Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 033-2001ITINCI del 24 de enero de 2001 se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz como Secretario General del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25831 - Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, Decreto Supremo Nº 016-2001-ITINCI - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Decreto Ley Nº 25515; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar con efectividad al 31 de MORDAZA de 2001, la renuncia formulada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, al cargo de Secretario General del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 27891

Declaran infundada apelacion interpuesta por persona juridica contra resolucion que declaro tener por no presentada solicitud de autorizacion expresa para explotar juegos de maquinas tragamonedas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 139-2001-MITINCI/VMT MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2001 Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. contra la Resolucion Nº 486-2001-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 18 de MORDAZA del 2001, y el Informe Nº 135-2001-MITINCI/VMT-AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 486-2001MITINCI/VMT/DNT se resuelve tener por no presentada la Solicitud de Autorizacion Expresa para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas de la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. en el establecimiento ubicado en la Av. MORDAZA Lecaros Nº 137, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por no haber subsanado totalmente las observaciones notificadas oportunamente por la Administracion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153 - Ley que regula la Explotacion de los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, ordenando a su vez el archivo del Expediente Nº 005625-2001-MITINCI; Que, con fecha 7 de junio del presente ano, la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 486-2001-MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo que la misma no ha tomado en cuenta, que si bien el Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, no ha previsto la prorroga del plazo establecido en su Articulo 19º, la Administracion debio

haber aplicado supletoriamente el Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, que establece que las autoridades administrativas no podran dejar de resolver por deficiencia de la ley; Que, por tal motivo, senala que en su caso es de aplicacion lo previsto en los Articulos 46º, 48º y 69º del citado Texto Unico Ordenado en lo que fuera pertinente, por lo que indica que la Resolucion materia de impugnacion, ha incurrido en la causal de nulidad prevista en el Articulo 43º inciso b) de la disposicion legal en referencia, indicando igualmente, que la recurrida no precisa cuales son las observaciones que no se habrian subsanado; Que, con fecha 27 de febrero del presente ano, la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. solicito por MORDAZA vez Autorizacion Expresa para el Uso y Explotacion de Maquinas Tragamonedas, al MORDAZA de lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de Reglamento de la Ley Nº 27153; Que, la citada solicitud fue evaluada por la Administracion en atencion a la Directiva Nº 005-2000-MITINCI/VMT/DNT, "Alcances del Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153", la cual en su Articulo 2º precisa que la declaracion de no MORDAZA de una solicitud y el archivamiento de la documentacion, no impedira al efectado por esta medida, la posterior MORDAZA de una nueva solicitud; Que, en tal sentido, y a efecto de poder admitir a tramite dicha solicitud, mediante el Oficio Nº 121-2001MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT, de fecha 6 de marzo del 2001, la Direccion Nacional de Turismo le otorgo el plazo de cinco dias para que subsanase la omision de diversos requisitos, senalados en el Articulo 14º de la Ley Nº 27153 y en el Articulo 18º de su respectivo Reglamento; Que, conforme consta en los actuados, con fecha 26 de marzo del ano en curso, la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. solicito que se le concediera el plazo adicional de 45 dias utiles, para poder completar la documentacion solicitada por la Direccion Ejecutiva de la Oficina de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, dicha ampliacion del plazo no le fue otorgada por la Administracion por cuanto se encuentra previsto expresamente en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, que en el plazo de cinco dias de notificado, el solicitante debera presentar la documentacion no acompanada o la subsanacion de las omisiones detectadas por la Autoridad competente al evaluar los requisitos formales de la solicitud de Autorizacion Expresa, por lo que no son aplicables al presente caso las referencias legales senaladas por la citada empresa; Que, en tal sentido, resulta procedente que mediante la Resolucion Directoral Nº 486-2001-MITINCI/VMT/ DNT, la Direccion Nacional de Turismo MORDAZA tenido por no presentada la solicitud de Autorizacion Expresa de la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. y ordenado el archivo del Expediente Nº 005625-2001-MITINCI significandose que las observaciones no subsanadas por la mencionada empresa son las contenidas en el Oficio Nº 1212001-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232; y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, que aprueba el Reglamento para la Explotacion de los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa EXACTUM GAME S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 486-2001MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 27724

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