Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2014 (22/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud, presentada por la empresa ACUICULTORES MORDAZA S.A. - ACQUAPISCO S.A., para la autorizacion de instalacion del incremento de la capacidad de procesamiento de su planta de congelado de productos hidrobiologicos para consumo humano directo de 8 t/dia a 24 t/dia, ubicada en la Prolongacion Avenida San MORDAZA Nros. 816-822-824 de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA y a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo (e). 1167329-10 RESOLUCION DIRECTORAL N° 511-2014-PRODUCE/DGCHD MORDAZA, 24 de septiembre de 2014 VISTOS: El Escrito de registro N° 00068559-2014 de fecha 27 de agosto de 2014 presentado por la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L, con RUC N° 20509911488 y domicilio en la Avenida MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B, Manzana E, Lote 14, Comas - MORDAZA, que contiene la solicitud de autorizacion para la exportacion o importacion de especies hidrobiologicos MORDAZA con fines de investigacion, recreacion y/o difusion cultural y comerciales, exceptuando la exportacion de peces ornamentales; asi como los Informes Tecnicos Nos. 1585 y 1700-2014- PRODUCE/ DGCHD-Depchd y el Informe Legal N° 1624-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el escrito registro N° 000685592014 de fecha 27 de agosto de 2014, presentado por la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L, con RUC N° 20509911488, se solicito autorizacion para realizar la importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA con fines comerciales, procedentes de los siguientes paises: China, Filipinas, Indonesia, Malasia, Singapur, Sri Lanka, Tailandia, Taiwan, Alemania, Espana, MORDAZA, Holanda, Italia, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos de Norteamerica, Mexico y Venezuela, por el periodo de cinco (5) anos; Que, el articulo 44° Ley General de Pesca aprobado por Decreto Ley N° 25977, establece que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera; Que, el articulo 26° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 0122001-PE, establece que la importacion y exportacion de especies hidrobiologicas MORDAZA requerira de la autorizacion del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion); y cuando se trate de importacion, se requerira el Certificado Sanitario expedido por la autoridad de! MORDAZA de origen o procedencia; Que, el Procedimiento N° 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE y sus modificatorias, es un procedimiento de evaluacion previa, siendo la autorizacion para la exportacion o importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA con fines de investigacion, recreacion y/o difusion cultural y comerciales, exceptuando la exportacion de peces ornamentales, el titulo habilitante para realizar

El Peruano Sabado 22 de noviembre de 2014

dicha actividad, de acuerdo a lo establecido en el articulo 26° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolucion Directoral N° 060-2013PRODUCE/DGCHD de fecha 12 de MORDAZA de 2014 se otorgo a favor de la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L. autorizacion para importar ejemplares vivos de las especies hidrobiologicas que se detallan en el Anexo de la misma, en cantidades que no excedan a las indicadas para cada especie en dicho Anexo, con fines comerciales como recursos hidrobiologicos ornamentales de acuario, procedentes de los siguientes paises: Malasia, Indonesia, Tailandia, China, Taiwan, Singapur, Filipinas, Sri Lanka, Estados Unidos de Norteamerica, Alemania, MORDAZA, Espana, Italia, Holanda, Japon, Venezuela, Colombia, Bolivia, Ecuador, Brasil, Mexico, MORDAZA, Uruguay y Panama, a ser estabulados en el establecimiento ubicado en el ex-fundo Chacha Cerro, lote 178, distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, por el periodo de cinco (5) anos; Que, con Oficio N° 2422-2014-PRODUCE/DGCHDDepchd, de fecha 09 de setiembre de 2014, se le requirio a la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L. la subsanacion de observaciones realizadas por esta Direccion General, entre las cuales se le requeria reformular el listado de recursos a importar, excluyendo: (i) a las especies incluidas en la autorizacion de importacion otorgada por la Resolucion Directoral N° 060-2013-PRODUCE/DGCHD; (ii) a las especies amparadas por la Convencion sobre el Comercio Internacional para la Conservacion de la Fauna y MORDAZA MORDAZA (CITES), cuya autorizacion corresponde al procedimiento 25 del TUPA; y, (iii) a las plantas acuaticas emergentes o terrestres, cuya administracion compete a otro sector; Que, mediante escrito de registro N° 000685592014-1 de fecha 16 de setiembre de 2014; la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L. dio respuesta al oficio MORDAZA senalado; Que, de la evaluacion al presente procedimiento, se advierte que la citada empresa ha subsanado parcialmente las observaciones tecnicas contenidas en el Oficio N° 2422-2014- PRODUCE/DGCHD-Depchd, dado que ha mantenido en el listado de especies a importar, especies a las que se refiere el considerando que antecede al precedente, que debian ser excluidas; Que, sin embargo, se advierte que la administrada ha subsanado las demas observaciones tecnicas y legales contenidas en el Oficio N° 2422-2014-PRODUCE/DGCHDepchd y, se concluye que ha cumplido con los requisitos exigidos por ley para el fin solicitado; Que, de lo indicado en el considerando anterior consideramos procedente la solicitud de autorizacion para efectuar la importacion especies hidrobiologicas MORDAZA con fines comerciales a la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L., para doce (12) de las veintiun (21) especies propuestas con el escrito de registro N° 00068559-20141; Que, en el listado reformulado de especies a importar que la administrada adjunta al escrito de registro N° 00068559-2014-1, se advierte la existencia de especies con autorizacion e importacion vigente otorgada a la citada empresa por la Resolucion Directoral N° 060-2013PRODUCE/DGCHD, siendo los numeros de orden en su Anexo y las especies los siguientes: 122 Acanthurus achiiles, 158 Chaetodon coliare, 164 Chiloscyllium punctatum, 272 Stonogobiops nematodes, 284 Cerianthus membranaceus y 312 Echinus esculenitus. Que, asimismo, el listado reformulado por la administrada incluye especies de los. generos Acanthastrea y Bfastomussa, los cuales constituyen corales de! orden Scleractinia amparados por la Convencion sobre el Comercio Internacional para la Conservacion de la Fauna y MORDAZA MORDAZA (CITES) y, como tales, la autorizacion de su importacion debe ser solicitada en el MORDAZA del procedimiento 25 del TUPA; Que, al estar vigente la autorizacion de importacion otorgada a la empresa ACUARIO NAUTILUS S.R.L. para las especies a las que se refiere el considerando anterior o, tratarse de especies cuya solicitud de autorizacion de importacion corresponde al procedimiento 25 del MORDAZA, la solicitud de importacion en el presente procedimiento deviene en improcedente en estos extremos; Estando a lo informado por la Direccion de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, mediante los Informes Nos. 1585, 1624 y 1700-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd;

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