Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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ANEXO 1.F

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000

ORDENES DE SERVICIO DE INTERCONEXION 1. ORDENES DE SERVICIO Se entiende por solicitud de orden de servicio a los documentos mediante los cuales TELEANDINA solicite: a) Nuevos puntos de interconexion adicionales a los considerados en el presente MANDATO ya sea en los departamentos en los que TELEANDINA inicialmente prestara servicios o en cualquiera de los departamentos del area de concesion de TELEANDINA. b) El incremento de enlaces en puntos de interconexion existentes. Las solicitudes de ordenes de servicio de TELEANDINA observaran el siguiente procedimiento: 1.1 La Gerencia Central Legal y de Regulacion de TELEFONICA recibira las solicitudes de ordenes de servicio de TELEANDINA. TELEFONICA evaluara las solicitudes de ordenes de servicio de TELEANDINA y las ingresara en su sistema mediante un formato establecido de comun acuerdo, que provea con el numero de orden a TELEANDINA. La Gerencia Tecnica de TELEANDINA sera la contraparte de la Gerencia de Desarrollo de TELEFONICA, para todos los aspectos tecnicos mencionados, una vez aceptada la orden de servicio. 1.2 TELEFONICA y TELEANDINA acordaran la utilizacion de uno de los siguientes medios: courier, fax o cualquier intercambio electronico de datos y la utilizacion de un determinado formato para solicitar puntos de interconexion y enlaces. 1.3 Las solicitudes de ordenes de servicio deberan contener como minimo la siguiente informacion para que TELEFONICA pueda proveer lo solicitado: · Fecha de solicitud de orden de servicio · Numero de orden de TELEANDINA · Nombre y direccion del local de cada terminal de enlace de punto de interconexion · Nombre y numero de telefono del area de TELEANDINA encargada de realizar las siguientes funciones: coordinacion de la orden, confirmacion de la orden, instalacion y prueba. · Descripcion del lugar de punto de interconexion · Fecha de puesta en servicio requerida · Cantidad de enlaces requeridos · Servicios opcionales, de ser requeridos, para los casos de nuevos puntos de interconexion. 1.4 Ciertas fechas importantes, de aqui en adelante conocidas como fechas criticas, se asociaran con la orden de servicio. Estas fechas criticas seran utilizadas por TELEFONICA y TELEANDINA para monitorear el progreso del MORDAZA de las mismas, que seran: a) Fecha de solicitud de orden de servicio.- El dia que TELEANDINA entrega a TELEFONICA una solicitud de acuerdo a lo establecido en el punto 1.1 del presente anexo. b) Fecha de emision de la orden.- La fecha en la cual la orden es ingresada al sistema de TELEFONICA. c) Fecha de prueba.- Fecha en la cual TELEFONICA y TELEANDINA comienzan la prueba general de los enlaces. MORDAZA de la misma, ambos Operadores completaran todo el cableado, verificaran la continuidad y operacion de equipos, asi como la carga de los datos. d) Fecha de puesta en servicio o fecha de servicio.Fecha en la cual el punto de interconexion o enlaces se encuentran operativos y disponibles despues de las pruebas de aceptacion acordadas en el Anexo I.D y firmada el acta de aceptacion respectiva. La fecha de puesta en servicio sera una fecha acordada entre las partes, basada en el intervalo de provision para el MORDAZA de requerimiento realizado. Una vez establecida una fecha de puesta de servicio, esta no se cambiara sin el consentimiento y acuerdo de ambos Operadores. 1.5 Cuando TELEANDINA envie una solicitud u orden de servicio a TELEFONICA para requerir un enlace o punto de interconexion, esta MORDAZA debera responder a mas tardar en quince (15) dias habiles desde la fecha de solicitud. En caso que la respuesta sea afirmativa, se procesara la orden segun los intervalos descritos en el punto 2 del presente anexo. En el caso que factores tecnicos impidan

que la respuesta de TELEFONICA sea afirmativa, esta, dentro del plazo de 15 dias, senalara una fecha para obtener el servicio. La confirmacion de la orden por parte de TELEFONICA contendra la siguiente informacion: a) Numero de orden de TELEFONICA y numero de solicitud de orden de TELEANDINA b) El circuito o numero de equipo para cada enlace ordenado c) Numero de Grupo Troncal. d) Fechas criticas para las ordenes indicando la fecha de solicitud de la orden de servicio, la fecha en la cual la orden fue emitida por TELEFONICA, la fecha de prueba y la fecha de puesta en servicio e) Codigo de Punto de Senalizacion 2. INTERVALOS DE PROVISION 2.1 El intervalo de provision es el tiempo requerido para disponer de los enlaces y puntos de interconexion solicitados. El intervalo de provision indicara el numero de dias habiles que deberan mediar entre la fecha de solicitud y la fecha de puesta en servicio. 2.2 Los siguientes intervalos de provision seran aplicables desde la fecha de solicitud de orden de servicio:
Requerimiento Provision de un MORDAZA punto de interconexion Provision de Enlaces Adicionales Intervalo de Provision Menor o igual a 90 dias habiles Menor o igual a 30 dias habiles

El intervalo de provision de un MORDAZA punto de interconexion incluye la provision de los enlaces de interconexion correspondientes a dicho punto. Durante el MORDAZA de adecuacion de equipos e infraestructura expuesto en el numeral 5 del Anexo I.A se indicara a TELEFONICA los requisitos de proyeccion a largo plazo de TELEANDINA y se ayudara a TELEFONICA a cumplir con estos intervalos. 2.3 Para instalar un enlace de interconexion o un punto de interconexion, ambos Operadores deberan garantizar la disponibilidad de suficiente personal tecnico en la ejecucion de las pruebas de aceptacion acordadas en el Anexo I.D. 2.4 Una vez realizada la provision de enlaces de interconexion o de un MORDAZA punto de interconexion, esta debera ser puesta en conocimiento de OSIPTEL en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario. ANEXO 1.G OPERACION, MANTENIMIENTO Y GESTION DE AVERIAS 1. GENERALIDADES 1.1 Cada Operador establecera su centro principal de monitoreo de red como punto central de contacto, con el proposito de informar al otro Operador de fallas en los puntos de interconexion a nivel nacional y para coordinar aspectos de operacion y mantenimiento de los Pdl que afecten al sistema de otro Operador o a sus clientes. 1.2 Cada operador dispondra de personal para garantizar la operacion y mantenimiento con el fin de asegurar la continuidad y calidad del servicio. Cada operador realizara el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de su propiedad en los Pdl. 1.3 Las rutinas de mantenimiento se ajustaran a las recomendaciones del fabricante. 2. EVALUACION Y PRUEBAS EN EL PUNTO DE INTERCONEXION 2.1 Las averias deberan ser registradas en formatos que contemplen informacion basica como fecha y hora del reporte, posible averia detectada, infraestructura afectada, nombre de la persona que efectua el reporte, nombre de la persona que recibe el reporte y tiempo estimado de la reparacion. 2.2 Para evaluar la calidad de los enlaces de interconexion se utilizaran las recomendaciones de transmision definidas en los estandares y especificaciones que recomiendan la UIT-T aplicables a los sistemas de transmision digital y los que se acuerden y MORDAZA aplicables en los protocolos de Aceptacion y Prueba incluidos en el Anexo I.D. 2.3 Con el fin de prevenir fallas en los equipos del Pdl y su MORDAZA de recuperacion, se realizaran pruebas de cali-

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