Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2005 (06/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de octubre de 2005

Crean Comite Tecnico Multisectorial encargado de estudiar, elaborar y proponer acciones administrativas y normativas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales
RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2005-TR MORDAZA, 5 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 22º que "El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realizacion de la persona". Asimismo, la Decision 584, Instrumento MORDAZA de Seguridad y Salud en el Trabajo, indica en su parte considerativa que "Uno de los elementos esenciales para alcanzar el objetivo de un trabajo decente es garantizar la proteccion de la Seguridad y Salud en el Trabajo"; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a traves de la Direccion de Proteccion del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como objetivo velar por la Seguridad y Salud de los trabajadores en el desarrollo de sus labores; Que, los estibadores terrestres y transpor tistas manuales de productos agropecuarios sufren enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que afectan seriamente su salud, derivados generalmente del excesivo peso de los productos que manipulan y transportan, por lo que es necesario la creacion de un Comite Tecnico Multisectorial que estudie, elabore y proponga acciones administrativas y normativas, que coadyuven a superar la presente problematica laboral; Que, la citada problematica laboral, ha sido materia de MORDAZA preocupacion por parte del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, del Ministerio de Agricultura, del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Produccion, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana y otras organizaciones representativas involucradas en el tema, habiendose llevado a cabo, entre los mismos, diversas reuniones de coordinacion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Creacion del Comite Tecnico Multisectorial Crease el Comite Tecnico Multisectorial encargado de estudiar, elaborar y proponer las acciones administrativas y normativas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales. Articulo 2º.- Conformacion del Comite Tecnico Multisectorial El Comite Tecnico Multisectorial esta conformado por los siguientes miembros: - Un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, quien lo presidira; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante del Ministerio de la Produccion; - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Un representante del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima; - Un representante de la Empresa Municipal de Mercados Mayorista S.A. - EMMSA; - Un representante de la Central Unitaria de Trabajadores - CUT; - Un representante de la Federacion de Estibadores Terrestres y Transpor tistas Manuales del Peru FETTRAMAP; - Un representante del Sindicato Central Unico de Transportistas Manuales - SICUTRAM; - Un representante del Sindicato de Transportistas Manuales de Mercados - SITRAMAM; - Un representante del Sindicado de Estibadores y Envasadores del MORDAZA Mayorista - SEEMM; y,

- Un representante de la Asociacion de Comerciantes y Empresarios de Productos Agricolas del MORDAZA Mayorista Nº 1- ACEPAMM. Articulo 3º.- Designacion de los representantes ante el Comite Tecnico Multisectorial Los representantes de los Ministerios conformantes del Comite Tecnico Multisectorial seran designados mediante resolucion de su Titular, dentro de los cinco (5) dias habiles de publicada la presente Resolucion Suprema. Las entidades no comprendidas en el Poder Ejecutivo, comunicaran mediante Oficio, al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo la designacion de sus representantes, en el mismo plazo. Articulo 4º.- De la Secretaria Tecnica La Direccion de Proteccion del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, tendra a su cargo la Secretaria Tecnica. Articulo 5º.- Organizaciones No Gubernamentales Para el mejor cumplimiento de sus funciones el Comite Tecnico contara con la participacion del Instituto Sindical de Cooperacion al Desarrollo (ISCOD), Coordinadora Interfederal de Salud (CIS) e Instituto de Salud y Trabajo (ISAT) en calidad de organizaciones no gubernamentales invitadas. Articulo 6º.- Instalacion del Comite Tecnico Multisectorial La instalacion del Comite Tecnico Multisectorial se realizara dentro del plazo de (10) diez dias habiles, desde la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 7º.- Plazo El Comite Tecnico Multisectorial MORDAZA cumplimiento a las funciones descritas en el articulo 1º de la presente Resolucion en un plazo de (60) sesenta dias habiles, a contar desde la fecha de su instalacion. Articulo 8º.- Del refrendo La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 17062

Aprueban Reglamento Interno del Programa de Apoyo a la Formacion Profesional para la Insercion Laboral en el Peru (APROLAB) - Capacitate Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 289-2005-TR MORDAZA, 5 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Comunidad Europea ha priorizado en su "Country Strategy Paper - Peru 2002-2006" para Peru, los dos siguientes objetivos: la promocion del desarrollo economico sostenible y la lucha contra la pobreza; Que, en el ano 2002 el Gobierno del Peru presento a la Comunidad Europea una propuesta para el desarrollo de la Formacion Profesional para la Insercion Laboral, la cual se estructuro en funcion de tres objetivos especificos: 1) Mejorar la calidad y pertinencia de la formacion profesional, en el area MORDAZA del MORDAZA, de acuerdo a la demanda productiva y a las necesidades de insercion laboral de jovenes, 2) Mejorar la articulacion entre oferta educativa tecnica y la demanda laboral, en el area MORDAZA del MORDAZA, 3) Mejorar, a traves de la formacion profesional, la capacidad productiva de las poblaciones indigenas y de las mujeres en el medio rural; Que, el 5 de diciembre del 2002 se suscribio el Memorandum de Entendimiento entre la Comunidad

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