Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

derechos municipales, conforme a ley; asi como tambien para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello concordante con el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley Organica de Municipalidades en su articulo 79º establece que las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones especificas exclusivas, entre otras: Reconocer los Asentamientos Humanos y promover su desarrollo y formalizacion, y las demas funciones especificas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia; Que, la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, acceso al suelo y dotacion de servicios Basicos Nº 28687 en su articulo 24º establece que: "La factibilidad de servicios basicos en los terrenos ocupados por posesiones a las que se refiere el articulo 3º de la presente ley se otorgara previo Certificado o MORDAZA de posesion que otorgara la municipalidad de la jurisdiccion...el reglamento establecera los requisitos para el otorgamiento de los certificados a que hace mencion el parrafo anterior."; Que el decreto de urgencia que promueve el suministro del servicio publico de electricidad en zonas MORDAZA marginales del MORDAZA Nº 116-2009 en su articulo 3º establece "(...)las municipalidades deberan entregar los certificados de posesion correspondientes y visar los planos referidos en el parrafo anterior, en un plazo no mayor de 30 dias habiles contados desde su solicitud"; Que, mediante Informe Nº 185-2011-GAJ-MDC, de fecha 17 de Febrero del 2011 la Gerencia de Asuntos Juridicos, da cuenta, que revisado el proyecto de ordenanza que establece el procedimiento simplificado para la expedicion de MORDAZA de posesion especial para el tramite de suministro de servicios basicos de luz, agua y desague, solo para asentamientos humanos ubicados en el distrito de comas, conforme a la ley 28687 y su reglamento Decreto Supremo 006-2006 vivienda, opina que es procedente aprobar el proyecto de ordenanza mencionado; Que, mediante Informe Nº 076-2011-GDU/MC, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA comunica que existe un gran numero de organizaciones sociales en el distrito que no cuentan con Planos visados para proyectos de servicios basicos, asimismo en el distrito se ha verificado que de acuerdo al crecimiento poblacional, muchas organizaciones sociales han sufrido modificaciones en sus planos de lotizacion, por la presencia de nuevos posesionarios; por lo que solicita con caracter de urgencia se priorice la visacion de planos para proyectos de servicios basicos y el otorgamiento de MORDAZA de vivencia o posesion, para que con ello la municipalidad cumpla un rol facilitador a favor de personas naturales o juridicas para que puedan realizar sus respectivos tramites ante las instancias competentes y poder acogerse a un programa estatal de bajo costo en comparacion con los proyectos privados, por lo que es pertinente la exoneracion del pago por derecho de MORDAZA de vivencia o posesion y regular el procedimiento administrativo de visacion de planos para servicios basicos; Que, de conformidad con el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, estando a los fundamentos expuestos, la Comision de Desarrollo MORDAZA, considera conveniente para la Corporacion y la poblacion del Distrito de Comas la aprobacion del precitado Proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, el Concejo Municipal, por mayoria, aprobo la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO POR DERECHO DE MORDAZA ESPECIAL DE VIVENCIA O POSESION Y ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA SU EXPEDICION, PARA TRAMITE DE SUMINISTRO DE SERVICIOS BASICOS DE LUZ, AGUA Y DESAGUE, SOLO PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS, PUEBLOS JOVENES, ASOCIACIONES Y COOPERATIVAS DE VIVIENDA, UBICADOS EN EL DISTRITO DE COMAS, CONFORME A LA LEY 28687 Y SU REGLAMENTO, DECRETO SUPREMO 006-2006-VIVIENDA Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACION DE PLANOS PARA SERVICIOS BASICOS TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ALCANCE Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objetivo EXONERAR el 100% del pago del derecho por Expedicion de MORDAZA de Posesion, establecido en el Rubro 3SE.7 del MORDAZA de la Municipalidad de Comas, aprobado mediante Ordenanza Nº 262-2008-C/ MC, para aquellas personas naturales o juridicas que se encuentren comprendidas dentro de los alcances de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de Propiedad Informal, acceso al suelo y dotacion de servicios basicos, Ley Nº 28687 y establecer un Procedimiento Simplificado que se denominara MORDAZA DE POSESION ESPECIAL cuya finalidad es facilitar el acceso de la poblacion de Comas a los servicios de Luz, agua y desague; asimismo regular el procedimiento administrativo de Visacion de Planos para Servicios Basicos. Articulo 2°.- Disponer que las personas naturales o juridicas, que requieran Visacion de Planos para Servicios Basicos: Agua, Desague y Electrificacion, correspondientes a terrenos que no cuenten con Habilitacion MORDAZA, con Uso de Vivienda, Comercial e Industrial, podran obtenerla previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ordenanza.. Articulo 3°.- La Presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal A. La Constitucion Politica del Peru, articulos 194º y 195º B. La Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 C. Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso a Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, D. D.S. 006-2006 VIVIENDA Reglamento de la Ley 28687 E. Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General Articulo 4°.- Son sujetos beneficiarios de la presente Ordenanza los poseedores informales de predios ubicados en Asentamientos Humanos, Pueblos Jovenes, Asociaciones y Cooperativas de Vivienda del Distrito de Comas, conforme a lo indicado en la Ley 28687 y su reglamento, Decreto Supremo 006-2006-VIVIENDA; y que cumplan con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo 5°.- Para la presente Ordenanza se aplicaran las siguientes definiciones. 1. Posesionario.- Es la Persona Natural, que ocupa un predio o lote de terreno de forma pacifica, siendo que tal predio o lote no cuenta con los servicios basicos de luz, agua y desague. 2. Constancia.- MORDAZA de Posesion Especial otorgada por la Municipalidad Distrital de Comas, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. 3. Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de Comas 4. Administrado(s).- Toda persona que formula solicitud de MORDAZA de Posesion Especial

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