Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2006 (07/06/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano miercoles 7 de junio de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

320469

consideraran como inasistencias, pudiendo ser pasible de las sanciones tipificadas en el Inciso k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276", concordante con el numeral 1.1.2 del Manual Normativo de Personal Nº 03-93-DNP. "Licencias y Permisos", aprobado por Resolucion Directoral Nº 001-93-INAP/DNP., Articulo 50º "Los certificados para conceder licencia por enfermedad, prescritas por medicos particulares y hospitales de salud publica, obligatoriamente deben estar visados por EsSalud cuando excedan los cinco dias de descanso medico", Articulo 58 "Licencias por motivos particulares se otorga al servidor o funcionario que cuenta con mas de un (1) ano de servicios, para atender asuntos particulares (negocios, viajes o similares), esta condicionado a la conformidad institucional teniendo en cuenta la necesidad de servicio....", concordante con el numeral 1.2.7 del Manual Normativo de Personal Nº 03-93-DNP "Licencias y Permisos", . aprobado por Resolucion Directoral Nº 001-93-INAP/DNP ., por lo tanto ha incurrido en falta de caracter administrativa disciplinaria, tipificado como tal en el inciso k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 128º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, siendo pasible de MORDAZA administrativo disciplinario; Que, la Comision Per manente de Procesos Administrativos - Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Maynas, mediante el Informe indicado en la parte de visto, se ha pronunciado recomendando Abrir MORDAZA Administrativo - Disciplinario en contra de la servidora reingresante MORDAZA MORDAZA Vasquez; Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, establece que las Municipalidades son Organos del Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; Que, estando a los considerandos expuestos, a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos

Administrativos - Disciplinarios, con las visaciones de la Secretaria Tecnica de la Comision, Oficina General de Asesoria Juridica y Gerencia General de la Municipalidad Provincial de Maynas; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 20º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ABRIR MORDAZA Administrativo Disciplinario a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA servidora reingresante a la Municipalidad Provincial de Maynas, CONCEDIENDOLE de acuerdo a ley un plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de haberse notificado y/o publicado la resolucion, para que a traves de la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Provincial de Maynas, presente su descargo con los fundamentos legales y pruebas con que desvirtue los cargos materia del proceso. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE, conforme a Ley, la presente Resolucion a la procesada, en su domicilio legal, sito en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 265 Dpto. 201 - A Distrito de LINCE - MORDAZA y a las partes involucradas, a traves de la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Maynas, y en caso no fuera posible notificar personalmente, publicar conforme a ley la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el diario Oficial de la Region Loreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10021

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.