Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2001 (25/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Que el recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 698 -2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Congreso de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Congreso de la Republica, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion del Congreso de la Republica", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 27734 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 169-2001-JUS MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18260 de fecha 22 de noviembre de 2000 de la Universidad MORDAZA Palma; CONSIDERANDO: Que la Universidad MORDAZA MORDAZA, es una persona juridica de derecho privado que tiene entre sus finalidades conforme a lo previsto en el Art. 11º de su Estatuto, la formacion academica y de proyeccion social; Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 34º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho privado o publico, con el objeto que capaciten conciliadores; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 662-2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Universidad MORDAZA Palma; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Universidad MORDAZA MORDAZA a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, denominado "Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores de la Universidad MORDAZA Palma", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores de la Universidad MORDAZA MORDAZA, para la realizacion de los respectivos Cursos de Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos

cumplan con los requisitos senalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 27735

PESQUERIA
Designan representantes del Ministerio y del IMARPE ante el Grupo de Trabajo Multisectorial sobre Asuntos Oceanicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 265-2001-PE MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 269-2001-RE publicada el 23 de junio de 2001, se constituyo el Grupo de Trabajo Multisectorial sobre Asuntos Oceanicos, encargado de efectuar el seguimiento de UNICPOLOS y otros foros que traten temas oceanicos; Que el Articulo 2º de la mencionada Resolucion establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial estara integrado, entre otros, por representantes del Ministerio de Pesqueria y del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE); Que es necesario designar a dichos representantes; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar representantes ante el Grupo de Trabajo Multisectorial sobre Asuntos Oceanicos, como sigue: POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA: Titular Ingeniero MORDAZA MORDAZA FERNANDEZ-BACA, Viceministro de Pesqueria. Alterno Biologa MORDAZA MORDAZA PALIZA MORDAZA, profesional de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero. POR EL INSTITUTO MORDAZA DEL PERU (IMARPE): Titular Alterno Vicealmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Directivo. Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Asuntos Internacionales.

Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 27837

Establecen MORDAZA reproductiva y suspenden actividades de extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA desde el extremo norte del dominio maritimo al paralelo 16° de latitud sur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2001-PE MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977, establece que los recur-

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