Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2014 (01/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014

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General al 12 de agosto de 1992, que registraba activos por S/. 24 422 000,00 (Veinticuatro Millones Cuatrocientos Veintidos Mil y 00/100 Nuevos Soles) y pasivos por S/. 25 295 000,00 (Veinticinco Millones Doscientos Noventa y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles); en consecuencia, un patrimonio neto negativo de S/. 873 000,00 (Ochocientos Setenta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, transfirio a la Mutual el importe de S/. 6 840 000,00 (Seis Millones Ochocientos Cuarenta Mil Nuevos Soles), para el pago de sus depositantes, mediante un convenio suscrito el 30 de octubre de 1992 entre el Banco Continental, el Banco de la Nacion y la Mutual. El Banco Continental se encargo de este pago hasta por el monto de S/.4 307,00 (Cuatro Mil Trescientos Siete y 00/100 Nuevos Soles), en tanto que los depositos menores a S/.5,00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles) fueron pagados directamente por la Mutual; Que, en el transcurso del MORDAZA liquidatorio, es decir del 12 de agosto de 1992 al 22 de MORDAZA de 2014, la Mutual ha logrado realizar sus activos y obtener ingresos totales equivalentes a S/. 32 940 537,02 (Treinta y Dos Millones Novecientos Cuarenta Mil Quinientos Treinta y Siete y 02/100 Nuevos Soles), con lo que procedio a pagar en efectivo a los acreedores reconocidos por concepto de capital e intereses, hasta la suma de S/. 17 152 879,26 (Diecisiete Millones Ciento Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Setenta y Nueve y 26/100 Nuevos Soles), concluyendo con el pago a sus ex ahorristas y al Ministerio de Economia y Finanzas, asi como a la mayoria de sus acreedores a traves de operaciones de dacion de inmuebles y cesion de derechos crediticios; Que, las acreencias no reclamadas oportunamente por ex ahorristas, por concepto de capital e intereses, fueron pagadas mediante procesos judiciales de Ofrecimiento de Pago y Consignacion, que concluyeron con la validacion judicial del pago; Que, la Mutual ha cumplido con remitir a la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP las planillas de sueldos y salarios de sus trabajadores, mediante Acta de Entrega y Recepcion de Planillas y Carta N° 054-2009 SBS/MCH, MORDAZA de fecha 11 de febrero de 2009; igualmente, entre el mes de MORDAZA de 2011 y enero de 2014, la Mutual ha realizado doce entregas de su acervo documental de caracter permanente, debidamente verificado, al Archivo Regional de Lambayeque; quedando pendiente una MORDAZA entrega, que se realizara luego de emitida la presente resolucion; Que, en el Balance General al 22 de MORDAZA del 2014, debidamente auditado por la Sociedad Auditora MORDAZA MORDAZA y Asociados, Sociedad Civil, y publicado en el Diario La Republica y en el Diario Oficial El Peruano, los dias 10 y 11 de junio de 2014, respectivamente, se observa que se han agotado todos los activos de la Mutual, habiendose cancelado los principales pasivos contables; lo cual ha sido comunicado a todos los juzgados donde se siguen procesos en contra de la Mutual; Que, en virtud de lo MORDAZA expuesto, la liquidadora decidio, y asi consta en el Acta de fecha 17 de junio de 2014, la conclusion del MORDAZA liquidatorio de la Mutual; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 114° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual, para la posterior inscripcion de su extincion en los Registros Publicos; Estando a lo opinado por el Departamento Legal; asi como por el Departamento de Asuntos Contenciosos, y con la conformidad de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; aprobada por la Ley N° 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda Chiclayo en Liquidacion; ante lo cual, inscrita la presente resolucion en los Registros Publicos se MORDAZA la extincion de su personalidad juridica, disponiendo el traslado del acervo documentario al Archivo Regional de Lambayeque.

VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dietrich para que se autorice su inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolucion SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de MORDAZA 2013, se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REGSGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas MORDAZA mencionadas; Que, la Comision Evaluadora en sesion de fecha 17 de diciembre de 2013, califico y aprobo por unanimidad la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dietrich postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.-Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dietrich con matricula numero N-4295, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.-Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1116649-1

Declaran concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda Chiclayo en Liquidacion
RESOLUCION SBS N° 4845-2014 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La Carta Nº 199.2014-SBS/MVCHL recibida el 25 de junio de 2014, mediante la cual la Liquidadora de la Mutual de Vivienda Chiclayo en Liquidacion, en adelante la Mutual, presenta el Informe Final de Cierre del MORDAZA Liquidatorio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 802-92 de fecha 12 de agosto de 1992, se declaro la disolucion de la Mutual y, como consecuencia de ello, se dio inicio al MORDAZA de liquidacion definitiva de sus bienes y negocios; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio, la situacion financiera de la Mutual estuvo reflejada en su Balance

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