Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

439623

Otorgan autorizacion al Instituto de Comunicaciones Redes S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en la localidad de Jauja, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 186-2011-MTC/03 MORDAZA, 15 de febrero de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2008-045726 presentado por la empresa INSTITUTO DE COMUNICACIONES REDES S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda VHF en el distrito de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 332-2005MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 1006-2007-MTC/03 y Nº 085-2008-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 2322010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Jauja, la misma que incluye al distrito de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junin; Que, con Decreto Supremo Nº 023-2010-MTC se modifico la Primera Disposicion Complementaria Final del Plan Maestro para la Implementacion de la Television Digital Terrestre en el Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC, habilitando la continuacion del tramite de las solicitudes de autorizacion para el servicio de radiodifusion por television basado en tecnologia analogica en la banda VHF, en las que a la entrada en vigencia del Plan Maestro se hubiera requerido la publicacion del extracto de la solicitud de autorizacion y esta sea presentada al Ministerio observando los plazos establecidos en el articulo 34º del Reglamento de la Ley; Que, con Informe Nº 4418-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la empresa INSTITUTO DE COMUNICACIONES REDES S.R.L. para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda VHF en el distrito de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junin;

De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y modificado con Resolucion Ministerial Nº 846-2009-MTC/01, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda VHF para la localidad de Jauja, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 332-2005-MTC/03, modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 1006-2007-MTC/03 y Nº 085-2008-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 232-2010-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa INSTITUTO DE COMUNICACIONES REDES S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en la banda VHF en la localidad de Jauja, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : RADIODIFUSION POR TELEVISION VHF : 04 BANDA: I FRECUENCIA DE VIDEO: 67.25 MHz FRECUENCIA DE AUDIO: 71.75 MHz : COMERCIAL

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision

: OAG-4R : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del : VIDEO: 250 w. Transmisor AUDIO: 25 w. Clasificacion de Estacion : C Ubicacion de la Estacion: Estudios : Carretera Central Margen Derecha S/N, distrito de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junin.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 75º 28' 24.3'' Latitud Sur : 11º 48' 53.5'' Planta Transmisora : Carretera Central Margen Derecha S/N, distrito de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junin.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 75º 28' 24.3'' Latitud Sur : 11º 48' 53.5'' MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 71 dB V/m.

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

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