Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2014 (09/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 9 de febrero de 2014

516513
Mita Alanoca, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Nueva, incurrio en la causal de vacancia por infraccion de las restricciones a la contratacion, contemplada en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la LOM. CONSIDERANDOS El procedimiento de vacancia y los principios de impulso de oficio y verdad material 1. De acuerdo a lo establecido por el articulo IV, numeral 1.3, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG), uno de los principios del procedimiento administrativo viene a ser el MORDAZA de impulso de oficio, en virtud del cual, "las autoridades administrativas deben dirigir e impulsar el procedimiento y ordenar la realizacion o practica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolucion de las cuestiones necesarias". 2. Por su parte, el numeral 1.11 del dispositivo legal citado en el parrafo precedente establece que "en el procedimiento, la autoridad administrativa competente debera de verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual debera adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas". Sobre la interpretacion del articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la LOM, en la jurisprudencia del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones 3. En primer lugar, debe recordarse que es posicion MORDAZA del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones sobre la correcta interpretacion del articulo 63 de la LOM, que la mencionada disposicion no tiene otra finalidad que la de proteger el patrimonio municipal en los actos de contratacion que sobre bienes municipales celebren el MORDAZA, los regidores y los demas servidores, trabajadores y funcionarios de la municipalidad. Bajo tal perspectiva, el colegiado electoral busca evitar que al recaer en una misma persona la responsabilidad de procurar el interes municipal y, al mismo tiempo, el interes particular en la contratacion sobre bienes municipales, se corra el riesgo de que prime el MORDAZA de los mencionados. Por eso, tratando de evitar este conflicto, el articulo 63 de la LOM prohibe la participacion de los alcaldes y regidores de la comuna en los contratos sobre bienes municipales. De ahi que, atendiendo a su especial posicion dentro de la organizacion municipal, la infraccion de tal prohibicion se sancione con la vacancia del cargo, conforme lo establece el articulo 22, numeral 9, de la LOM. 4. En tal sentido, cabe senalar que mediante la Resolucion Nº 144-2012-JNE, de fecha 26 de marzo de 2012, este organo colegiado, a efectos de determinar si una autoridad de eleccion popular ha incurrido en la prohibicion de contratar, que acarrea la subsecuente declaracion de vacancia, dispuso un test de tres pasos para la valoracion de aquellos actos imputados como contrarios al articulo 63 de la LOM. Dicho test, que viene siendo aplicado por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, tal como lo acredita la reiterada jurisprudencia y uniforme jurisprudencia (Resoluciones Nº 1041-2013-JNE, del 19 de noviembre del 2013, Nº 1011-2013-JNE, del 11 de noviembre de 2013 y Nº 941-2013-JNE, del 10 de octubre de 2013, por citar solo las mas recientes), senala que la determinacion de la comision de la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, requiere la verificacion, tripartita y secuencial, de tres elementos: a) Si existe un contrato, en el sentido amplio del termino, con excepcion del contrato de trabajo de la propia autoridad, cuyo objeto sea un bien municipal. b) Si se acredita la intervencion, en calidad de adquirente o transferente, del MORDAZA o regidor como persona natural, o por interposita persona o mediante un tercero (persona natural o juridica) con quien el MORDAZA o regidor tenga un interes propio (si la autoridad forma parte de la persona juridica que contrata con la municipalidad en calidad de accionista, director, gerente, representante o cualquier otro cargo) o un interes directo (si se advierte una razon objetiva por la que pueda considerarse que el MORDAZA o regidor tendria algun interes personal en relacion

ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Mediante escrito, de fecha 18 de MORDAZA de 2013 (fojas 5 a 18 del Expediente de queja Nº J-2013-00601), MORDAZA MORDAZA Manuelo MORDAZA, Helmer MORDAZA MORDAZA Chaparro, MORDAZA MORDAZA Chaparro y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Nueva, provincia y departamento de Tacna, solicitan se declare la vacancia de MORDAZA MORDAZA Mita Alanoca, en el cargo de MORDAZA de la referida comuna, por la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Los solicitantes fundamentan su pedido de vacancia en los siguientes argumentos: a) El cuestionado MORDAZA se habria apropiado, por interpositas personas, de bienes municipales (caudales de dinero), por la suma de S/. 12 800,00 (doce mil ochocientos y 00/100 nuevos soles), bajo la modalidad de adquisiciones fantasmas. b) En efecto, senalan que de la rendicion de cuentas de gastos por el 19º aniversario del distrito de MORDAZA Nueva, en el ano 2011, MORDAZA MORDAZA Maquera (gerente de desarrollo) conjuntamente con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, justificaron gastos por la adquisicion de cuatro laptops, por la suma de S/. 12 800,00 (doce mil ochocientos y 00/100 nuevos soles). c) En tal sentido, alegan que para justificar la compra de tales laptops los MORDAZA referidos funcionarios presentaron cuatro facturas emitidas por la empresa Highlandcom E.I.R.L., de fecha 28 de noviembre de 2011, a un precio individual de S/. 3 200,00 (tres mil doscientos y 00/100 nuevos soles), y un precio total de S/. 12 800,00 (doce mil ochocientos y 00/100 nuevos soles). d) Por tal razon, senalan que dichas facturas (fojas 172) serian fraudulentas, porque las cuatro laptops que se consigan como compradas, en realidad fueron donadas por la empresa MINSUR S.A., en fecha anterior, tal como se verifica del acta de equipos donados y de la nota de prensa emitida por la referida empresa (fojas 266). e) De lo expuesto, se senala entonces que parte del presupuesto por el 19º aniversario del distrito de MORDAZA Nueva (S/. 12 800,00), supuestamente utilizado para comprar cuatro laptops, en realidad fue a parar a manos del cuestionado MORDAZA y los citados funcionarios. f) Adicionalmente, senalan que el burgomaestre denunciado, conjuntamente con los mencionados funcionarios, se habrian apropiado de los bienes donados por la empresa MINSUR S.A., puesto que solo se ha podido recuperar las mencionadas cuatro laptops, pero se desconoce el destino de las restantes cuarenta y seis laptops, cincuenta programas Windows y diez televisores Sony. Sobre la posicion del Concejo Distrital de MORDAZA Nueva Con fecha 4 de MORDAZA de 2013 (fojas 516 a 521), se llevo a cabo la sesion extraordinaria donde se trato el mencionado pedido de vacancia. En dicha sesion, los miembros del concejo distrital acordaron rechazar la solicitud de vacancia. Asimismo, cabe precisar que la votacion en la mencionada sesion fue de cuatro votos en contra del pedido de vacancia y cuatro votos a favor de la misma. La referida decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 049-2013-MDCN-T, de fecha 4 de MORDAZA de 2013 (fojas 522 a 523). Sobre el recurso de apelacion interpuesto por el solicitante de la vacancia Con fecha 25 de MORDAZA de 2013 (fojas 13 a 34), MORDAZA MORDAZA Manuelo MORDAZA, Helmer MORDAZA MORDAZA Chaparro, MORDAZA MORDAZA Chaparro y MORDAZA MORDAZA MORDAZA interponen recurso de apelacion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 049-2013-MDCN-T, de fecha 4 de MORDAZA de 2013, reiterando los argumentos expuestos en su solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION Conforme a lo MORDAZA expuesto, la materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.