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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (09/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Viernes 9 de noviembre de 2018 / El Peruano Tengo conocimiento y acepto que, para la obtención de la Conformidad de Obra y la Declaratoria de Edi fi cación, del edi fi cio que se acoge al Programa de Promoción de Edi fi caciones Verdes y Techos Verdes aprobado por Ordenanza N°_____-MSB; requiero presentar la Certi fi cación Final de Edi fi cación Sostenible del proyecto de Edi fi cación Verde, otorgado por la entidad certi fi cadora correspondiente. Que es de mi entera responsabilidad obtener dicha certi fi cación, estando conforme en que no se otorgue la Conformidad y Declaratoria de Edi fi cación, hasta que se obtenga la certi fi cación correspondiente; por lo que no solicitaré ni reclamaré el otorgamiento de dichos documentos a la Municipalidad de San Borja por los plazos y requerimientos que ello demanden. ______________________________ Firma DNI:San Borja, ___ de __________ de 20____ ANEXO 5 DECLARACIÓN JURADA DE CORRESPONDENCIA DE PLANOS Y CERTIFICACION PROVISIONAL/ CERTIFICADO PRELIMINAR/ INFORME DE APROBACIÓN DE LA FASE DE REVISIÓN DE DISEÑO (DESIGN REVIEW) Yo, _________, identi fi cado con Documento Nacional de Identidad, _____________ en mi condición de representante legal y/o apoderado de _______________ Declaro, bajo juramento lo siguiente:Que los planos presentados en el proyecto de edifi cación materia de acogimiento a la Ordenanza de Promoción de Edi fi caciones Sostenibles en Zonas Residenciales en el distrito de San Borja, corresponden a los planos certi fi cados provisionalmente/ certi fi cados preliminarmente / aprobados en la fase de revisión de diseño (design review); por parte de la entidad certi fi cadora: ___________________________________ y evaluados por el auditor: _____________________Que, asumo la responsabilidad civil y penal que derive de cualquier discrepancia, alteración u adulteración de los planos presentados para el acogimiento a la Ordenanza de Promoción de Edi fi caciones Sostenibles en Zonas Residenciales en el distrito de San Borja, con relación a los aprobados a los planos certi fi cados provisionalmente / certi fi cados preliminarmente / aprobados en la fase de revisión de diseño (design review); por parte de la entidad certi fi cadora: __________________________________ y evaluados por el auditor: _______________________ ______________________________ Firma DNI:San Borja, ___ de __________ de 20____ 1710516-1 Modifican la Ordenanza N° 602-MSB, que aprobó el Reglamento de Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones en el distrito ORDENANZA Nº 612-MSB San Borja, 25 de octubre de 2018EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA ATENDIENDO; en la XXI-2018 Sesión Ordinaria de fecha 25 de octubre del 2018, el Dictamen N° 049-2018-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 039-2018-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Dictamen N° 021-2018-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe N° 479-2018-MSB-GM-GDU-ULCA de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones, Informe Nº 105-2018-MSB-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 262-2018-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 829-2018-MSB-GM de la Gerencia Municipal; sobre la Ordenanza que Modi fi ca e Incorpora Disposiciones de la Ordenanza N° 602-MSB; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por los artículos 79° y 83°, se dispone que las municipalidades distritales tienen facultades exclusivas en materia de abastecimientos y comercialización de productos y servicios, para otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y profesionales en el marco de la legislación vigente; Que, mediante la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modi fi cada con Ley N° 30230 y Decreto Legislativo N° 1271, se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento, expedida por las municipalidades; Que, la Municipalidad de San Borja con la fi nalidad de lograr el desarrollo económico y el crecimiento comercial ordenado del distrito; modi fi ca e incorpora disposiciones al Reglamento de Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones del distrito de San Borja, aprobado mediante la Ordenanza N° 602-MSB para que los procedimientos administrativos tendientes a obtener la licencia de funcionamiento, el uso temporal del retiro con fi nes comerciales y autorizaciones temporales; estén acordes con las necesidades de promoción empresarial, a fi n de promover la actividad comercial formalizada, así como lograr la satisfacción del vecino y usuario; Que, mediante Informe N° 262-2018-MSB-GM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la aprobación de la Ordenanza que Modi fi ca e Incorpora Disposiciones a la Ordenanza N° 602-Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones en el distrito de San Borja. En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación por acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA E INCORPORA DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA Nº 602, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto modificar e incorporar aspectos técnicos y administrativos regulados para el otorgamiento de licencias de funcionamiento, uso temporal del retiro con fines comerciales y autorizaciones temporales respecto del desarrollo de actividades profesionales, comerciales y/o de servicios, lucrativas o no lucrativas, de acuerdo al TUO de la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Incorporar los incisos q), r), s) y t) al Artículo 4° de la Ordenanza Nº 602-MSB, los cuales quedarán redactados con el siguiente texto: “Artículo 4.- DEFINICIONES (…) q) Área Comercial.- Corresponde al área económica o área construida, la misma que se encuentra consignada en la Ficha Catastral de la Municipalidad de San Borja.