Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2006 (07/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano miercoles 7 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

320465

De conformidad con el numeral 23) del Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalices, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO : Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA, para que interponga demanda judicial solicitando la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 006201-A de fecha 29 de noviembre del 2002, de conformidad con la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 09995

Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 102-MDSM, sobre beneficio de regularizacion por fiscalizacion tributaria
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2006/MDSM San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 086-2006-GRAT/MDSM, de fecha 30 de MORDAZA del presente ano, emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, y el Memorando Nº 246 -2006-GM/MDSM, de fecha 31 de MORDAZA de 2006, emitido por la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada del Impuesto Predial anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga, cuando se efectuen transferencia o el predio sufra modificaciones que sobrepasen las 5 UIT y cuando lo determine la administracion; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece, excepcionalmente, que los gobiernos locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, habiendose expedido la Ordenanza Nº 102MDSM, por la que establece el beneficio de regularizacion tributaria, cuya vigencia es hasta el 31 de marzo del 2006, siendo ampliada mediante Decreto de Alcaldia Nº 08-2006/MDSM hasta el 31 de MORDAZA del 2006 y, habiendo la Administracion Tributaria Municipal cursado requerimientos para tal fin, y siendo que el plazo senalado resulta insuficiente para aquellos propietarios y/o contribuyentes del distrito que se encuentran en calidad de omisos a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial correspondiente, asi como para aquellos que han declarado en forma indebida o incorrecta respectivamente, incumpliendo con sus obligaciones formales y sustanciales; por lo cual, siendo politica de esta Administracion brindar las mayores facilidades a los vecinos del distrito a fin de que puedan seguir cumpliendo con sus obligaciones tributarias, se hace necesario extender la vigencia de la referida Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, asi como la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 102MDSM; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliese la vigencia de la Ordenanza Nº 102-MDSM sobre beneficio de regularizacion por fiscalizacion tributaria, hasta el 31 de MORDAZA del 2006. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 10088

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de suspension de determinados procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad a que se refiere la Ordenanza Nº 103-MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2006-MDSM San MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 103-MDSM, se suspende por sesenta (60) dias calendarios, todo procedimiento iniciado o por iniciarse, descrito en el numeral Nº 8.16, Nº 8.17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, salvo las autorizaciones de publicidad exterior mayores a 30 m², que MORDAZA solicitadas por el mismo propietario, poseedor o titular del local y que publiciten el giro o actividad previamente autorizada para dicho local; Que, es el caso que la adecuacion de la reglamentacion que regula las Autorizaciones de Elementos de Publicidad aun no ha podido concluirse, razon por la cual es necesario que se prorrogue el plazo por sesenta (60) dias calendarios para poder culminar con dicho documento; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza 103-MDSM, faculta al senor MORDAZA ampliar el plazo de ser necesario; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar por sesenta (60) dias calendarios la vigencia de la Ordenanza Nº 103-MDSM, que suspende todo procedimiento iniciado o por iniciarse, descrito en el numeral Nº 8.16, Nº 8.17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Policia Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 10087

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