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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 172

172 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Segundo hecho a) El señor alcalde celebró contrato con don Sergio Francisco Carpio Solís , su primo hermano (en adelante, don Sergio Carpio), desde enero de 2023 “hasta la actualidad”, para que preste servicios como operador de producción y mantenimiento de la gerencia de Servicio Municipal de Agua y Alcantarillado – Semapas. Tercer hechoa) Se contrató a don José Santos Carpio Godoy , sobrino del señor alcalde (en adelante, don José Carpio), como subgerente de Contabilidad. 1.2. A su solicitud, adjuntó, entre otros, copias de los siguientes documentos: a) Fichas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec) de don Eder Solís, don Sergio Carpio, don José Carpio y del señor alcalde. b) Ficha Reniec de don Agustín Tiburcio Solís Escudero. c) Ficha Reniec de don Sergio Carpio Esquivel. d) Ficha Reniec de don Lázaro Carpio Esquivel. e) Ficha Reniec de don Víctor Ceferino Carpio Uchuya. f) Ficha Reniec de don Edwin Nicolás Carpio Solís. g) Partida de nacimiento de doña Inés Rosa Solís Yáñez (madre del señor alcalde). h) Gráfi co del árbol genealógico del señor alcalde, según el cual i) don Eder Solís, sería hijo del hermano de la madre del señor alcalde , ii) don Sergio Carpio sería hijo del hermano del padre del señor alcalde, y iii) don José Carpio sería sobrino del padre del señor alcalde (Lázaro Carpio Esquivel) y de su hermano don Sergio Carpio Esquivel. i) Planilla de remuneraciones de trabajadores con contrato administrativo de servicios (CAS) N° 005-202-SEMAPAS-MDS-REGION/ICA, correspondiente a mayo de 2023. j) Reporte de búsqueda de proveedores del Estado. k) Carta N° 001-2023-ETTE-2022-ALCALDIA, de 7 de febrero de 2023, sobre entrega de informe fi nal de transferencia de gestión 2019-2022. 1.3. Mediante el Auto N° 1, del 27 de febrero de 2024, se trasladó el pedido de vacancia al Concejo Distrital de Santiago, a fi n de que la tramiten conforme a ley. 1.4. El 5 de marzo de 2024, el señor recurrente solicitó a este órgano electoral que se incorpore al procedimiento los siguientes documentos: a) Partida de nacimiento de don José Carpio. b) Acta de Nacimiento de don Sergio Carpio. c) Resolución de Alcaldía N° 016-2023-MDS, del 2 de enero de 2023, con la cual se designó a don José Carpio como subgerente de Contabilidad. d) Consulta del portal del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre proveedores de la Municipalidad Distrital de Santiago, en la que aparece don Eder Solís. 1.5. Por medio del O fi cio N° 000842-2024-SG/JNE, del 15 de marzo de 2024, se remitió al concejo municipal los documentos antes descritos. 1.6. El 21 de marzo de 2024, el señor recurrente presentó ante la Municipalidad Distrital de Santiago los siguientes documentos: a) Acta de nacimiento del señor alcalde. b) Partida de Nacimiento de don Víctor Ceferino Carpio Uchuya (padre de don José Carpio). c) Partida de Nacimiento de don Eder Solís. d) Constancia de alta del trabajador de la SUNAT correspondiente a don José Carpio. Documentos incorporados al procedimiento por el concejo municipal 1.7. El concejo municipal incorporó al procedimiento, entre otros, los siguientes documentos: a) Informe N° 0193-2024-SGRH-GA/MDS, del 27 de marzo de 2024, elaborado por la Subgerencia de Recursos Humanos, en el que señala que, don José Solís y don Sergio Carpio son trabajadores bajo la modalidad de CAS, en tanto que don Eder Solís presta servicios bajo la modalidad de locación de servicios. Asimismo, precisa que don José Carpio ingresó a laborar, el 2 de enero de 2023, como subgerente de Contabilidad y don Sergio Carpio ingresó a laborar, el 1 de julio de 2022, como operador de producción, distribución y mantenimiento de Semapas. b) Expediente administrativo sobre la contratación de don Sergio Carpio como personal CAS, en el cargo de operador de producción, distribución y mantenimiento para la Gerencia del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2022. c) Informe (con número ilegible), del 22 de marzo de 2023, mediante el cual la subgerente de Recursos Humanos –teniendo como antecedente, entre otros, la solicitud de don Sergio Carpio–, sobre su continuidad laboral, “opina que se continue con su régimen laboral a si mismo se tiene que ver que el trabajador no se le ha despedido a si mismo continua trabajando en la institución motivos por el cual esta subgerencia solicita opinión legal para poder emitir lo más antes posible las planillas del trabajador Sr. CARPIO SOLIS SERGIO FRANCISCO”. Descargos de la autoridad cuestionada 1.8. El 8 de abril de 2024, el señor alcalde presentó sus descargos indicando lo siguiente: Sobre el primer hechoa) El señor recurrente aduce que existe un vínculo de consanguinidad con don Eder Solís , debido a que el padre de este último, don Agustín Tiburcio Solís Escudero, sería hermano de la madre de la autoridad edil, doña Inés Rosa Solís Yáñez; sin embargo, lo referido es una a fi rmación falsa, debido a que los troncos familiares en ambos casos son distintos y no existe tal vínculo de consanguinidad. Sobre el segundo hecho a) Don Sergio Carpio fue contratado en la gestión anterior, cuyo alcalde fue don Leonardo Rubén Guerrero Silva, por lo que no existió ningún tipo de injerencia por parte de la actual gestión que inició en enero de 2023. b) Don Sergio Carpio laboró en la entidad edil desde el periodo 2003 al 2006, luego en el periodo del 2015 al 2018 y, fi nalmente, se le volvió a contratar en el año 2022, bajo la modalidad de CAS. c) La última contratación del referido trabajador está probada con el Contrato Administrativo de Servicios N° 032-2022-SEMAPAS-MDS-REGION-ICA, del 1 de julio de 2022. d) La Ley N° 26771 y su reglamento señalan que no se con fi gura el acto de nepotismo cuando se dispone la renovación de contratos preexistentes y continuidad laboral. En ese sentido, en este caso queda descartado el nepotismo. Sobre el tercer hechoa) El señor recurrente señala que existe una relación de familiaridad en el tercer grado de consanguinidad con don José Carpio , quien vendría a ser su sobrino; no obstante, no ha señalado cómo es que se produce dicho vínculo, pues en la descripción de los medios de prueba solo re fi ere que don José Carpio es hijo de Víctor Ceferino Carpio Uchuya, pero no señala de manera clara de qué forma se produce el vínculo de consanguinidad en relación a la autoridad cuestionada. b) Dado que el supuesto parentesco provendría de la familia Carpio, en el árbol genealógico de su padre don Lázaro Carpio Esquivel no fi gura don Víctor Ceferino Carpio Uchuya (padre de don José Carpio), por lo que no provienen del mismo tronco familiar. En consecuencia, no existe el vínculo alegado por el señor recurrente. Escritos posteriores del señor recurrente1.9. Mediante el escrito presentado el 12 de abril de 2024, el señor recurrente re fi rió lo siguiente: