Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 9 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
e. Centros Familiares f. Centros Materno Infantiles g.

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d. Asociación de Vivienda. e. Asociación y/o Junta de Propietarios. f. Cooperativa de Vivienda. g. Comité Cívico. h. Junta o Comité Vecinal. *Junta o Comité Vecinal: Son organizaciones/ agrupaciones de vecinos de un sector o manzana de la agrupación de vivienda, formada en torno a un fin común específico, tales como obras de electrificación, agua potable, alcantarillado, pistas, veredas, muros de contención, canales de riego, entre otros. Cuentan con un reglamento de gestión, aprobado en asamblea general de asociados, teniendo en cuenta el estatuto social de la organización/agrupación de vivienda. 7.2. Comité de Parque. Son aquellos cuya función se circunscribe a la gestión de proyecto, construcción, remodelación, conservación y/o mantenimiento de parques; están integrados por los pobladores titulares de lotes que tienen residencia en el contorno del parque y por los titulares de lotes de la jurisdicción territorial donde se ubica el mismo. El asociado titular puede delegar su representación, con derecho a voz y voto, y a elegir y ser elegido, a un tercero que reside en el lugar donde se ubica el parque. Cuenta con estatuto de gestión que lo aprueba la asamblea general de asociados. Sólo se reconocerá un comité por cada parque. El comité de parque coordinará de manera permanente con la Subgerencia de Parques y Jardines, a fin de cumplir metas de mantenimiento y/o conservación de las áreas verdes, dentro de un plan integral de embellecimiento del territorio de la organización vecinal. 7.3. Comité del Medio Ambiente. Son aquellos cuya función se circunscribe a la conservación del medio ambiente y a prevenir o contrarrestar la contaminación ambiental, así como promover estudios sobre la calidad del suelo, subsuelo, agua, aire y emisiones sonoras a nivel local, así como proponer medidas de mitigación. El Comité coordinará de manera permanente con la Subgerencia del Medio Ambiente, a fin de cumplir metas de gestión ambiental a nivel local, y lo integran personas voluntarios de franja etaria diversa, cuenta con estatuto de gestión que lo aprueba la asamblea general de asociados al momento de su constitución. 7.4. Comité de Gestión del Riesgo. Son aquellos cuya función se circunscribe a participar en la gestión del riesgo de desastres, con la finalidad promover una cultura de prevención en la población, identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos en su agrupación de familias o entorno, evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre, en el marco de los Principios y disposiciones de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y disposiciones conexas. El Comité se rige por el estatuto aprobado en asamblea general de asociados al momento de su constitución, lo integran personas voluntarios de franja etaria diversa; participan en los grupos de trabajo de la Plataforma Distrital de Defensa Civil y el Comité Distrital de Defensa Civil. Para el cumplimiento de sus fines contará con el apoyo de la Subgerencia de Defensa Civil de la entidad municipal. 7.5. Organizaciones Sociales de Base de Apoyo Alimentario. Son aquellas que desarrollan actividades de apoyo alimentario a las familias de menores recursos económicos de conformidad con la Ley Nº 25307 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM, pueden adoptar las siguientes denominaciones: a. Clubes de Madres b. Comedores Populares Autogestionarios c. Comités de Vaso de Leche d. Cocinas Familiares

7.6. Organizaciones Culturales, Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria, Artísticas y/o Educativas. Son aquellas que desarrollan actividades culturales y de resguardo de nuestro patrimonio arqueológico y ecológico, así como la difusión del folclore y los valores cívicos y morales en la comunidad. 7.7. Organizaciones Juveniles. Son aquellas que tienen por finalidad promover y organizar entidades juveniles, para elaborar planes y políticas públicas de juventudes en el distrito. 7.8. Organizaciones Deportivas. Son aquellas agrupaciones de personas u organizaciones dedicadas a la gestión, promoción y fomento del deporte y la recreación, el desarrollo y promoción de la actividad y cultura física­mental, cuyo objetivo central es de carácter social, competitivo, o de salud. Para efectos de este registro sus fines son no lucrativos, pudiendo denominarse: a. Clubes Deportivos b. Comités Deportivos Comunales c. Asociaciones Deportivas 7.9. Organizaciones Profesionales Son todas aquellas Asociaciones, Colegios, Círculos u otras agrupaciones de carácter profesional constituidas con el fin de participar en el desarrollo y bienestar de sus asociados y la población de Carabayllo. 7.10. Organizaciones de Poblaciones Vulnerables Se consideran poblaciones vulnerables a aquellos sectores o grupos de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil, nivel educativo, origen étnico, situación o condición física y/o mental, se encuentran en condición de riesgo que les impide incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar y requieren de un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y a la convivencia. Para tal efecto se consideran dentro de este rubro a los siguientes: a. Organizaciones de Personas Viviendo con VIH/Sida b. Organizaciones de Personas afectadas por Tuberculosis c. Organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes en situación de abandono y/o riesgo d. Organizaciones de Personas con Discapacidad e. Organizaciones de Personas Adultas Mayores en situación de abandono y/o riesgo f. Organizaciones de Personas Víctimas de Violencia de Género o Violencia Política g. Organizaciones de Personas Desplazadas y Migrantes en situación de vulnerabilidad h. Otros que la Subgerencia de Participación Vecinal califique como tal 7.11. Organizaciones Temáticas Son aquellas que desarrollan actividades específicas y especializadas en un tema de políticas públicas y/o por la composición generacional de sus miembros. Aquí se ubican las siguientes organizaciones: a. Organizaciones Culturales, Organizaciones de Cultura Viva Comunitaria, Artistas y/o Educativas, inclusive las que reúne promotores y gestores culturales b. Organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes. c. Organizaciones Juveniles d. Organizaciones de Personas Adultas Mayores e. Organizaciones de Promoción de los derechos Humanos, de Igualdad de oportunidades para las mujeres y equidad de género f. Organizaciones Ambientalistas g. Organizaciones de Salud h. Otros que la Subgerencia de Participación Vecinal califique como tal

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