Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000
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NORMAS LEGALES

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La solicitud presentada el 15 de diciembre de 1999 por el representante legal del Banco Continental para que se le autorice la fusion por absorcion de dicha empresa con la Financiera San MORDAZA S.A., actuando el Banco Continental como sociedad absorbente y la Financiera San MORDAZA S.A. como sociedad absorbida. CONSIDERANDO: Que, en Juntas Generales de Accionistas celebradas por el Banco Continental y por Financiera San MORDAZA S.A. el 1 de diciembre de 1999, las mencionadas entidades acordaron la fusion mediante la modalidad de absorcion de Financiera San MORDAZA S.A. por parte del Banco Continental, originandose la extincion de la personalidad juridica de la primera de las nombradas; Que, en el Proyecto de Fusion aprobado en las referidas Juntas Generales de Accionistas contempla como fecha de entrada en vigencia de la fusion el 31 de diciembre de 1999, fecha en la cual cesaran las operaciones asi como los derechos y obligaciones de la Financiera San MORDAZA S.A. que se extingue por efectos de la fusion, los cuales son asumidos en su totalidad por el Banco Continental; Que, la referida fusion se realiza en merito a lo previsto en el Articulo 363º de la Ley General de Sociedades, por lo que no ha generado un aumento de capital ni, consecuentemente, la obligacion del Banco Continental de emitir nuevas acciones; Con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y de Banca y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes numeros 27008 y 27102; y conforme a lo previsto en las Resoluciones SBS numeros 757-91 y 77998; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la fusion mediante la modalidad de fusion por absorcion del Banco Continental con la Financiera San MORDAZA S.A., extinguiendose esta MORDAZA sin liquidarse, asumiendo la primera como empresa absorbente, a titulo universal, la totalidad del Patrimonio y los demas derechos y obligaciones de la empresa absorbida Financiera San MORDAZA S.A. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado de autorizacion y funcionamiento extendido en su oportunidad a favor de la Financiera San MORDAZA S.A., a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusion, a que se hace referencia en la parte considerativa de esta Resolucion. Articulo 3º.- Devuelvase la minuta de que formaliza la fusion debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a Escritura Publica, debiendose insertar en el contenido de la misma, el texto de esta Resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0490

Que, los seguros de MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA generales corresponden a actividades de naturaleza y riesgos distintos; Que, en consecuencia, se requiere que las empresas que operan simultaneamente en seguros de MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA generales presenten informacion contable separada a fin de identificar y diferenciar adecuadamente las operaciones correspondientes a cada ramo mencionado, para mejorar la administracion y control de tales operaciones; Que, mediante Resolucion SBS Nº 348-95 del 11 de MORDAZA de 1995 se aprobo el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, en adelante Plan de Cuentas, efectuandose posteriormente modificaciones mediante Resoluciones SBS Nº 015-96 del 10 de enero de 1996 y Nº 582-98 del 17 de junio de 1998; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 12 y 13 del Articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las normas para la identificacion contable de las operaciones de MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA generales de las empresas de seguros, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros NORMAS PARA LA IDENTIFICACION CONTABLE DE LAS OPERACIONES DE MORDAZA DE MORDAZA Y DE MORDAZA GENERALES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS 1. ALCANCE La presente Resolucion es aplicable a las empresas de seguros que tengan autorizacion de funcionamiento para operar simultaneamente en MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA generales, en adelante las empresas. 2. DEFINICIONES 2.1 MORDAZA de vida: Comprenden los riesgos condicionados a la existencia y edad del asegurado cuando aquellos constituyen la cobertura principal de una poliza de seguros. En este rubro se incluyen los riesgos de accidentes y enfermedades que formen parte de polizas de seguros de MORDAZA como coberturas adicionales o complementarias. 2.2 MORDAZA generales: Todos los demas MORDAZA o riesgos no comprendidos en la definicion de MORDAZA de vida. 2.3 Cobertura principal: Es aquella cuya porcion del riesgo implica una prima mayor que aquellas correspondientes a las coberturas adicionales o complementarias de la misma poliza de seguros. 2.4 Obligaciones tecnicas: el monto total de las reservas tecnicas, las primas diferidas, el patrimonio de solvencia y el fondo de garantia. 3. DISPOSICIONES GENERALES 3.1 Las empresas deberan elaborar Balances Generales y Estados de Ganancias y Perdidas diferenciados para las operaciones de seguros correspondientes a MORDAZA de MORDAZA y a MORDAZA generales, de manera adicional a los establecidos en el Plan de Cuentas. A tal efecto, las empresas deberan adecuar sus procedimientos contables y de sistemas de manera que, el registro contable de las operaciones de seguros de MORDAZA de MORDAZA se efectue en cuentas separadas de las demas operaciones, siendo de aplicacion todas las disposiciones contenidas en el Plan de Cuentas. Con dicha finalidad, se deberan utilizar los codigos de riesgos correspondientes a los MORDAZA de MORDAZA que se indican en el Anexo adjunto, debiendo corresponder estos a la cobertura principal ofrecida en la poliza de seguros. Para MORDAZA generales se utilizaran los codigos de riesgos senalados en el Cuadro Concordante de Riesgos del Plan de Cuentas. 3.2 Las empresas deberan elaborar un Plan de Identificacion Contable, en adelante Plan, que incluya las politicas, los procedimientos y plazos requeridos para la diferenciacion de las operaciones de MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA generales y las fechas de las pruebas de reporte de los estados financieros por cada ramo mencionado. 3.3 El Plan y sus posteriores modificaciones deberan ser aprobados por el Directorio y puestos en consideracion de

Aprueban normas para identificacion contable de operaciones realizadas por empresas de seguros
RESOLUCION SBS Nº 1141-99 MORDAZA, 31 de diciembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, autoriza a las empresas de seguros establecidas en el MORDAZA a operar, de manera simultanea, en seguros de MORDAZA de MORDAZA y de MORDAZA generales, cumpliendo las exigencias establecidas en la misma;

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