Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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Visto, el Expediente Nº 21106599, constituido por los documentos con Registro Nº 1262925, presentado por ENERGIA DEL SUR S.A. - ENERSUR S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de electroducto, de paso y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las lineas de transmision en 220 kV. C.T. Ilo 2 - S.E. MORDAZA (Montalvo) y en 138 kV. S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Botiflaca, ubicadas en las provincias de Ilo y Mariscal MORDAZA, del departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, ENERGIA DEL SUR S.A. - ENERSUR S.A., concesionaria de transmision de energia electrica, en merito a la Resolucion Suprema Nº 132-98-EM de fecha 29 de diciembre de 1998, solicito la imposicion de servidumbres de electroducto, de paso y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las lineas de transmision en 220 kV. C.T. Ilo 2 - S.E. MORDAZA (Montalvo) y en 138 kV. S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Botiflaca; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b), e) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las indemnizaciones correspondientes por el establecimiento de la presente servidumbre han sido fijadas mediante acuerdos libres y directos entre los afectados y la concesionaria, lo que consta en los convenios que obran en el expediente; habiendo quedado consentidas las autorizaciones otorgadas para las requeridas servidumbres; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 308-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de electroducto, de paso y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de las lineas de transmision en 220 kV. C.T. Ilo 2 - S.E. MORDAZA (Montalvo) y en 138 kV. S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Botiflaca, con caracter permanente, a favor de ENERGIA DEL SUR S.A. - ENERSUR S.A.; de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los siguientes cuadros: CUADRO Nº 1
Exp./Codigo Inicio y Llegada de la Linea electrica C.T. Ilo 2 - S.E. MORDAZA (Montalvo) S.E. MORDAZA (Montalvo) S.E. Botiflaca Tension Nº de Longitud Ancho de (kV.) Ternas (Km.) la faja (m.) 220 138 02 02 72,32 30,7 25 20

Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 0266

PRES
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2000-PRES MORDAZA, 14 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 110-98-PRES de fecha 26 de marzo de 1998, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA Cuzcano, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); Que, el mencionado funcionario, ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25556; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia con efectividad al 19 de diciembre de 1999, formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA Cuzcano, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0578

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CUADRO Nº 2
Exp./Codigo Inicio y Llegada de Caminos de Acceso (Intervalos de torres) T-2 a T-41 T-92 a T-99 T-173 T-194 T-201 y T-202 T-52 a T-53 T-54 a T-63 Nº de Lote Nº de MORDAZA 40 8 1 1 2 2 10 Longitud (m.) 12500 3250 150 150 320 120 1250

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial por presunta comision de delitos contra la fe publica y peculado en el CTAR MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 004-2000-PRES MORDAZA, 12 de enero del 2000 Visto; el Informe Nº 026-99/PRES-IG Examen al Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR - Huanuco; practicado por la Oficina de Inspectoria General del Ministerio de la Presidencia; CONSIDERANDO: Que, durante la ejecucion del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR - MORDAZA, en cumplimiento del Plan Anual de Control para 1999, la Oficina de Inspectoria General verifico que de la evaluacion selectiva realizada a los comprobantes de pago de los meses de marzo a junio de 1999 y a la documentacion que sustenta las rendiciones de cuenta por asignacion de viaticos por comision de servicios de funcionarios y servidores del CTAR MORDAZA, se evidencia que la documentacion presentada en las rendiciones habia sido modificada y/o adulterada, segun se constato con las boletas que tenia el proveedor, lo que revela la existencia de indicios razonables de la Comision de Delito de Peculado y contra la Fe Publica

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L-3 L-7 L-13 L-26 L-36 L-14 L-18

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza, ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ENERGIA DEL SUR S.A. - ENERSUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ENERGIA DEL SUR S.A. - ENERSUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion.

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