Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2016 (20/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de julio de 2016 /

El Peruano

expedientes en la especialidad civil, 50 expedientes en la especialidad laboral, 100 expedientes en la especialidad familia y 100 expedientes de la especialidad penal, del 2° Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho - Chosica y Chaclacayo al 3° Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho - Chosica y Chaclacayo. Tercero.- Que el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de órganos jurisdiccionales a nivel nacional, así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; evaluada las propuestas presentadas, en mérito al Acuerdo N° 593-2016 de la vigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir, a partir del 1 de agosto de 2016, el 2° Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, como 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la misma provincia y Corte Superior. Artículo Segundo.- Reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el Juzgado de Paz Letrado de Familia Transitorio del Distrito y Corte Superior de Justicia de Ica, por incumplimiento de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, convirtiéndolo en Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio del Distrito de San Vicente de Cañete, Corte Superior de Justicia de Cañete, con la misma competencia territorial y funcional que el Juzgado de Paz Letrado Permanente de San Vicente de Cañete. Artículo Tercero.- Ampliar, a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2016, la competencia territorial del 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia Permanente del Distrito de Ica hasta el Distrito de Parcona, Corte Superior de Justicia de Ica, en apoyo a la descarga de la carga pendiente de los procesos de familia-civil del Juzgado de Paz Letrado Mixto del referido distrito. Artículo Cuarto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio del Distrito y Provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, como Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en apoyo a la descarga de la carga pendiente de los procesos de familia y civil del Juzgado de Paz Letrado Mixto de este último distrito. Artículo Quinto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el Juzgado Penal Transitorio del Distrito de Puente Piedra, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, como Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de San Martín de Porres, de la misma Corte Superior Artículo Sexto.- Reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Nuevo Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa, por incumplimiento de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, como Juzgado de Mixto Transitorio del Distrito y Provincia de Tambopata, con turno cerrado. Artículo Sétimo.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el 1° Juzgado de Familia Transitorio - Tutelar de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Corte Superior de Justicia de La Libertad, como Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la provincia de Trujillo, el cual funcionará con turno abierto para apoyar al 5º, 6º, 7º y 8º Juzgados

Penales Unipersonales de dicha provincia y Corte Superior. Artículo Octavo.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016 y hasta el 31 de enero de 2017, el 2° Juzgado de Familia Transitorio - Tutelar de la Corte Superior de Justicia de Lima a la Corte Superior de Justicia de San Martín, como Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto, Provincia de San Martín, para atender los procesos de la especialidad civil y familia. Artículo Noveno.- Convertir y/o reubicar, a partir del 1 de setiembre de 2016 y hasta el 28 de febrero de 2017, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, en los siguientes órganos jurisdiccionales: a) Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con competencia en todo el Distrito Judicial de Ancash, con sede en la Provincia de Huaraz. b) Juzgado Penal Unipersonal Transitorio para el Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, Corte Superior de Justicia de San Martín, con la misma competencia territorial que mantenía en función el 2° Juzgado Mixto del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas. c) Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio para el Distrito y Provincia de Zarumilla, Corte Superior de Justicia de Tumbes, con la misma competencia territorial que el Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Zarumilla. Artículo Décimo.- Desactivar, a partir del 1 de setiembre de 2016, la función adicional de Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios que actualmente ejerce el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash. Artículo Undécimo.- Desactivar, a partir del 1 de setiembre de 2016, la función adicional de Juzgado Penal Unipersonal que actualmente ejerce el 2° Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, Corte Superior de Justicia de San Martín. Artículo Duodécimo.- A partir del 1 de Agosto de 2016, el 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, conjuntamente con el 1° y 3° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de la misma Provincia, conformarán el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente Virtual de Huánuco, con igual competencia territorial que el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Huánuco. Artículo Decimotercero.- Convertir, a partir del 1 de agosto de 2016, el 1° Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Mariano Melgar como Juzgado Civil Permanente del mismo distrito, Corte Superior de Justicia de Arequipa. Artículo Decimocuarto.- Convertir, a partir del 1 de agosto de 2016, el 2° Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Mariano Melgar como 2° Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito, Corte Superior de Justicia de Arequipa. Artículo Decimoquinto.- Reubicar, a partir del 1 de agosto de 2016, el 5° Juzgado de Familia Permanente del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, como 2° Juzgado de Familia Permanente del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, con competencia territorial hasta los Distritos de Cayma y Yura. Artículo Decimosexto.- Aprobar el siguiente Plan de Liquidación para los dieciséis Juzgados de Trabajo Liquidadores Transitorios de la Corte Superior de Lima: a) Reubicar en el presente mes, dos Juzgados de Trabajo Transitorios de Lima, con la finalidad de redistribuir su carga pendiente de manera aleatoria, a fin equiparar la carga procesal de los catorce juzgados transitorios restantes. b) Al mes de noviembre del presente año se realizará una nueva evaluación, de la cual los dos juzgados

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