refacción y/o Acondicionamiento. b) Declaración Jurada de Declaración Jurada de Compromiso de Compensación de los Daños causados por Obras Civiles. c) Plano de Ubicación (escala Plano de Ubicación (escala 1/500) y Plano de Planta de la propuesta de área a ocupar, debidamente acotado, firmado y sellado por el propietario y Responsable de la Obra. d) Derecho de Pago. Derecho de Pago.3.4660% 10 días Unidad de Trámite DocumentarioGerencia de Desarrollo UrbanoGerencia de Desarrollo UrbanoGerencia Municipal por delegación del Alcalde 116423-1