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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2010 (27/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de mayo de 2010 419623 del Pleno del CONAFU: o) Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades públicas; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: “Para organizar la Universidad que se encuentra en el régimen de la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, b) Un Vicepresidente Académico, c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la universidad según corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y fi nancieras; Que, en el artículo 20º del Reglamento, se establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece que: “La Comisión Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros años de funcionamiento,…”; Que, por Resolución N° 571-2009-CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2009, se resuelve: Otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad Privada de Huancayo, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la Provincia Huancayo y Departamento de Junín; autorizándose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica, y 3) Obstetricia; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, con Ofi cio Nº 010-P-UPH-2010 recibido en fecha 23 de marzo de 2010, el señor David Julio Jiménez Heredia, Presidente de la Promotora de la Educación “La Incontrastable”, Promotora de la Universidad Privada de Huancayo solicita el reconocimiento de la Comisión Organizadora de la referida Universidad, manifestando que en Junta General de Accionistas de la mencionada Promotora se ratifi có a los señores: Doctor Víctor Raúl Orihuela Paredes, Doctor Segundo Nicolás Seclen Santisteban y al Abogado David Julio Jiménez Heredia, como integrantes propuestos para que conformen la Comisión Organizadora de la Universidad, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente; los mismos que fueron propuestos en la presentación de su Proyecto de Desarrollo Institucional que dio lugar a su autorización provisional mediante Resolución N° 571-2009-CONAFU; Que, por Ofi cio N° 341-2010-CONAFU-CDAA de fecha 19 de abril de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos informa al Pleno del CONAFU que el Presidente de la Promotora “La Incontrastable” de la Universidad Privada de Huancayo, solicita reconocimiento de su Comisión Organizadora, al respecto opina que es procedente el reconocimiento ofi cial de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Huancayo, por razón de que los profesionales propuestos cumplen con los requisitos exigidos por Ley, la misma que quedará integrada de la siguiente manera: Doctor Víctor Raúl Orihuela Paredes, Doctor Segundo Nicolás Seclen Santisteban y el Abogado David Julio Jiménez Heredia, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General. Respectivamente; Que, en sesión ordinaria de fecha 26 de abril de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 172-2010- CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aceptar la propuesta y reconocer a la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Huancayo la misma que quedará integrada de la siguiente manera: Doctor Víctor Raúl Orihuela Paredes, Doctor Segundo Nicolás Seclen Santisteban y el Abogado David Julio Jiménez Heredia, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General; respectivamente; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la propuesta de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Huancayo, presentada por el señor David Julio Jiménez Heredia, Presidente de la Promotora de la Educación “La Incontrastable”, Promotora de la Universidad Privada de Huancayo. Artículo Segundo.- RECONOCER a la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Huancayo la misma que quedará integrada de la siguiente manera: Doctor Víctor Raúl Orihuela Paredes Presidente Doctor Segundo Nicolás Seclen Santisteban Vicepresidente Académico Abogado David Julio Jiménez Heredia Gerente General Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 498483-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la organización académica de la Universidad Católica Sedes Sapientiae comprende la creación de las carreras profesionales de Ingeniería de Transportes y de Tecnología Médica - Terapia Física y Rehabilitación COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0440-2010-ANR Lima, 6 de mayo de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 011-2010-UCSS-R/VR de fecha 8 de marzo de 2010, del Rector encargado de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, informe Nº 049-2010-DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico y el memorando Nº 412-2010-SE, de fecha 29 de abril de 2010; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio de vistos, el Rector encargado de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, con sede en la ciudad de Lima, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de dos nuevas carreras profesionales, acordadas en sesión de su Asamblea General de fecha 22 de diciembre del año 2009, remitiendo copia autenticada de las Resoluciones Nº 024-2009-UCSS- AG/GC y Nº 025-2009-UCSS-AG/GC, así como los planes de estudios de las carreras propuestas, en cumplimiento a lo previsto en el considerando precedente, a efectos de proceder a expedir la resolución correspondiente: Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico, expresa que los planes de