Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Podran efectuar revisiones a vehiculos ligeros y `pesados de acuerdo a la disposicion del MTC. En lo demas cumpliran con todas las disposiciones que regulan las Revisiones Tecnicas. B. Equipamiento minimo 1. Foso de inspeccion y/o elevador hidraulico con capacidad apropiada a los vehiculos que revisaran. 2. Equipo para medir intensidad y alineamiento de luces (luxometro). 3. Analizador de gases, minimo cuatro gases. 4. Opacimetro para medir el material particulado. 5. Equipo para medicion de eficiencia de frenos (rodillos). 6. Calibrador de relieve de neumaticos (profundimetro). 7. Una computadora personal con linea de interconexion con la base de datos del MTC. C. Se efectuara la revision correspondiente a las siguientes etapas de la Revision automatizada indicada en el Articulo 59º. - Etapa 1 - Etapa 2 - Etapa 3 - Etapa 5 - Etapa 6 - Etapa 11 Identificacion Inspeccion visual exterior e interior Luces Emisiones de gases Emisiones de material particulado Inspeccion visual inferior

Sistema de comunicacion Salida de comunicaciones para PC (RS-232) Minimo 1 (uno) para los equipos a ser utilizados en las plantas de revisiones tecnicas. Sistema de calibracion Sistema de autocalibracion interno asi como dispositivos de autodiagnostico que limiten el uso del equipo en caso de presentar fallas. La calibracion del analizador de gases debera realizarse, por un laboratorio de calibracion acreditado ante el MTC, cada seis meses o cada vez que se sustituya alguna de sus partes internas o MORDAZA sido sometido a reparacion. El certificado de calibracion debera estar disponible pata la revision de los usuarios de los vehiculos. Para comprobar si el analizador de gases se encuentra perfectamente calibrado se deberan realizar mediciones con gases patron certificados. En el caso de equipos instalados en las plantas de revisiones tecnicas, esta operacion debera realizarse cada vez que el programa de computo lo pide y sera registrado en el disco duro de la computadora, segun la tecnologia del equipo. MORDAZA de uso La homologacion de los equipos debera precisar el MORDAZA de uso para el cual esta habilitado. 1. Revision en via publica: equipo homologado oficial, puede ser de MORDAZA portatil y con funcionamiento a bateria. Con capacidad operativa buena. 2. Linea de revision tecnica: equipo homologado oficial, de MORDAZA fijo, con salida de comunicacion PC (RS232). Emision de comprobantes Los comprobantes a ser emitidos por el equipo seran los siguientes por uso de equipo: 1. Revision en via publica: impresora interna para comprobante con MORDAZA, o impresion doble original para ser firmada por el responsable o conductor del vehiculo, quien retiene la copia. El comprobante debe contener la siguiente informacion porcentajes de CO, CO 2 y O 2, y ppm de HC, MORDAZA y Numero de serie del equipo de medicion, fecha, hora y nombre de la dependencia que esta realizando la inspeccion. Asi como un espacio para consignar la placa de rodaje. 2. Linea de revision tecnica: comunicacion directa con el sistema de informatica de la planta, con la siguiente informacion: porcentajes de CO, CO2 y O2, y ppm de HC, MORDAZA y numero de serie del equipo de medicion, nombre y direccion de la planta de revisiones tecnicas donde se ha realizado la inspeccion, y fecha y hora de la medicion. Otras consideraciones 1. Para la medicion de emisiones de vehiculos que usan Gas Licuado de Petroleo (GLP), los equipos deben contar con el selector correspondiente, para dicha medicion. 2. Los equipos que mediran las emisiones a una altura mayor de 1800 m.s.n.m. deberan estar adecuados para realizar las correcciones por altitud. B.2. EQUIPOS ANALIZADORES DE PARTICULADOS PARA VEHICULOS DE ENCENDIDO POR COMPRESION QUE USAN COMBUSTIBLE DIESEL Particulados a ser medidos y unidades de medicion Opacidad en: coeficiente de absorcion: factor k(m-1) o porcentaje (%). Equipo Se utilizara un opacimetro de flujo parcial. El equipo debe ser fabricado y autorizado para uso automotriz. Normas de referencia La evaluacion y homologacion de los equipos debera tomar como referencia la siguiente norma:

Etapa 4. Frenos, se medira la eficiencia de estos de acuerdo a las especificaciones y manual de MORDAZA del equipo que se use. Se controlara el pedal del freno, el que no debera tener juego lateral mayor a 10 mm. y la MORDAZA libre del pedal no debera exceder 1/3 de esta. Si no se instala equipo para medir frenos, debera hacerse una prueba de frenos con el vehiculo en marcha, y controlando la fuerza del pedal. Articulo 61º.- De los equipos para Revisiones Tecnicas A. Todos los equipos utilizados para la revision tecnica deben ser homologados. Todas las plantas deben tener a disposicion los manuales de los equipos, asi como los procedimientos de mantenimiento establecidos por el fabricante. Los equipos deben calibrarse MORDAZA de su puesta en servicio y en forma periodica de acuerdo a las indicaciones del fabricante. Deben contar con salidas de comunicaciones para PC. B. Equipos para medicion de gases B.1. Equipos Analizadores de Gases para vehiculos de encendido por Chispa que usan gasolina, gas licuado de petroleo, gas natural u otros combustibles alternos. Gases a ser medidos y unidades de medicion CO = Monocxido de carbono (% volumen) HC = Hidrocarhburos (ppm) CO2 = Dioxido de carbono (% volumen) O2 = Oxido (% volumen) Equipo Medidor de emisiones infrarrojo no dispersivo (NDIR), capaz de medir CO, HC, CO2, y O2, asi como de registrar las revoluciones del motor y la temperatura del aceite de motor, como minimo. El equipo debe ser fabricado y autorizado para uso automotriz. Normas de referencia La evaluacion y homologacion de los equipos debera tomar como referencia una de las siguientes normas: - International Recommendation OIMLR 99 (Edition 1998) Titulo: Instruments for measuring vehicle ixhaust emissions. - MORDAZA Americana Bar 90.

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