Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2018 (09/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Viernes 9 de noviembre de 2018 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín
ORDENANZA REGIONAL Nº 023 -2018-GRSM/CR Moyobamba, 10 de setiembre del 2018 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú ­ modificado por la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, Ley Nº 27680 ­; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Gobierno Regional de San Martín; y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización ­, Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­, y sus Leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, así también, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 ­, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, con Ordenanza Regional Nº 021-2017-GRSM/ CR, de fecha 13 de octubre del 2017, se aprobó modificar el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de San Martín, en los términos del informe Técnico Nº 005-2017-GRSM/SGDI emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de San Martín; Que, mediante Nota Informativa Nº 173-2018-GRSM/ GRPyP de fecha 06 de julio del 2018, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional San Martin, indica que: "la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional San Martin, ha sido formulado acorde a la nueva normativa vigente emitido por la PCM; así mismo acompaña el Informe Técnico Nº 002-2018-GRSM/SGDI de fecha 06 de julio de 2018, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, con opinión Favorable; el Informe Técnico sustentatorio del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y la propuesta de debidamente visada para su aprobación; Que, se verifica que el Informe Técnico sustentatorio de la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de San Martín, tiene la estructura señalada en el ya citado artículo 47º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de cuya revisión se desprende que ha presentado adecuadamente el sustento para las modificaciones propuestas, concluyendo que no existe duplicidad de funciones y competencias involucradas en el proyecto de modificación, siendo además que la propuesta no conllevara a la realización de modificaciones presupuestales; Que, mediante Informe Legal Nº 499-2018-GRSM/ ORAL, de fecha 12 de Julio del presente año, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, opina favorablemente por la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional de San Martín; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y

materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día viernes 24 de agosto del 2018, aprobó por unanimidad el siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín; en los términos del Nota Informativa Nº 173-2018-GRSM/GRPyP emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Segundo.- OFICIAR a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. EDWIN ROJAS MELENDEZ Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los diez días del mes de setiembre del dos mil dieciocho. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. ROTLAND REATEGUI ALEGRIA Gobernador Regional (e) 1709781-1 * El ROF se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Aprueban la conformación y creación de la Mesa Ejecutiva Regional Forestal y de Fauna Silvestre de la Región San Martín
ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2018-GRSM/CR Moyobamba, 24 de setiembre del 2018 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú ­ modificado por la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, Ley Nº 27680 ­; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Gobierno Regional de San Martín; y demás normas complementarias; y,

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