Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 10 de mayo del 2017, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, y modificada por Ley Nº30305, establece en su Artículo 191º que "los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley. Que, el Artículo 15º, inciso e), Artículo 21º, inciso h) y Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley No 27867, "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", y su modificatoria Ley No 27902, prescriben como facultad del Consejo Regional aprobar la organización de las tres instancias del Gobierno Regional, así como las normas reglamentarias materializados en documentos de gestión. Que, mediante Oficio N.º 330-2017-GR.LAMB./PR, de fecha 03 de abril del 2017, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque eleva a este despacho el expediente que sustenta la necesidad de la conformación de la Mesa de Concertación de Algodón Nativo a través de una Ordenanza Regional. Que, mediante Ordenanza Regional N.º 0212006-GR.LAMB/CR de fecha 17 de mayo del 2016, se declaró al algodón nativo, llamado también algón país o Gossypium Barbadense, como Producto Natural Regional de Lambayeque, y se encargó a la Gerencia General Regional de Lambayeque, a través de sus Gerencias de Línea y Direcciones Regionales, promover cadenas productivas de algodón nativo, enlazando a la producción del mismo con el proceso de comercialización universal de sus bondades y estableciendo proyectos piloto de siembra y cultivo, en alianza estratégica con Universidades y organizaciones de los sectores públicos y privados. Que, mediante Ordenanza Regional N.º 015-2013GR.LAMB/CR, de fecha 17 de diciembre del 2015, se declara de Interés Regional y de prioritaria atención, la Cadena Productiva Artesanal del Algodón Nativo en la Región Lambayeque y, ordena que se promueva la inversión público-privada para el desarrollo de la Cadena Productiva Artesanal del Algodón Nativo en el ámbito de la Región Lambayeque. Que, mediante Informe Legal N.º 190-2017-GR. LAMB/ORAJ, de fecha 29 de marzo del 2017, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la sede Regional del Gobierno Regional de Lambayeque manifiesta que "es jurídicamente procedente formalizar la conformación de la Mesa de Concertación de Algodón Nativo, a través de Ordenanza Regional (...)". Que, la institucionalización y creación de la Mesa de Concertación de Algodón Nativo, tiene como finalidad establecer un espacio de diálogo, participación y concertación entre representantes de las instituciones públicas, organizaciones privadas y de la sociedad civil, que impulsen el desarrollo de la cadena de valor del algodón nativo, de formular propuestas que generen condiciones para el desarrollo sostenible del cultivo, facilitar la articulación al mercado interno y externo y hacer seguimiento a las normas y proyectos relacionados con el algodón nativo. Que, en ese sentido, el inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los

asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- CRÉASE la Mesa de Concertación de Algodón Nativo en el ámbito de la Región Lambayeque como espacio de diálogo, participación y concertación entre los diversos actores vinculados o con competencias en el desarrollo sostenible del algodón nativo. Artículo Segundo.- APROBAR el "Reglamento de la Mesa de Concertación del Algodón Nativo", el mismo que en el Anexo 1 se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La Mesa de Concertación de Algodón Nativo, estará integrado por los siguientes miembros: - Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo ­ GORE Lambayeque. - Gerencia Regional de Agricultura ­ GORE Lambayeque. - Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA Lambayeque. - Universidad Nacional Pedro Ruíz Gallo ­ Lambayeque. - Estación Experimental Agraria Vista Florida ­ INIA. - Proyecto Especial Olmos Tinajones ­ PEOT. - Municipalidad Distrital de Mórrope. - Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERU Lambayeque. - Centro de Innovación Tecnológica Turístico ArtesanalCITE Sipán MINCETUR. - Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura ­ FAO Coordinación Lambayeque. - Tecnología Textil Muchik EIRL. - Clúster Textil, Joyería y Artesanía Lambayeque. - ONG Instituto de Apoyo al Manejo de Agua de Riego Costa Norte - IMAR Costa Norte. - Promotor Artesanal de Algodón Nativo. - Consultora Independiente. - Federación de Comunidades Campesinas de Lambayeque ­ FEDECCAL. - Asociaciones de Artesanos de Lambayeque. - Comunidad Campesina San Pedro de Mórrope. Se podrán integrar a nuevos miembros por acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Mesa de Concertación de Algodón Nativo. Artículo Cuarto.- La Mesa de Concertación de Algodón Nativo a que se refiere el Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, tendrá las siguientes funciones: - Impulsar el desarrollo de la Cadena de Valor del Algodón Nativo, propiciando su recuperación, conservación y promoción en el ámbito de Lambayeque - Generar espacios, procesos de participación efectiva y oportuna en las instancias de coordinación bajo el principio de la responsabilidad compartida. - Constituirse en un espacio de diálogo concertado entre el sector público, organizaciones privadas y sociedad civil. - Hacer seguimiento y evaluación compartida al cumplimiento de las normas nacionales, regionales, proyectos sobre algodón nativo en el ámbito departamental. - Desarrollar mecanismos de información a los actores de la cadena de valor. - Realizar reuniones de intercambio con otras iniciativas de la misma naturaleza para la socialización de criterios, conceptos y lineamientos. - Elaborar, aprobar y evaluar un Plan Operativo Anual. - Elaborar, aprobar y modificar el Reglamento de la Mesa de Concertación.

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