Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2006 (07/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano miercoles 7 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

320407

Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, con Resolucion Ministerial Nº 374-2002PROMUDEH de fecha 21 de junio de 2002, entre otros, se designo al Rvdo. Padre MORDAZA MORDAZA CANAMERO MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Huacho; Que, es necesario dar por concluida la citada designacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en la Ley Nº 26918, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion del Rvdo. Padre MORDAZA MORDAZA CANAMERO MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 09964

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de renovacion de soporte tecnico Oracle para el FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 385-2006-MIMDES MORDAZA, 5 de junio de 2006 Vistos, los Oficios Nºs. 460-2006-FONCODES/DE y 914-2005-FONCODES/DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES, y los Oficios Nºs. 252 y 204-2006-FONCODES/UA del Gerente de la Unidad Administrativa del citado Programa Nacional; CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, concordado con el articulo 144 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando, entre otros, los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, pudiendo la Entidad realizar directamente las referidas adquisiciones y contrataciones mediante acciones inmediatas; senalandose para tal efecto que se considera que existe proveedor unico cuando, por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 146 del Reglamento de la Ley de Contracciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion propuesta; Que, mediante Informes Nºs. 012-2006-FONCODES/ UA/ETS y 012-2005-FONCODES/UA/ETS el Jefe(e) de Sistemas del Programa Nacional FONCODES, senala que

la Base de Datos del citado Programa Nacional, en donde se almacena toda la informacion del FONCODES, y que esta instalada tanto en la sede central como en cada una de las Oficinas Zonales, esta implementada en el RDBMS Oracle, precisando que el motor de Base de Datos Oracle durante los ultimos nueve anos ha demostrado ser una herramienta solida, estable, MORDAZA y de buen rendimiento en el procesamiento de la informacion, contribuyendo al logro de resultados satisfactorios en los sistemas de apoyo administrativo, gestion de proyectos y toma de decisiones, asimismo senala concluyendo que el Soporte Tecnico Oracle ha permitido la actualizacion equivalente a la adquisicion de 9 versiones diferentes del RDBMS Oracle, lo que significa haber ahorrado hasta nueve veces el precio del producto, siendo necesaria la renovacion del soporte tecnico Oracle para tener acceso a las actualizaciones periodicas, tanto sobre mejoras a cada version, nuevas versiones y cambios de plataforma, concluyendo que la Empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. es la propietaria del producto y la unica que existe en el MORDAZA que puede brindar el servicio de Soporte Tecnico requerido, no teniendo sustitutos el citado servicio; Que, con Informe Tecnico Nº 009-2005-FONCODES/ UA/ETL la Jefa del Equipo de Trabajo de Logistica del Programa Nacional FONCODES, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del Servicio de Renovacion de Soporte Tecnico Oracle, en razon de ser un servicio que solo puede ser contratado de manera directa con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., sin intermediarios, no siendo posible admitir sustitutos, estando dicho supuesto regulado en el inciso e) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 020-2006-FONCODES/DE de fecha 27 de enero de 2006, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 004: FONCODES para el Ejercicio Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el MORDAZA para la contratacion del servicio a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Informe Legal Nº 83-2005-FONCODES/ DE/ETAL la Jefa de Asesoria Legal del Programa Nacional FONCODES recomienda la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion del servicio de renovacion del soporte tecnico Oracle por la causal prevista en el inciso e) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., es la unica proveedora en el MORDAZA que presta el citado servicio; Que, mediante Oficio Nº 252-2006-FONCODES/UA el Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional FONCODES, senala que es necesario que se autorice la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del Servicio de Renovacion de Soporte Tecnico Oracle, por un valor referencial de S/. 32,823.00 (Treinta y Dos Mil Ochocientos Veintitres y 00/100 Nuevos Soles) incluido I.G.V.; Que, mediante Memorando Nº 035-2006-MIMDES/ SG/OIDS el Jefe de la Oficina de Informatica y Desarrollo de Sistemas del MIMDES senala que el producto Oracle Database es un software manejador de base de datos que viene siendo utilizado por el Programa Nacional FONCODES desde la etapa inicial de implementacion de sus sistemas de informacion, el servicio de soporte tecnico es un componente de valor agregado al citado software, que proporciona acceso a una base de datos de conocimiento, contacto con especialistas y derecho a la actualizacion de componentes y versiones del producto durante el periodo de vigencia del soporte, concluyendo que el servicio de renovacion de soporte tecnico del software servidor de base de datos Oracle solo es provisto por su fabricante a traves de su representacion local, toda vez que es un valor agregado, no existiendo otros proveedores que pudieran proporcionar el servicio de Renovacion de Soporte Tecnico, para el Programa Nacional FONCODES; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 20 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, facultad que es indelegable, debiendose remitir MORDAZA de la Resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular

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