Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2026 (25/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 143

143 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2026 El Peruano / los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión de los actuados, se veri fi ca que, mediante el Acuerdo de Concejo N° 052-2026/MDLM, del 28 de mayo de 2026, el Concejo Distrital de La Molina concedió licencia sin goce de haber a la señora regidora por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026 con motivo de su participación en las ERM 2026 (ver SN 1.4.). 2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1 del numeral 6 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.), se precisó que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. 2.3. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber de la señora regidora cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de La Molina, de acuerdo con lo establecido en la LOM y la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), y con la fi nalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a doña María Alejandra Auqui Guerreros, identi fi cada con DNI N° 46836624, candidata no convocada de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Molina. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1.- DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a doña Francisca Fausta Navarro Huamaní como regidora del Concejo Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026. 2.- CONVOCAR a doña María Alejandra Auqui Guerreros, identi fi cada con DNI N° 46836624, candidata no proclamada de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Molina, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINAGONZALES BARRÓNTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2537973-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital del Rímac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 01602-2026-JNE Expediente Nº JNE.2026183046 RÍMAC - LIMA - LIMA LICENCIA DE AUTORIDADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 23 de junio de 2026VISTO : el O fi cio Nº 031-2026-OGSGDACRC-MDR, del 9 de junio del 2026, por medio del cual la abogada Alejandra Rosario Ludeña Macuri, jefa de la O fi cina General de Secretaría, Gestión Documentaria y Archivo Central y Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Rímac, provincia y departamento de Lima (en adelante abogada recurrente), comunicó sobre la licencia concedida a don Juan Miguel León Monzón, regidor del Concejo Distrital del Rímac, provincia y departamento de Lima (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTE1.1. Con el o fi cio señalado en el visto, la abogada recurrente informó de la licencia sin goce de haber que le fue concedida al señor regidor, a fi n de que se convoque al reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 71-2026- MDR, del 29 de mayo de 2026, con el cual se concedió la referida licencia por el periodo comprendido, del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, debido a su participación como candidato en las ERM 2026. . CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.