Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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dad en coordinacion con el otro operador, en lapsos no mayores de 3 meses. 2.4 Para cumplir con lo dispuesto en los numerales 2.1 y 2.2 es recomendable de forma opcional reservar 1 E1 en cada Pdl con el fin de realizar pruebas sin interrupcion del servicio. 3. GESTION DE AVERIAS 3.1 Fallas en los puntos de interconexion: Cada operador establecera su centro principal de monitoreo de red como punto central de contacto para el proposito de informar al otro operador de fallas en los puntos de interconexion que afecten al sistema del otro operador o sus clientes MORDAZA empresas se informaran, por escrito, sobre los telefonos de contacto de los Centros de Gestion los cuales atenderan durante las 24 horas del dia, los 365 dias del ano. Si cualquiera de las partes proyectara modificar el punto de contacto establecido, debera comunicarlo a la otra parte con una anticipacion no menor de quince dias. Cada operador comunicara al otro operador de cualquier MORDAZA en los Pdl, dentro de los 30 minutos de haber tomado conocimiento de la misma. Por el simple merito de la comunicacion, las partes deberan garantizar el acceso a sus instalaciones, sea en dias habiles o no y a cualquier hora. Para tal efecto las partes se deberan notificar la lista de los representantes que se encontraran acreditados para acceder a dichas instalaciones. 3.2 Notificacion de actividades que afecten el servicio: Cada operador notificara al otro operador, con por lo menos cinco (5) dias habiles de anticipacion, la ejecucion de los trabajos de mantenimiento preventivo, expansion o mejora tecnologica que afecten o puedan afectar el servicio en el Punto de Interconexion con el fin de llevar a cabo su coordinacion, excepto casos imprevistos o de fuerza mayor que se comunicaran de inmediato. 3.3 Coordinacion con respecto a planes de contingencia: Ambos operadores trabajaran conjuntamente para desarrollar planes de contingencia de la red, con la finalidad de mantener la capacidad MORDAZA de la red si ocurriesen desastres naturales o de cualquier naturaleza que afecten seriamente los servicios de telecomunicaciones. ANEXO 1.H DOCUMENTACION TECNICA DEL EQUIPAMIENTO Se debera adjuntar la documentacion tecnica del equipamiento del presente proyecto. ANEXO 2 CONDICIONES ECONOMICAS NUMERAL 1.- CARGOS POR TERMINACION DE LLAMADAS En todos los casos debera entenderse que los cargos de interconexion se aplican sobre el trafico eficaz cursado entre las redes. Los cargos se aplican solo si el trafico es cursado a traves de las redes de larga distancia de TELEANDINA. a) Origen: abonado fijo de TELEFONICA; destino: abonado fijo de TELEFONICA; utilizando a TELEANDINA como portador de larga distancia Una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado fijo de TELEFONICA (que hubiera preseleccionado a TELEANDINA como su portador del servicio de larga distancia), en un area local de telefonia fija en donde TELEANDINA se encuentre interconectado con TELEFONICA, cuyo destino final es un abonado fijo de TELEFONICA, situado en otra area local de telefonia fija en donde TELEANDINA tambien se encuentre interconectado con TELEFONICA; tendra el siguiente tratamiento de cargos por terminacion de llamada entre las dos empresas: Por el servicio de originacion de la llamada en un abonado fijo, TELEANDINA pagara a TELEFONICA el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada por minuto de trafico eficaz. Por el servicio de terminar la llamada en un abonado fijo, TELEANDINA

pagara a TELEFONICA el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada por minuto de trafico eficaz. b) Origen: abonado fijo de TELEFONICA; destino: internacional; utilizando a TELEANDINA como portador de larga distancia Una llamada que se origina en un abonado fijo de TELEFONICA, el cual ha preseleccionado a TELEANDINA como su portador de larga distancia, y termina en una red de destino internacional a traves de TELEANDINA, tendra el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas. TELEFONICA recibira el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red fija, por el servicio de acceso que brinda al portador de larga distancia. c) Origen: internacional; destino: abonado fijo de TELEFONICA; utilizando a TELEANDINA como portador de larga distancia Una llamada que se origina en una red internacional y termina en un abonado fijo de TELEFONICA, tendra el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas. TELEFONICA recibira el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red fija, por el servicio de terminar la llamada en la red fija local de TELEFONICA. Trafico liquidable. La liquidacion de traficos de interconexion debe hacerse de acuerdo al siguiente mecanismo, especificado en las normas complementarias de interconexion19 : a) sumando el total de trafico eficaz de cada una de las llamadas de larga distancia expresadas en segundos, ocurridas durante el periodo de facturacion; b) el total de tiempo eficaz asi calculado expresado en segundos se redondea al minuto mas cercano; c) el total de pagos resulta de la multiplicacion del tiempo eficaz expresado en minutos por el cargo por terminacion de llamada. d) Llamada transportada por la red de larga distancia TELEANDINA hacia un abonado movil de TSM Una llamada transportada por la red de larga distancia de TELEANDINA con destino a un abonado movil de TSM tendra el siguiente tratamiento de pagos: Por las llamadas que utilicen como portador de larga distancia nacional a TELEANDINA para terminar en la red movil de TSM, TELEANDINA entregara a TSM el 25% del monto facturado por dicho trafico. Asimismo, en lo que respecta a las llamadas de larga distancia internacional entrante que TELEANDINA termine en la red movil de TSM, TELEANDINA entregara a TSM el 25% de las remesas recibidas correspondientes a TELEANDINA (administracion peruana). Estos cargos seran independientes del cargo a pagarse por transporte conmutado. NUMERAL 2.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTADO El cargo por transporte conmutado sera de US$ 1,60 centavos/ minuto. Dicho cargo sera pagado por TELEANDINA respecto de las llamadas entregadas a TELEFONICA con destino a la red movil de TSM o redes de otros operadores. NUMERAL 3.- TELEFONICA prestara el servicio de transporte conmutado, para las llamadas entregadas por TELEANDINA con destino a otras redes con las cuales TELEANDINA no este interconectada directamente. No se pagara cargo por transporte conmutado si la llamada es cursada por la red de larga distancia de TELEFONICA. A solicitud de TELEANDINA, TELEFONICA cursara el trafico entregado por TELEANDINA y destinado al concesionario de una tercera red, sin necesidad de un acuerdo

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Articulo 7º. Cabe resaltar que, a pesar de que la aplicacion de la MORDAZA en este respecto ha sido suspendida, la misma no ha sido derogada. En este sentido, una vez finalizada dicha suspension la MORDAZA debera de aplicarse, por lo cual sus efectos deben de ser incluidos en el presente Mandato teniendo esto en consideracion.

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