Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
Cuadro N° 2 RESUMEN DEL CALCULO DE LA RESERVA DE RIESGOS EN CURSO REASEGURO ACEPTADO Al _____________________ MONEDA_______________

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000

Ramo / Riesgo

N° de Contratos

Base de Calculo (Total)

Reaseguro Aceptado Riesgo No Corrido en Nº de Dias (Promedio)

Periodo de Vigencia en N° de Dias (Promedio)

Reserva (Total) (A)

Reaseguro Cedido Prima Reserva Cedida (Cedido) (Total) (B)

Reserva de Riesgos en Curso (Retenido) (C) = (A)­ (B)

TOTAL

------------------------------ Gerente General

----------------------------------Actuario (asesor)

0516

Amplian plazo de adecuacion a dispo- Actualizan capital social minimo de siciones del Reglamento de las Coo- empresas corredoras y auxiliares de perativas de Ahorro y Credito no auto- seguros correspondiente al ano 2000 rizadas a operar con recursos del puCIRCULAR Nº CS-002-2000 blico MORDAZA, 11 de enero del 2000
RESOLUCION SBS Nº 022-2000 MORDAZA, 11 de enero del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que la Sexta Disposicion Transitoria de la Resolucion Transitoria del Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico, aprobado por la Resolucion SBS Nº 540-99 del 15 de junio de 1999, establece que las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico, que se encuentren en actividad al dictarse dicha Resolucion, deben adecuar sus operaciones y estatutos a las disposiciones contenidas en el citado Reglamento, en el plazo de 180 dias calendario contados a partir de la fecha de su aprobacion. Que, la solicitud de la Federacion Nacional de Cooperativas de Ahorro y Credito del Peru - FENACREP, en el sentido de ampliar el referido plazo, resulta procedente por permitir a las Cooperativas de Ahorro y Credito no autorizadas a operar con recursos del publico realizar la Asamblea General Extraordinaria para la modificacion de sus estatutos en forma coincidente con la Asamblea General Ordinaria que tendra lugar en marzo del ano 2000. Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliese el plazo establecido en la Sexta Disposicion Transitoria de la Resolucion SBS Nº 54099 hasta el 30 de MORDAZA del ano 2000. Articulo Segundo.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0443 CIRCULAR Nº CS-002-2000 AS-002-2000 -------------------------------------------------Ref.: Actualizacion del capital social minimo correspondiente al ano 2000 -------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, esta Superintendencia dispone la actualizacion de los capitales minimos de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el ano 2000, de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 1058-99 del 30 de noviembre de 1999. En tal sentido, se indica a continuacion la informacion referida en el parrafo anterior: ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LAS EMPRESAS CORREDORAS DE SEGUROS Y AUXILIARES DE SEGUROS CORRESPONDIENTE AL ANO 2000 (EN NUEVOS SOLES) 1. Empresas Corredoras de Seguros1 2. Empresas Auxiliares de seguros 2.1. Ajustadores de Siniestros 2.2. Peritos de Seguros
1 1

14 500,00 14 500,00 14 500,00

Capital social = 5 UIT, actualizacion en base a la UIT enero 2000. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 0444

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