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76 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2017 / El Peruano en original, en un plazo máximo de 3 días hábiles luego de presentado el recurso. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZMarallano Muro Secretaria General (e) 1533550-10 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 2332-2017 Lima, 8 de junio de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Mirko Ygor Montoya Alvarez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 07 de marzo de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Mirko Ygor Montoya Alvarez, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por ta Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Mirko Ygor Montoya Alvarez, con matrícula número N-4556, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1532940-1 Autorizan a Scotiabank Perú la apertura y cierre de agencias ubicadas en el distrito de San Miguel, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2342-2017 Lima, 9 de junio de 2017LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice apertura de una (01) agencia y el cierre de una (01) agencia, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Scotiabank Perú la apertura de una (01) agencia y el cierre de una (01) agencia, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 2342-2017 Autori- zaciónTipoDenomi- naciónDirección DistritoPro- vinciaDeparta- mento Apertura AgenciaSan Miguel Avenida La Mar Nº 2301 y Calle Chamaya Nº 171San MiguelLima Lima Cierre AgenciaPlaza San MiguelCalle Manta- ro S/N Local V-13, Mz. F.3, Lote 7n. Urbanización Pando, Sexta EtapaSan MiguelLima Lima 1533590-1