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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (01/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014 529136 Artículo Segundo.- Declarar la fi nalización del encargo efectuado a la señora Socorro del Pilar Jiménez Ruidias, para la representación y administración de la Mutual de Vivienda Chiclayo en Liquidación; en consecuencia, revocar los poderes que le fueron otorgados para tal efecto, correspondiéndole realizar los trámites pertinentes ante los Registros Públicos a fi n de inscribir la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1117049-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Designan encargado del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 541-2014-GRA/PR VISTO: El Memorándum N° 481-2014-GRA/ORA mediante el cual el Jefe de la Ofi cina Regional de Administración, solicita se emita acto resolutivo sobre designación del Responsable del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 643- 2013-GRA/PR de fecha 23 de Julio de 2013, se resolvió: “ARTÍCULO 1°.-DESIGNAR al CPC. JUAN JOSE VELILLE TORRES, Jefe de la Ofi cina Regional de Administración como encargado del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional Arequipa”. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 482- 2014-GRA/PR de fecha 23 de Junio de 2014, se resolvió: ARTÍCULO 1°.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación de la CPC. JUAN JOSÉ VELILLE TORRES en el cargo de Jefe de la Ofi cina Regional de Administración...; ARTÍCULO 2°.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al CPC. VÍCTOR HUGO QUISPE RODRÍGUEZ, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Regional de Administración, nivel remunerativo F-5”. Que, a través del DECRETO SUPREMO N° 042- 2011-PCM, establece la obligatoriedad de que toda entidad pública cuente con un Libro de Reclamaciones en el cual los ciudadanos puedan registrar su reclamo, entendido conio la expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de la atención brindada por la entidad pública en el ejercicio de su función administrativa; Que, así mismo el Artículo 5° del Decreto mencionado, señala: “Artículo 5° Mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad”. Que, como consecuencia de lo anterior se debe designar al CPC. Víctor Hugo Quispe Rodríguez, como Responsable del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa; Estando al Informe N° 796-2014-GRA/ORAJ de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modifi cada por la Ley N° 27902, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010 - Arequipa y con las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al CPC. Víctor Hugo Quispe Rodríguez, Jefe de la Ofi cina Regional de Administración como encargado del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 2°.- DEJAR sin efecto la designación del CPC. Juan José Velille Torres, efectuado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 643-2013-GRA/PR de fecha 23 de Julio de 2013 como encargado del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente en el Diario Ofi cial el Peruano y publicarla en el Portal del Gobierno Regional, así mismo notifíquese a todos los estamentos y dependencias del Gobierno Regional de Arequipa. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los catorce días del mes de julio del año dos mil catorce. Regístrese y comuníquese. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Presidente 1116681-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban actualización del Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Breña DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014-DA/MDB Breña, 25 de julio del 2014 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 042-2014-GSCMA/MDB de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Informe Nº 019 -2014-GM/MDB. CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 042-2014-GSCMA/MDB el Gerente de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, señala: “El Plan Distrital de Manejo y Gestión de Residuos Sólidos” es un instrumento de gestión que contiene, dentro de sus aspectos generales, objetivos, metodología, bases administrativas, características generales del distrito, el manejo administrativo de los Residuos Sólidos, el Diagnóstico Ambiental de los residuos sólidos, el manejo operativo de los residuos de barrido manual de calles, el Sistema de Recolección de residuos sólidos, el relleno sanitario donde se depositan los residuos sólidos, el Diagnóstico económico y fi nanciero que incluye los costos y tarifas del servicio, la evaluación de los sistemas de servicios, los indicadores de gestión, así mismo el aspecto de Educación ambiental, el escenario de gestión, la zonifi cación y ruteo de los servicios que se prestan. Que, la Municipalidad Distrital de Breña como gobierno local cuenta con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia de acuerdo a lo establecido en el Título Preliminar, Artículo II de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, que, los numerales 3.1 y 3.5 del inciso 3) del Artículo 73º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades establece que es de competencia municipal, en materia de protección y