Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2006 (07/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano miercoles 7 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

320457

inscribir en el Registro de Predios la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones (e) 010014 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 071-2006/SBN-GO-JAR

Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno de 10 000,74 m², colindante a la Mz. VI A del Sector Tercero, MORDAZA B del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, segun los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX -Sede LimaOficina Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese.

La MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2006 Visto el Expediente Nº 048-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 10 000,74 m², colindante a la Mz. VI A del Sector Tercero, MORDAZA B del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 7 de MORDAZA de 2006, se constato que se trata de un terreno de 10 000,74 m² de topografia accidentada y suelo arenoso rocoso; Que, conforme al Certificado Catastral, de fecha de entrega 13 de marzo de 2006, emitido por la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Lima- Oficina Callao el terreno sub materia se ubica en MORDAZA donde no existen antecedentes registrales de predios inscritos; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 10 000,74 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/ SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y Decreto Supremo Nº 042-2006-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 082-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de MORDAZA de 2006; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones (e) 010015 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 074-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2006 Visto el Expediente Nº 049-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 2 075,00 m², colindante con el Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, altura del cruce de la Av. C con la MORDAZA 43, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 7 de MORDAZA de 2006, se constato que se trata de un terreno de 2 075,00 m² de topografia accidentada y suelo arenoso rocoso; Que, conforme al Certificado Catastral, de fecha de entrega 13 de marzo de 2006, emitido por la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Lima- Oficina Callao, el terreno sub materia se ubica en MORDAZA donde no existen antecedentes registrales de predios inscritos; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2 075,00 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 0012002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/ SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de

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