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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; de la Secretaría General; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la O fi cina General de Administración; de la O fi cina General de Recursos Humanos; de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en señal de conformidad; De conformidad a lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el (la) Viceministro (a) de Justicia y en el (la) Viceministro (a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, en el ámbito de sus competencias, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1 EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Suscribir, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de sus respectivas competencias y funciones, acuerdos, convenios, de cooperación y/o colaboración interinstitucional, encargos de gestión, memorandos o cartas de entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas y/o modi fi caciones, siempre que no sean privativas a la función de Ministro (a) de Justicia y Derechos Humanos y de conformidad con la legislación nacional pertinente. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. 1.2 EN MATERIA DE OBRAS POR IMPUESTOS a) Suscribir, modi fi car y resolver los convenios de inversión celebrados entre la entidad y las empresas privadas encargadas de fi nanciar las inversiones y/o actividades, así como los contratos de supervisión suscritos con las entidades privadas supervisoras, previa opinión de las áreas técnicas competentes. Artículo 2.- Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: 2.1 EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Aprobar documentos normativos que regulen los actos de administración interna, aprobación de documentos e instrumentos de gestión y trámites internos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos, en el marco de sus competencias. b) Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme a lo establecido en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; así como las modi fi catorias que se requieran. c) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante órganos dependientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en aquellos procedimientos en los que este constituya la última instancia administrativa, en el ámbito de su competencia. d) En el marco de Decreto Ley N° 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, efectuar la selección de profesionales con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público que se requiera para el Despacho Ministerial, Despachos Viceministeriales y Secretaría General, previa solicitud e informe sustentatorio de las dependencias solicitantes; suscribir las solicitudes para el registro de contratos; suscribir el contrato de locación de servicios; suscribir los Términos de Referencia del Servicio; suscribir la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos; suscribir la Adenda; suscribir la solicitud para el pago de honorarios; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; así como, suscribir otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650. e) En el marco de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, remitir la solicitud de pago de honorarios, el Formato F - Conformidad de servicio mensual y el recibo por honorarios electrónico a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, informar a la Unidad Transitoria de Pago (UTP) si el Personal Altamente Cali fi cado (PAC) deja de prestar servicios en el Sector, antes del vencimiento de su contrato. f) Suscribir, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en el marco de sus respectivas competencias y funciones, acuerdos, convenios de cooperación y/o colaboración interinstitucional, de colaboración, encargos de gestión, memorandos o cartas de entendimiento, y otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas y/o modi fi caciones, siempre que no sean privativas a la función del Ministro (a) de Justicia y Derechos Humanos, y de conformidad con la legislación nacional pertinente. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. g) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la documentación que deba ser remitida a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” aprobada por Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, o norma que la modi fi que o sustituya. h) Designar a los (las) fedatarios (as) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. i) Autenticar las copias de las resoluciones del Ministerio Justicia y Derechos Humanos, y de ser el caso suscribir las transcripciones o fi ciales. j) Aprobar las modi fi catorias del Plan Estratégico Institucional. k) Suscribir, modi fi car y resolver los Convenios de Ejecución Conjunta con Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales, en el marco de lo dispuesto en la Décimo Séptima Disposición Complementaria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 081- 2022-EF; y, remitir copia de estos a PROINVERSIÓN. l) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Unidad Ejecutora 001-15, así como sus modi fi caciones, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. 2.2 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. b) Autorizar la reducción de prestaciones y la ejecución de prestaciones adicionales de obras menores o iguales al quince por ciento (15%) del monto del contrato original, restándole los presupuestos deductivos vinculados, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en el ámbito de su competencia y previa opinión favorable de la O fi cina General de Administración. c) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, previo informe técnico