Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2000 (15/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de enero de 2000

Dan por cumplida remision de resoluciones relativas a obras de habilitacion MORDAZA de cooperativa de vivienda
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 033 San MORDAZA de Lurigancho, 12 de enero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 003-2000-DCUC-DDU/MDSJL de la Division de Control MORDAZA y Catastro e; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho en aplicacion de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Ley Nº 26878 y del Texto Unico Ordenado TUO del Reglamento de la Ley aprobado con D.S. Nº 011-98-MTC, expidio las Resoluciones de Alcaldia Nº 964 del 23.Jul.1999 y Nº 1109 del 16.Ago.1999, de la Recepcion de Obras de la Coop. de Vivienda Los MORDAZA, dando por cumplida la etapa de aprobacion de habilitacion MORDAZA para uso vivienda y comercio especializado del terreno de 116,892.00 m2 (Ciento dieciseis mil ochocientos noventidos y 00/100 metros cuadrados) de propiedad de la Coop. de Vivienda Los Angeles. Que, con Oficio Nº 0807-99-A/MSJL de fecha 28.Oct.1999, se remitio a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA de las Resoluciones de Alcaldia para su revision correspondiente de acuerdo al Art. 20º del D.S. Nº 011-98-MTC y a la fecha la Municipalidad Provincial no ha dado respuesta al oficio mencionado. Que, con Informe Nº 003-2000-DCUC-DDU/MDSJL de la Division de Control MORDAZA y Catastro, se senala que a la fecha la Municipalidad Provincial de MORDAZA no ha resuelto lo solicitado por la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho en Oficio Nº 0807-99-A/MSJL sobre la Recepcion de Obras de la Coop. de Vivienda Los MORDAZA, habiendo transcurrido en exceso los plazos maximos senalados por el D.S. Nº 011-98-MTC para que la Municipalidad Provincial emita la Resolucion correspondiente. Que, habiendose dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 20º del D.S. Nº 011-98-MTC remitiendose las Resoluciones de Alcaldia Nº 964 del 23.Jul.1999 y Nº 1109 del 16.Ago.1999, sin haberse recibido respuesta pese haber transcurrido 70 dias, es necesario dar por cumplido el tramite de la Recepcion de Obras de la Coop. de Vivienda Los MORDAZA, para lo cual se debe emitir la Resolucion de Alcaldia respectiva. ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) DEL ARTICULO 47º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por cumplido el tramite de remision de las Resoluciones de Alcaldia Nº 964 del 23.Jul.1999 y Nº 1109 del 16.Ago.1999, relacionados con la aprobacion de la Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA de la Coop. de Vivienda Los MORDAZA, aplicandose el silencio positivo administrativo al haber transcurrido en exceso el plazo previsto en el Art. 20º del D.S. Nº 011-98MTC. Articulo Segundo.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la Coop. de Vivienda Los Angeles. Articulo Tercero.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su correspondiente inscripcion, a la Municipalidad Provincial de MORDAZA y a la Coop. de Vivienda Los MORDAZA para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0492

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Licencia de Apertura para Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y Actividades Profesionales y/o Servicios
ORDENANZA Nº 054-MDSL San MORDAZA, 12 de enero del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 1999 aprobo por Unanimidad el Informe Nº 219-99-MDSL-OR presentado por la Direccion de Rentas, por el cual propone aprobar el Proyecto de Ordenanza que establece el Reglamento para el otorgamiento de Licencia de Apertura para funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Actividades Profesionales y/ o de Servicios. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7) Art. 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, corresponde a las Municipalidades otorgar Autorizacion de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Actividades Profesionales y/o de Servicios; asi como controlar su funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas; Que, la Ley Nº 27180 modifica el Decreto Legislativo Nº 776, denominada Ley de Tributacion Municipal, estableciendo que las licencias de apertura de establecimientos son las tasas que debe pagar todo contribuyente por unica vez para operar un establecimiento; Que, resulta necesario establecer el procedimiento aplicable en nuestra jurisdiccion distrital para efectos de otorgar la licencia de Apertura de Establecimientos, asi como los requisitos que deberan cumplir las personas naturales o juridicas que deseen realizar actividades comerciales, industriales, de servicios y/o profesionales; En uso de las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza que establece el Reglamento de Licencia de Apertura para Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y Actividades Profesionales y/o Servicios, la misma que consta de: - 10 (diez) Capitulos - 39 (treintinueve) Articulos - 6 (seis) Disposiciones Complementarias - 1 (una)Disposicion Final. Articulo Segundo.- ESTABLECER que en anexo de 9 (nueve) folios forma parte integrante de la presente. Articulo Tercero.- DISPONER el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza a traves de todos los Organos competentes respectivamente. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0493

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