Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2005 (06/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de octubre de 2005

Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al servidor WILBER MORDAZA PUMALLOCLLA QQUELLON, en el cargo publico de confianza de Director de la Oficina de Asesoria Juridica, nivel F-2 de la Direccion Regional Sur Oriente Cusco. Articulo 2º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Vicepresidencia, Oficina General de Asesoria Juridica, Direccion Regional Sur Oriente MORDAZA, Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario e interesado para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 16958

1.3 Que, con escrito de registro Nº 329797 de fecha 12 de MORDAZA del 2003, la empresa fiscalizada formula sus descargos; 1.4 Que, a traves del Informe Tecnico Complementario de fecha 30 de enero de 2004 de la Unidad de Medio Ambiente de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos de OSINERG, se realizo el analisis de los descargos presentados por la empresa fiscalizada; 1.5 Que, mediante el Informe Tecnico Complementario de fecha 7 de setiembre de 2005, la Unidad de Medio Ambiente de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos de OSINERG, se realizo el calculo de la multa que debe aplicarse a la empresa fiscalizada; 2. SUSTENTACION DE DESCARGOS 2.1 Que, la empresa fiscalizada considera haber cumplido con el total de obligaciones contenidas en el PAMA del Lote IX; ademas manifiestan que la inversion presupuestada en el PAMA era de US$ 460,000 dolares americanos, y que la empresa realizo una inversion de mas de US$ 700,000 dolares americanos; 2.2 Que, respecto a la observacion referida a los equipos de laboratorio para analisis de petroleo, agua y suelo, la empresa fiscalizada manifiesta que para el cumplimiento de la misma se opto por utilizar los servicios de laboratorios de terceros, pues los volumenes de produccion del Lote IX son pequenos y el crudo es limpio. La empresa agrega que, adquirio el equipo y reactivos para el control de la calidad del petroleo crudo, por lo que se habria cumplido con la observacion; 2.3 Que, en relacion a la observacion sobre la construccion de bases de cemento y/o sand oil para tanques, tinas, separador, volumeters, etc, la empresa senala que se ha cumplido con dicho requerimiento pues se habria realizado la construccion de bases de cemento de equipos componentes de los manifolds de MORDAZA y manifolds principales. Asimismo, se construyo un sistema de encauzamiento de fugas o derrames y muros de contencion. De esta forma se habria cumplido con la obligacion exigida; 2.4 Que, de acuerdo a la observacion sobre sembrios de areas verdes en el Lote IX - 1º Etapa, la empresa indica que ha venido llevando a cabo el sembrado de areas verdes (especies herbaceas, arbustivas y arboreas) en diversas zonas del Lote IX cuyos alcances estan incluidos en el plan de forestacion llevado a cabo por la empresa fiscalizada, por lo que se habria cumplido con la obligacion exigida; 2.5 Que, respecto a la observacion que hace referencia al pintado de oleoducto (mantenimiento), la empresa fiscalizada manifiesta que se ha efectuado el pintado y el adecuado tendido del oleoducto principal, asi como el reemplazo de tramos con fugas y la reubicacion de un tramo del mismo. De esta manera se habria cumplido con la obligacion exigida; 2.6 Que, en relacion al cruce aereo de ductos en la Quebrada Parinas, la empresa fiscalizada senala que con el reemplazo total del Oleoducto HCT, se construyeron cruces aereos en diversos puntos criticos donde existen quebradas secundarias, respetando apropiadas condiciones de seguridad; 2.7 Que, de acuerdo a la observacion sobre la construccion de relleno sanitario, la empresa fiscalizada menciona que el Lote IX genera una cantidad pequena de residuos en sus operaciones, por lo que se ha construido una poza para el confinamiento transitorio de los residuos peligrosos, asi como una celda para la biorremediacion de la borra producida. Tambien senalan que la poza esta impermeabilizada con capas de arcilla compactada, cercada y senalizada. Los residuos son confinados de forma transitoria en dicha poza hasta que una compania autorizada por DIGESA se encargue del traslado. De esa forma se cumpliria con la obligacion exigida; 2.8 Que, conforme a la obligacion de generacion de energia eolica, la empresa indica que se realizo un estudio para evaluar la factibilidad del proyecto de generacion electrica mediante un aerogenerador en el Lote IX, el que fue culminado en setiembre de 2001, y que actualmente cuentan con un aerogenerador de 1.4 KW. Tambien senalan que adquirieron un grupo electrogeno de 5 HP y se tendieron luminarias en la MORDAZA de Batanes;

OSINERG
Sancionan a diversas empresas con multa por Incumplimiento de Cronograma de Inversiones del PAMA
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 1071-2005-OS/GG MORDAZA, 26 de setiembre de 2005 VISTOS: El Expediente Nº 22491, el Informe Legal Nº 20782005-OS-GFH-L sobre el incumplimiento del Cronograma de Inversiones del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) consignadas en el Informe Tecnico Nº 22491-2002-OSINERG-CMA referidas al establecimiento ubicado en el Lote IX, en Av. A Nº 49-A, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, cuya responsable es la empresa UNIPETRO ABC S.A.C. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1 Que, conforme consta en el Informe Tecnico Nº 22491-2002-OSINERG-CMA, en las visitas de fiscalizacion realizadas del 14 al 15 de marzo de 2002 y del 18 al 19 de noviembre de 2002, al establecimiento senalado en los vistos, se constato el incumplimiento del Cronograma de Inversiones del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) al haberse verificado que la empresa fiscalizada no ha cumplido dentro de los plazos otorgados con: - La adquisicion de equipos de laboratorio para analisis de petroleo, agua, aire y suelo. - La construccion de bases de cemento y/o sand oil para tanques, tines, separador, volumeters, etc. - Los sembrios de areas verdes, Lote IX, 1ra. Etapa. Falta el 80% de reforestacion. - El pintado de oleoducto (mantenimiento). - El cruce aereo de ductos en la quebrada Parinas. - La construccion de relleno sanitario. - La generacion de energia eolica. 1.2 Que, a traves del oficio Nº 4777-2003-OSINERGGFH-L, de fecha 23 de MORDAZA de 2003, recibido el 5 de MORDAZA de 2003, se notifico a la empresa UNIPETRO ABC S.A.C. responsable del establecimiento fiscalizado, que se le habia iniciado procedimiento administrativo sancionador al haberse detectado que no habia ejecutado a cabalidad los compromisos y obligaciones detalladas en el Cronograma de Inversiones del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) para sus obligaciones en el Lote IX, otorgandosele un plazo de cinco (5) dias habiles para presentar sus descargos;

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