Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

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afiliado en el mes i que toma el valor de uno si el afiliado cotiza en el mes i y cero si no cotiza; frci el factor de descuento de la comision por remuneracion del mes i. Por su parte, el calculo del valor actual de la comision por saldo con periodo transitorio de comision mixta esta definido de

Grafico 14.- Comision por saldo y saldo CIC

SALDO CIC (para la pension)

Elaboracion: Propia - De acuerdo con los Anexos Tecnicos 1 y 2 de la Resolucion 9617-2012, sobre `Metodologia aplicable a los calculos del Aplicativo de Comparacion de Comisiones' y `Explicacion de los supuestos utilizados en los calculos del Aplicativo de Comparacion de Comisiones' (Vid. http:// www.sbs.gob.pe/app/Calculadora/Paginas/metodologia. pdf), el cobro de la comision sobre saldo estara alrededor de 1,25% anual -o 0,1% mensual- en los 10 primeros anos; de 0,88% anual para los segundos 10 anos (ano 11 al 20); de 0,50% anual para los 15 anos siguientes (ano 21 al 35) y de 0,20% anual para los 5 anos siguientes (ano 35 al 40). En el caso del promedio de la comision por remuneracion, esta ha pasado de 1,91% (a MORDAZA de 2012), a una equivalente al 1,49% tras las licitaciones realizadas a partir de la impugnada Ley 29903. Tambien se debe tomar en cuenta que como no esta prevista la posibilidad de ingreso de nuevos afiliados a las AFP, ello implicaria una reduccion de su rentabilidad patrimonial (ROE), que no seria compensada con un incremento de la comision (ingresos). - Conforme a la Resolucion SBS 8514-2012, en la comision mixta con transicion a saldo, se preve un corredor de reduccion a la parte de flujo (Vid. http://www.sbs.gob. pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=0&J ER=105). Se aplicaran factores de ajuste cada dos anos sobre la comision base de cada AFP, de 86,5% para el periodo de febrero de 2013 a enero de 2015; de 68,5% para el periodo de febrero de 2015 a enero de 2017; de 50,0% para el periodo de febrero de 2017 a enero de 2019; de 31,5% para el periodo de febrero de 2019 a enero de 2021; de 13,5% para el periodo de febrero 2021 a enero 2023; y, de 0% para el periodo de febrero de 2023 en adelante. - Segun un supuesto ajustado a lo dispuesto en la Resolucion SBS 9617-2012, sobre los aplicativos de comparacion de comisiones en las normas para la reduccion y eleccion de la comision sobre el flujo (Vid. http://www.sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna. aspx?ARE=0&PFL=0&JER=105), la rentabilidad en la comision por remuneracion se preve de 8% anual para los primeros diez anos, 7% anual para los segundos diez anos y 5% para el resto del periodo; y en la comision mixta con transicion a saldo se presupone una tasa de crecimiento promedio por decada de 0,75%. - En el Anexo Tecnico 1 de la Resolucion SBS 96172012, se presenta como se realiza el calculo del valor actual de la comision por remuneracion (comision por , donde VACM es el valor actual flujo). de las comisiones por remuneraciones del afiliado j; n, el numero de meses comprendido entre la edad del afiliado en la fecha de calculo y cuando cumpla 65 anos definida como 12*(65-edad del afiliado); crp, la comision por remuneracion expresada en terminos porcentuales que la AFP cobrara a los afiliados que eligen permanecer en el esquema de comision por remuneracion; Wi, el salario real estimado del afiliado en el mes i, para i=1,2,...n, en evolucion; Ci, el indicador de densidad de cotizacion del

la siguiente manera: , donde VACM es el valor actual de las comisiones por saldo con periodo transitorio de comision mixta de afiliado; n, el numero de meses comprendido entre la edad del afiliado en la fecha de calculo y cuando cumpla 65 anos definida como 12*(65-edad del afiliado); crmi, la comision por remuneracion aplicable en el mes i a los afiliados bajo comision por saldo con periodo transitorio de comision mixta, tomando en cuenta el cronograma de reduccion de remuneracion y el primer devengue; Wi, el salario real estimado del afiliado en el mes i, para i=1,2,...n, en evolucion; Ci, el indicador de densidad de cotizacion del afiliado en el mes i que toma el valor de uno si el afiliado cotiza en el mes i y cero si no cotiza; fcmt, el factor de descuento de la comision por saldo del mes i; Ft, el fondo de pensiones promedio del mes i. - Algunos expertos han recomendado cual esquema escoger. Asi, el gerente central de Operaciones de AFP Integra manifesto que para los que hoy superan los 40 anos de edad, el cobro de una comision mixta por parte de las AFP es la opcion mas conveniente, pues cuanto mas cerca este un afiliado a la edad de jubilacion, pasarse a esta es mas oportuno (Vid. http://www.aempresarial. com/web/informativo.php?id=19285). El economista investigador de una reconocida universidad aconseja que los que estan por jubilarse ­en los proximos dos anos­ deben analizar la tasa que se les cobraria en cada MORDAZA de comision pues si la tasa sobre el MORDAZA (flujo) es superior a 1% mensual, deberian mantenerse en la comision por flujo; de lo contrario, al aumentarle un cobro por saldo podria elevarse aun mas, dado que "(...) si hoy hay AFP que cobran entre 1,6% y 1,75% solamente, y luego se rebaja eso a 1,2% o 1,3% (por flujo) para sumarle un porcentaje mas sobre el fondo (por saldo), el cobro mixto puede ser alto. Es mejor uno de los dos, a los dos juntos", pero en el caso de los jovenes en el MORDAZA laboral, entre 20 y 40 anos, les recomienda permanecer en la comision por flujo pues, si aun tienen un largo MORDAZA por aportar, el tamano de la pension futura se MORDAZA afectado con un cobro sobre ese fondo que todavia tiene muchos anos para crecer, dado que "(...) es preferible que reduzcan su consumo actual cuando aun estan jovenes, pues no tienen muchas enfermedades, y pueden generar ingresos de otras formas. En vez de que reduzcan su consumo futuro cuando ya estan jubilados. Es ahi donde se quiere maximizar su pension" (Vid. http://gestion.pe/tudinero/consejos-elegir-tipo-comision-afp-2053028). - Para el presidente de la Asociacion de AFP, don MORDAZA Valdivieso, "(...) en el sistema actual (por flujo) te quitan de tu bolsillo hoy pero no te tocan tu saldo, en el sistema MORDAZA (mixto), te dejan mas en tu bolsillo, pero te sacan de tu saldo, asi de simple (...) Yo puedo estar en necesidad de tener un poco mas de dinero hoy y no me preocupa mucho si manana mi [pension] va a ser mas baja" (Vid. http://www.rpp.com.pe/afp-comisiones-noticia_577847. html). - Para facilitar la eleccion, la SBS habilito un `Aplicativo de Comparacion de Comisiones', siguiendo lo establecido en la Resolucion SBS 9617-2012, metodologia para que cada persona confronte los dos tipos de comisiones (Vid. http://www.sbs.gob.pe/app/Calculadora/Paginas/ defaultsbs.aspx). El ex viceministro de Economia, don MORDAZA MORDAZA, ha cuestionado que dicha calculadora, sin importar que variables se coloquen, siempre arroja que la comision mixta es mejor que la actual, critica que no acepta el superintendente adjunto de Estudios Economicos de la SBS, don MORDAZA Poggi, aunque no estaba en capacidad de afirmar que la opcion de comision por flujo salia beneficiada en algun escenario (Vid. http://elcomercio. pe/economia/1517571/noticia-sbs-aun-no-sabemos-sialgun-escenario-calculadora-sugiere-comision-flujo). 127. Por los fundamentos expresados, es valida la comision por flujo para aquellos trabajadores hoy afiliados que asi lo manifiesten, por lo que a las AFP y la SBS les

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