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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540926 en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú establece que, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y el Estado; en el numeral 2) de su artículo 2º dispone que, toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que ninguna persona debe ser discriminada por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; asimismo, la Ley Nº 26260 - Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar; la Ley 274922 - Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual; y, la Ley Nº 28950 - Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes; asimismo, el Código Penal sanciona los delitos contra el cuerpo, la vida y la salud, contra la libertad sexual, el feminicidio y la violencia familiar; sin embargo, toda esta normatividad no especifi ca o aborda en su integridad el tema de la violencia contra el género más vulnerable que sufre los azotes de este fl agelo social, como son las mujeres; Que, el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2002 – 2007, aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2001-PROMUDEH señala que, “La violencia hacia las mujeres, es una de las expresiones más crueles y degradantes de discriminación. Si bien se entiende que tiene una alta incidencia en el ámbito familiar, no se produce exclusivamente en este espacio, en tanto esta forma de discriminación reposa en el mandato de subordinación social, política y económica de las mujeres, como producto del reparto desigual de poderes, el que otorga y promueve capacidades diferenciadas para uno y otro sexo, reproduciéndolas en complejos procesos de socialización, en donde intervienen un conjunto de actores y espacio institucionales públicos y privados a diferente escala”; asimismo, el Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres 2009 - 2015 es una política del Estado Peruano para que sea implementada en los tres niveles de gobierno, garantizando la igualdad y la efectiva protección de los derechos humanos para mujeres y hombres, la no discriminación y el pleno desarrollo de las potencialidades y capacidades individuales y colectivas, con la fi nalidad de reducir los altos índices de Violencia contra las Mujeres; Que, en este contexto el Gobierno Regional Junín, viene implementando normatividad con rango de ley como la Ordenanza Regional Nº 170-2013-GRJ/CR se aprueba el Plan Regional de Igualdad de Género 2013-2017; la Ordenanza Regional Nº 176-2014-GRJ/CR que declara el año 2014 como “Año de la prevención y lucha contra todo tipo de violencia hacia Niñas, Niños, Adolescentes, la Mujer y el Adulto Mayor en el ámbito de la Región Junín”; y, la Ordenanza Regional Nº 184-2014-GRJ/CR con el que se aprueban los “Lineamientos técnicos para la transversalización del enfoque de género en las políticas y gestión de la Región Junín”; Que, el Plan Regional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres 2015 - 2021, tiene como objetivo la erradicación de todo tipo de violencia física y psicológica hacia las mujeres, promover y fortalecer al cierre de brechas de género y su avance signifi cativo hacia el desarrollo con igualdad de Género en la Región; cada nivel de gobierno, debe asumir su intervención en la eliminación de todas formas de discriminación y maltrato físico, psicológico y sexual contra las mujeres, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores. La visión de esta política pública regional es alcanzar “Una sociedad que garantiza a las mujeres, sin distinción de edad, estado civil, socio económico, nivel educativo, etnia, capacidad, ocupación, orientación sexual y otros a una vida libre de violencia”; a través, de un trato digno del establecimiento de relaciones de igualdad entre mujeres y hombres, y la eliminación de patrones culturales discriminatorios en un marco de seguridad y de vigencia plena de los derechos humanos; Que, con Memorando Nº 629-2014-GRJ/GRDS la Gerente Regional de Desarrollo Social remite el Reporte Nº 024-2014/GRDS-LMA de la Coordinadora PIR el cual concluye que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social lideró el proceso de formulación del Plan en forma participativa, contando para ello con la participación de los representantes de instituciones estatales y organizaciones de la sociedad civil; la versión preliminar del Plan, fue validado en talleres contando con la participación de representantes de las 9 provincias; mediante Reporte Nº 177-2014-GRJ/GRPPAT/SGCTP de la Subgerente de Cooperación Técnica y Planeamiento con el que remite el Reporte Nº 019-2014-GRJ/GRPPAT/SGCTP-JSC que concluye que, otorga opinión favorable de procedimiento metodológico al Plan; y, a través del Informe Legal Nº 666- 2014-GRJ/ORAJ la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal, recomendando que es procedente aprobar el “Plan Regional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres 2015 – 2021”; Que, contando con el Dictamen Nº 003-2014-GRJ- CR/CPDHLMyF favorable, de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, de la Mujer y la Familia y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 2015 - 2021” Artículo Primero.- APRUÉBESE el “Plan Regional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres 2015 – 2021” que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional en cuarenta y cuatro (44) folios. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Presidencia Regional, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación y monitoreo del cumplimiento obligatorio del “Plan Regional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres 2015 – 2021”. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Ofi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, la publicación íntegra del “Plan Regional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres 2015 – 2021” en el portal institucional del Gobierno Regional Junín. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional Junín, a los 07 días del mes de octubre de 2014. SILVIA EDITH CASTILLO VARGAS Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 22 días del mes de octubre de 2014. AMERICO MERCADO MENDEZ Presidente (e) 1180760-1 Aprueban rectificación de la Ordenanza Regional Nº 175-2014 que “Crea La Autoridad Regional Ambiental en la Región Junín” ORDENANZA REGIONAL Nº 188-2014-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 07 días del mes de octubre de 2014, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en