Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Viernes 9 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Estando a lo expuesto, a lo solicitado y a lo acordado por la Junta de Gerentes del Gobierno Regional Cajamarca, con las visaciones de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Dirección Regional de Asesoría Jurídica y conformidad de la Gerencia General Regional; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley 27902; Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueba los "Lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el marco de la Ley Nº 27444"; Decreto Legislativo Nº 1246, aprueba medidas de simplificación administrativa; Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa; Ordenanza Regional Nº 0182013-GR.CAJ; Resolución Nº 0433-2018-JNE y Credencial expedidas por el Jurado Nacional de Elecciones; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR, los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por parte del ARCHIVO REGIONAL CAJAMARCA, que forman parte del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 018-2013GR.CAJ-CR, tal como se especifica en el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que contiene diez (10) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad que en tres (03) folios debidamente visados forman parte del presente Decreto Regional, así como los anexos correspondientes. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración, publique el presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER que el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, publique el presente Decreto Regional en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) y en el Portal Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, para los fines de Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER que Secretaria General proceda a notificar el presente Decreto Regional a los Órganos Competentes del Gobierno Regional Cajamarca, para fines de Ley. Regístrese y comuníquese. WIGBERTO VÁSQUEZ VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1709813-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Acondicionamiento Territorial; Informe Nº 033-REGION CALLAO/GRPPAT/OAT/LCMM, de fecha 26 de octubre de 2018, emitido por la Especialista de la Oficina de Acondicionamiento Territorial; Memorándum Nº 11332018-GRC/GAJ, de fecha 25 de octubre de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 234-2018-REGIONCALLAO/GRPPAT de fecha 24 de octubre de 2018 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Informe Nº 32-2018-REGION CALLAO/GRPPAT/OAT/LCMM, de fecha 24 de octubre del 2018 emitido por la Especialista de la Oficina de Acondicionamiento Territorial y, el Memorándum Nº 402-2013-GRC/GAJ de fecha 12 de junio de 2013, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 en su art. 58 inciso "g" establece como función específica "Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes (...)". Que, por Resolución Ministerial Nº 017-2013-VIVIENDA publicado con fecha 25 de enero de 2013, se declaró concluido el proceso de transferencia y establece que a partir de la fecha el Gobierno Regional del Callao es competente para el ejercicio de la función establecida en el inciso "g" del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, publicado con fecha 19 de junio de 2014, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispone que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo- DGPRVU tiene como función conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y supervisa su aplicación en la valorización oficial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país. Que, el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que "...A efectos de determinar el valor total de los predios, aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de octubre del año anterior...", norma de fiel cumplimiento para la actualización de los valores arancelarios de los distritos a nivel nacional. Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 000001 de fecha 26 de enero de 2018, indica en el numeral 8 del art. 80, que la Oficina de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial tiene como función la de "Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes (...)". Que, con D.S. Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusiona el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su articulo 1º se da la fusión por absorción, numeral 1.1. Fusiónese el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La fusión indicada se realiza bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiente al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; y en su numeral 1.2 se señala "toda referencia normativa al CONATA, se entenderá hecha al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento". Que, la Resolución Ministerial Nº 056-2010-VIVIENDA de fecha 23 de marzo del 2010, aprueba la "Norma para Determinar los Valores Unitarios Oficiales de Terrenos Urbanos a nivel Nacional", la misma que ha sido modificada en sus artículos del 1º al 5º del Título I, artículos del 6º al 17º del Título II mediante Resolución Ministerial Nº 224-2012-VIVIENDA de fecha 23 de Octubre del 2012 respectivamente; asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 001-2014-VIVIENDA/VMVUDGPRVU de fecha 10 de setiembre del presente año se aprueba el Valor de Terreno Habilitado Residencial (VTH) e Industrial (VTHI) para la Provincia de Lima y Provincia Constitucional del Callao, de la Costa, Sierra y Selva, así como el factor de actualización de 1.0574 vigente para el ejercicio fiscal 2015 con la finalidad de actualizar los valores oficiales de terrenos urbanos, a los cuales no

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el ejercicio fiscal 2019
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000398 Callao, 30 de octubre de 2018 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Memorándum Nº 2159-2018-REGION CALLAO/ GRPPAT, de fecha 26 de octubre de 2018; emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y

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