Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San MORDAZA de Porres, en Sesion Extraordinaria de fecha 24 de MORDAZA del 2001; Visto, el Informe Nº 213-2001-SIAT/MDSMP del Sistema de Administracion Tributaria, el Informe Nº 809-2001DAJ/MDSMP de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 102-2001-DPPR/MDSMP de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, contando con el Dictamen favorable de la Comision de Economia del Concejo; y, CONSIDERANDO:

han pagado trimestralmente se les prorrateara dentro del mismo ano si asi lo ameritara. Articulo 6º.- Facultar a la Alcaldesa para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias, complementarias y ampliatorias para la debida ejecucion y cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo 7º.- Dejese en suspenso todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 27853

Que el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario concordante con el D. Leg. Nº 776 establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, de acuerdo al Articulo 44º del Codigo Tributario establece que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, es politica de la actual administracion municipal otorgar facilidades para que los contribuyentes puedan pagar su deuda tributaria y administrativa, en montos y formas que posibiliten su cumplimiento; teniendo en cuenta la recesion economica por la que atraviesa nuestro MORDAZA y por ende los vecinos del distrito de San MORDAZA de Porres, lo cual merece adoptar una decision de alto contenido social de sus autoridades, en resguardo de los intereses de la poblacion; a pesar que la Municipalidad en este ano, por primera vez en los 51 anos de creacion del distrito de San MORDAZA de Porres se sincero los costos por el servicio de limpieza publica, parques y jardines que sustentan un mayor incremento del arbitrio, que en realidad debe acercarse al verdadero costo del servicio; De conformidad a lo expuesto y las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los miembros del Concejo aprobaron por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES DE LA JURISDICCION Articulo 1º.- Otorgar un beneficio tributario a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA de Porres, aplicando para la cobranza de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines de acuerdo a la Ordenanza Nº 007-99 para el Ejercicio Fiscal 2001. Articulo 2º.- Para el ano 1999 y el ano 2000, otorguese un beneficio tributario de descuento del 20% del tributo insoluto, sin multas, sin moras, ni intereses de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines, el mismo que tendra un periodo de vigencia desde el 25 de MORDAZA hasta el 31 de agosto del 2001. Articulo 3º.- En todo lo referido a la cobranza coactiva por arbitrios, DEJESE SIN EFECTO dicha cobranza, y adecuese a la presente Ordenanza, a excepcion de los que se encuentren con medidas cautelares con embargo en forma de inscripcion. Articulo 4º.- Los actos administrativos que se encuentran en via de reclamacion, reconsideracion o apelacion y esten pendientes de resolucion ante cualquier instancia administrativa, podran acogerse a este beneficio, estando obligados al desistimiento. La MORDAZA de desistimiento, el recibo de cancelacion de la deuda reclamada y/o la informacion del Sistema Tributario sobre tal cancelacion sera merito suficiente para su archivamiento. Articulo 5º.- Incorporar a este beneficio a todos los contribuyentes que a la fecha hayan cancelado el pago anual, a quienes se les concedera compensacion de este pago para el Ejercicio Fiscal 2002, y en el caso de los que

Aprueban suscripcion de convenios de cooperacion con empresas dedicads a atvdds pbiiais pr a ciiae ulctra aa m j r ro n t oi f a s r c u au b eoa rao nretutr ra n dldsrt a e itio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2001-MDSMP San MORDAZA de Porres, 28 de junio de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades como Organo de Gobierno Locales gozan de autonomia, economia y administrativa en los asuntos de su competencia a tenor de lo dispuesto por los Articulos 73º y 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Municipalidad representa al vecindario, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de la jurisdiccion del distrito; Que, en tal sentido la presente administracion municipal, realiza un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, las cuales encuentran sustento, entre otras, en las facultades asignadas a las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva; Que, asi mismo, es proposito del Gobierno Local apoyar el desarrollo de la MORDAZA manteniendo y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA y rural (vias vecinales, parques, mobiliario MORDAZA, etc.) indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario que coadyuven el desarrollo turistico e imagen del distrito; Que, de acuerdo a las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBESE la suscripcion de CONVENIOS DE COOPERACION con empresas dedicadas a las actividades publicitarias para mejorar el ornato y/o infraestructura MORDAZA del distrito. Articulo Segundo.- Las Empresas podran presentar proyectos para llevar adelante los Convenios a que se refiere el articulo precedente. El costo de elaboracion y ejecucion de los proyectos sera de cuenta y cargo del proponente. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 27851

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