Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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to Ambiental (EIA) o en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA). III.- SEGUIMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA Articulo 9º.- La informacion del Sistema de Seguimiento Satelital constituye una prueba fehaciente para determinar en lo aplicable, que se ha incumplido con lo dispuesto en la presente Resolucion; sin perjuicio de las labores que efectuen los inspectores de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria. Solo constituye infraccion administrativa al ordenamiento legal pesquero vigente, el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 10º.- La DICAPI, previo al otorgamiento del correspondiente zarpe, debe verificar el cumplimiento estricto, segun corresponda, de lo dispuesto en el Articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 11º.- El IMARPE debe informar diariamente al Ministerio de Pesqueria, segun MORDAZA de pesca, los volumenes de especies desembarcadas, esfuerzo de pesca, porcentajes de incidencia de juveniles, a fin de efectuar el seguimiento de la pesqueria y, cuando se requiera, dictar las medidas de ordenamiento que corresponda. Pondra especial enfasis en el monitoreo de la capturas de la region sur y recomendara las medidas para garantizar la conservacion de los recursos hidrobiologicos. Articulo 12º.- Los armadores y establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente resolucion seran sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 13º.- La DICAPI; las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento Control y Vigilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de Pesqueria; y las Direcciones Regionales de Pesqueria, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria CONVENIO DE COOPERACION ENTRE EL INSTITUTO MORDAZA DEL PERU (IMARPE) Y EL ARMADOR / LA EMPRESA PESQUERA .................. ................. PARA LA REALIZACION DE PROSPECCION PESQUERA AL SUR DE LOS 16° Conste por el presente documento el Convenio de Cooperacion Inter-Institucional que celebran, por una parte, el Instituto MORDAZA del Peru, debidamente representado por su Presidente del Consejo Directivo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Valm ®, identificado con DNI Nº 10304224, con domicilio legal en Esquina MORDAZA y General MORDAZA s/n Chucuito Callao, a quien en adelante se denominara IMARPE y, de la otra parte, el Armador o Empresa Pesquera ............, debidamente ............ representada por su representante legal el .............., identificado con DNI Nº ......... ............ ......., con domicilio legal en el ........., en adelante "LA ......... EMPRESA" conforme a los terminos y condiciones siguientes: MORDAZA LEGAL A. DEL IMARPE: El Decreto Legislativo Nº 95 Ley Organica del Instituto MORDAZA del Peru, establece en su Articulo 2°- que el IMARPE tiene por finalidad realizar investigaciones cientificas y tecnologicas MORDAZA y de las aguas continentales y de los recursos de ambos, con el objetivo de lograr el racional aprovechamiento de los mismos.

Asimismo, el inciso j) del Articulo 4° de la citada Ley senala que el IMARPE esta facultado para celebrar convenios y/o contratos con personas naturales o juridicas nacionales o extranjeras, para promover el desarrollo tecnico cientifico nacional en los asuntos de su competencia, con sujecion a los dispositivos legales pertinentes. B. DE LA EMPRESA Dedicada a la extraccion de recursos hidrobiologicos, que cuenta con las siguientes embarcaciones:
NOMBRE ............... MATRICULA ............... CAPACIDAD DE BODEGA ...............

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Los recursos marinos en la region sur muestran periodicamente cambios en su distribucion, influenciada por la variabilidad del regimen hidrico del Codo Peruano MORDAZA, las cuales van a determinar una mayor o menor disponibilidad de los recursos a la accion de las flotas pesqueras. Durante el MORDAZA del 2001 se realizo la Prospeccion Extraordinaria de Operaciones de Pesca a embarcaciones de cerco de mayor escala a partir de las 3 millas marinas, en la cual se observo que la distribucion de los recursos se localizo, con mayores concentraciones cercano a Costa. En vista de los cambios estacionales en el comportamiento oceanografico en la Region Sur del Peru, influenciada por la variabilidad del regimen acuatico del Codo Peruano-Chileno y la distribucion del recurso anchoveta, estimada en los ultimos trabajos de monitoreo realizados por el laboratorio de Ilo, se hace necesario y conveniente el desarrollo del estudio en la MORDAZA comprendida al sur de los 16° L.S. CLASULA SEGUNDA: FINALIDAD. Las partes declaran que el presente convenio tiene por finalidad la investigacion cientifica, a efectos de propender a verificar patrones de distribucion y concentracion de los recursos pesqueros, en la region sur del dominio maritimo. CLAUSULA TERCERA: OBJETIVO Determinar los patrones de distribucion y abundancia de los recursos pesqueros, con enfasis en el stock sur de anchoveta, en el area al sur de los 16° L.S. hasta las 50 millas de costa. Las actividades de investigacion comprenderan: a) b) c) d) e) Composicion por especies Volumen de las capturas. Muestreo biometrico de las especies capturadas. Ubicacion de los lances de pesca. Registro de datos acusticos.

CLAUSULA CUARTA: AMBITO DE INVESTIGACION El area comprendida al sur de los16° L.S. hasta las 50 millas de la costa. CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES 5.1. La empresa facilitara al IMARPE las embarcaciones pesqueras, con tripulacion completa, artes y aparejos de pesca, petroleo y todo lo necesario para efectuar dichos estudios, cubriendo todos los gastos que demanden la operacion de las embarcaciones. 5.2. El convenio se realizara cumpliendo con las disposiciones establecidas en la Resolucion Ministerial N°268-2001-PE.

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