Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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numeros telefonicos. De existir un error en el bloqueo o programacion de AMERICATEL que haga posible que se genere trafico de larga distancia desde estos numeros telefonicos a traves de TELMEX, traera como consecuencia que AMERICATEL deba asumir los montos correspondientes ante TELMEX." (ii) Modificar el Numeral 5 del Anexo 1 del Informe Nº 015-GPRC/2011 por el siguiente texto: "5. Informacion de numeros telefonicos que no tienen acceso al servicio de larga distancia AMERICATEL debera comunicar a TELMEX: (i) la relacion de numeros telefonicos pertenecientes a su compania, (ii) la relacion de numeros de telefonos publicos de exterior y (iii) la relacion de numeros telefonicos de telefonos publicos de interior de titularidad propia. De esta manera, TELMEX tomaria conocimiento de aquellos numeros telefonicos que no pueden cursar trafico y adoptaria las medidas correspondientes, evitandose perjuicios economicos y posibles fraudes. Esta informacion sera enviada en un plazo MORDAZA de siete (07) dias calendario, de ser solicitada por TELMEX y su actualizacion sera diaria. El envio de esta informacion no exime a AMERICATEL de su responsabilidad de bloquear la salida de la larga distancia a traves de un operador de larga distancia diferente a AMERICATEL en estos numeros telefonicos. De existir un error en el bloqueo o programacion de AMERICATEL que haga posible que se genere trafico de larga distancia desde estos numeros telefonicos a traves de TELMEX, traera como consecuencia que AMERICATEL deba asumir los montos correspondientes ante TELMEX" 3. CONCLUSION Y RECOMENDACION Por los recomienda: fundamentos MORDAZA expuestos, se

esta manera, TELMEX tomaria conocimiento de aquellos numeros telefonicos que no pueden cursar trafico y adoptaria las medidas correspondientes, evitandose perjuicios economicos y posibles fraudes. Esta informacion sera enviada en un plazo MORDAZA de siete (07) dias calendario, de ser solicitada por TELMEX y su actualizacion sera diaria. El envio de esta informacion no exime a AMERICATEL de su responsabilidad de bloquear la salida de la larga distancia a traves de un operador de larga distancia diferente a AMERICATEL en estos numeros telefonicos. De existir un error en el bloqueo o programacion de AMERICATEL que haga posible que se genere trafico de larga distancia desde estos numeros telefonicos a traves de TELMEX, traera como consecuencia que AMERICATEL deba asumir los montos correspondientes ante TELMEX" · Confirmar la Resolucion de Consejo Directivo N° 0062011-CD/OSIPTEL de fecha 13 de enero de 2011, en los demas extremos que establecen las condiciones legales, tecnicas, economicas y operativas para la prestacion del servicio de facturacion y recaudacion, a efectos de que las comunicaciones de larga distancia de los abonados del servicio de telefonia fija local de AMERICATEL que utilizan el servicio portador de larga distancia de TELMEX, bajo el sistema de llamada por llamada y preseleccion, puedan ser facturadas y recaudadas por AMERICATEL. 618267-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Declaran fundada apelacion y revocan resolucion que impuso multa a martillero publico
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 092-2011-SUNARP/SN MORDAZA, 24 de marzo de 2011 VISTO: el Recurso de Apelacion de fecha 18 de febrero de 2011, presentado por la Martillero Publico MORDAZA MORDAZA Lupa MORDAZA contra la Resolucion Jefatural Nº 109-2011-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF de fecha 10 de febrero de 2011, mediante la cual le imponen la sancion de multa equivalente a 0.5 de la UIT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 109-2011SUNARP-Z.R.NºIX/JEF de fecha 10 de febrero 2011, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, en primera instancia impuso a la Martillero Publico MORDAZA MORDAZA Lupa MORDAZA la sancion de multa ascendente a 0.5 de la Unidad Impositiva Tributaria, por haber incumplido las obligaciones establecidas en los numerales 8 y 14 del articulo 16º de la Ley Nº 27728 Ley del Martillero Publico imputandole no haber verificado la realizacion de las publicaciones de remate, ni su MORDAZA al juzgado conforme lo dispone el articulo 733º del Codigo Procesal Civil. Contra dicha resolucion, mediante escrito de fecha 18 de febrero del presente ano, la Martillero Publico MORDAZA MORDAZA Lupa MORDAZA interpuso recurso de apelacion, en la cual argumenta lo siguiente: i) en torno a la infraccion del numeral 8 del articulo 16 de Ley del Martillero Publico, citando los principios y

· Declarar parcialmente fundado el recurso de reconsideracion presentado por TELMEX el 07 de febrero de 2011, en el extremo referido al alcance de las responsabilidades asumidas por las partes y, en consecuencia, disponer la modificacion del Informe N° 015GPRC/2011 que forma parte integrante de la Resolucion de Consejo Directivo N° 006-2011-CD/OSIPTEL de fecha 13 de enero de 2011: (i) Modificar el Decimo Tercer parrafo del numeral 3.2.2.1 del Informe Nº 015-GPRC/2011 por el siguiente texto: "(...). De esta manera TELMEX tomara conocimiento de aquellos numeros telefonicos desde los cuales no se puede cursar trafico de larga distancia a traves de TELMEX y adoptaria las medidas correspondientes a fin de evitar errores de parte de su area comercial o que terceras empresas que pudiera subcontratar para la venta de planes puedan cometer algun MORDAZA de error o fraude. Sin embargo, el envio de esta informacion no exime a AMERICATEL de su responsabilidad de bloquear la salida de la larga distancia a traves de un operador de larga distancia diferente a AMERICATEL en estos numeros telefonicos. De existir un error en el bloqueo o programacion de AMERICATEL que haga posible que se genere trafico de larga distancia desde estos numeros telefonicos a traves de TELMEX, traera como consecuencia que AMERICATEL deba asumir los montos correspondientes ante TELMEX." (ii) Modificar el Numeral 5 del Anexo 1 del Informe Nº 015-GPRC/2011 por el siguiente texto: "5. Informacion de numeros telefonicos que no tienen acceso al servicio de larga distancia AMERICATEL debera comunicar a TELMEX: (i) la relacion de numeros telefonicos pertenecientes a su compania, (ii) la relacion de numeros de telefonos publicos de exterior y (iii) la relacion de numeros telefonicos de telefonos publicos de interior de titularidad propia. De

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