Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2006 (07/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

320422
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 7 de junio de 2006

Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por International Planned Parenthood Federation, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), consistente en tres (3) bultos conteniendo material medico, con un peso manifestado de 18.00 kilogramos y valorizado en US$ 1,050.00 (un mil cincuenta y 00/100 dolares americanos), donacion que sera destinada al Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), Programa de Planificacion Familiar. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 10009 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0636-2006-RE MORDAZA, 2 de junio de 2006 Visto, el expediente Nº 10186-2005, presentado por la asociacion EJERCITO DE SALVACION - FILIAL DEL PERU, mediante el cual solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE), con sede en MORDAZA, Suiza; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion EJERCITO DE SALVACION FILIAL DEL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 15 de octubre de 2003, legalizado por el Consulado General del Peru en MORDAZA, se observa que la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE), ha efectuado una donacion a favor de la asociacion EJERCITO DE SALVACION -FILIAL DEL PERU; Que, los bienes donados consisten en 315 bultos conteniendo 6,300.00 kilos de leche entera en polvo, 195 bultos conteniendo 4,680.00 kilos de leche desnatada (descremada) en polvo y 479 bultos conteniendo 7,329.00 kilos de queso procesado, con un peso MORDAZA total de 22,153.00 kilos y un valor FOB de CHF 147,576.10 (Ciento cuarentisiete mil quinientos setentiseis

y 10/100 Francos suizos), arribados en un contenedor de 40' con Nº MSCU 414 601-0; para la obra social que realiza el Ejercito de Salvacion a nivel nacional como son los Centros Abiertos, Hogar de Hombre, Hogar de Senorita, Programa de Capernaum VIH, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores aprobar la donacion efectuada por la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE), a favor de la asociacion EJERCITO DE SALVACION -FILIAL DEL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE) a favor de la asociacion EJERCITO DE SALVACION - FILIAL DEL PERU, consistente en 315 bultos conteniendo 6,300.00 kilos de leche entera en polvo, 195 bultos conteniendo 4,680.00 kilos de leche desnatada (descremada) en polvo y 479 bultos conteniendo 7,329.00 kilos de queso procesado, con un peso MORDAZA total de 22,153.00 kilos y un valor FOB de CHF 147,576.10 (Ciento cuarentisiete mil quinientos setentiseis y 10/100 Francos suizos), arribados en un contenedor de 40' con Nº MSCU 414 601-0; para la obra social que realiza el Ejercito de Salvacion a nivel nacional como son los Centros Abiertos, Hogar de Hombre, Hogar de Senorita, Programa de Capernaum VIH, entre otros. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 10010 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0637-2006-RE MORDAZA, 2 de junio de 2006 Visto, los expedientes Nº 4549-2006 y Nº 5027-2006, presentado por el INSTITUTO DE INVESTIGACION y DESARROLLO MORDAZA - IIDA mediante el cual solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Proyecto Paz y MORDAZA con sede en Hialeah, MORDAZA, Estados Unidos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones

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