Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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terio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 10º.- Todos los vehiculos automotores para ser inscritos en el registro vehicular deberan cumplir con las condiciones tecnicas que se indican a continuacion: A. Deben estar construidos y mantenidos de forma que el MORDAZA de vision del conductor hacia delante, derecha y hacia la izquierda le permita una visibilidad diafana sobre toda la via por la que circule. B. Deben estar provistos de uno o varios espejos retrovisores segun la categoria del vehiculo. C. Los elementos transparentes del habitaculo no deben alterar el MORDAZA de vision del conductor, ni producir confusion entre los MORDAZA utilizados en senalizacion vial. D. Deben estar provistos de dispositivos limpiaparabrisas y lava parabrisas. E. Deben estar provistos de un mecanismo adecuado que permita al conductor mantener la direccion y modificarla con facilidad, rapidez y seguridad. F. Sistema de frenado, permanente, seguro y eficaz. G. Sistema de suspension, que atenue los efectos de las irregularidades de la via y contribuya a su adherencia y estabilidad. H. Debera tener un dispositivo que manejado desde el puesto de conduccion permita el corte de energia electrica y/o suministro de combustible, adicionalmente los omnibus, camiones y tracto camiones deben tener un dispositivo que accionado desde el puesto del conductor o la parte exterior del vehiculo permita el corte de energia. I. Deben contar con una bocina que emita una senal acustica con sonido continuo, uniforme y de intensidad limitada a los limites de sonoridad. J. Sistema de mandos e instrumental del lado MORDAZA de modo que el conductor no deba desplazarse ni desatender el manejo para accionarlos. Contendra: 1. Tablero de facil visualizacion 2. Velocimetro y cuenta kilometros y/o millas. 3. Indicadores de luz de giro 4. Testigos de luces alta y posicion K. Sistema de renovacion de aire interior, sin posibilidad de ingreso de emanaciones del propio vehiculo. L. Sistema de rodamiento con cubiertas neumaticas. M. Deben estar construidos y equipados de forma que no tengan, ni en el interior, ni en el exterior aristas salientes que representen peligro para sus ocupantes o para otras personas. N. Deben tener los asientos anclados a la estructura del vehiculo en forma resistente. O. Las puertas deben tener cerraduras y organos de fijacion P. La carroceria del vehiculo estara disenada de forma que se eviten en lo posible las salpicaduras. Q. Deberan cumplir con los pesos y medidas establecidos en este reglamento. R. Deberan cumplir con los limites de emisiones de gases contaminantes establecidos en este reglamento. S. Deberan cumplir con los limites sonoros establecidos en este reglamento. T. La salidas del tubo de escape de gases estara sobre el lado izquierdo. Deben ser fabricados segun las normas tecnicas de su MORDAZA de origen. Articulo 11º.- Las motocicletas, mototaxis, trimotos, cuatrimotos para poder circular deberan estar equipadas de la siguiente forma: A. Una bocina o corneta electrica audible a una distancia de 50 m. B. Faros colocados en la parte delantera del vehiculo, en un numero no mayor de dos (2), que permitan distinguir objetos a una distancia de cien (100) metros. C. Un sistema de frenos capaz de detener el vehiculo en una distancia de (10) metros cuando este circule a una velocidad de treinta (30) kilometros por hora. Debe accionar sobre las tres ruedas para trimotos. D. Dos luces de color MORDAZA en la parte trasera colocados en forma tal que indiquen el ancho MORDAZA del vehiculo

cuando este posea mas de dos ruedas y una sola luz de color roja cuando posea dos ruedas, que sea visible de noche a cien (100) metros de distancia. E. Luces de giro delanteras y posteriores. F. Por lo menos un MORDAZA retrovisor colocado del lado MORDAZA del vehiculo en las motos, dos espejos retrovisores en las trimotos y cuatrimotos G. Un dispositivo silenciador del escape que amortigue las explosiones del motor a limite permitido. H. Indicaciones de material reflectivo MORDAZA en la parte delantera del vehiculo y de color MORDAZA en la parte trasera, colocados en forma tal que precisen la presencia del vehiculo en la via cuando presten servicio publico. Ver anexo IV I. Emisiones de gases contaminantes dentro de limite permitido Articulo 12º.- Los automoviles, Station wagon, camioneta pick up, camioneta panel y camioneta rural para poder circular deberan estar equipados de la siguiente manera: A. Luces: 1. Dos (2) faros delanteros con proyecciones de luz alta y baja, que permitan ver objetos a cien (100) y cincuenta (50) metros de distancia respectivamente. 2. Dos (2) luces de estacionamiento delanteras visibles a cien (100) metros de distancia. 3. Una (1) luz MORDAZA, no deslumbrante, colocada en la parte trasera del vehiculo, que ilumine la placa identificadora y la haga legible a una distancia de quince (15) metros. 4. Dos luces MORDAZA colocadas en la parte trasera del vehiculo, visibles a una distancia de treinta y cinco (35) metros, que se encienda al aplicar los frenos del vehiculo. 5. Dos (2) luces de color MORDAZA colocadas en la parte trasera del vehiculo, visibles a una distancia de cien (100) metros. 6. Un sistema electrico de luces indicadoras de giro. 7. Luz de marcha atras B. Instalaciones varias: 1. Un parabrisas de material transparente no astillable. 2. Dos (2) limpia-parabrisas automaticos. 3. Un (1) aparato indicador de la velocidad. 4. Una(1) bocina o corneta electrica cuyo sonido se oiga a cien (100) metros de distancia. 5. Un (1) aparato o dispositivo silenciador del escape que amortigue las explosiones del motor a limites permisibles. 6. Dos (2) sistemas de frenos de accion independiente, que permitan reducir la velocidad del vehiculo, detenerlo y mantenerlo inmovil. Uno de los sistemas de frenos debera ser capaz de detener en una distancia MORDAZA de cinco (5) metros un vehiculo que se desplace a una velocidad de treinta (30) kilometros por hora, en una via horizontal, seca y lisa; el otro sistema debera ser capaz de mantenerlo inmovil con su MORDAZA carga en una pendiente de diez (10) por ciento. C. Otros artefactos: 1. Tres (3) espejos retrovisores como minimo, que permitan al conductor ver por reflexion hasta setenta (70) metros de la via que va dejando atras. Estos espejos se colocaran uno en el parabrisas por el interior del vehiculo y dos en el exterior uno al lado MORDAZA y otro al lado derecho. 2. MORDAZA de seguridad de 3 puntos. Para piloto y copiloto, como minimo. 3. Indicaciones de material reflectivo color MORDAZA colocados en la parte delantera y MORDAZA en la parte trasera de modo que precisen el ancho MORDAZA del vehiculo y su presencia en la via, cuando presten servicio publico. Ver Anexo IV. 4. Un (1) neumatico de repuesto listo para ser usado y las herramientas necesarias para montarlo. Articulo 13º.- Los omnibus, camiones y tractocamiones, para circular deberan estar equipados de las siguiente manera:

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