Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

que se encuentran con beneficio otorgado a merito de la Ordenanza No. 269-MDL, precisandose que a la fecha, aun continua en MORDAZA la MORDAZA de Sinceramiento de Multas Administrativas, encontrandose en la etapa de trabar Medidas Cautelares a los infractores que han sido ubicados, asimismo, se viene recuperando gran parte de la cartera pesada por concepto de Multas Administrativas; Que, asimismo, la Unidad de Ejecucion Coactiva, esta realizando las verificaciones del caso a fin de agotar todas las acciones y mecanismos de cobranza, a traves de RENIEC, SUNAT, etc, y existiendo dentro de este universo, multas de cobranza dudosa, sugiere ampliar la vigencia de la Ordenanza No. 269-MDL, por un periodo de 120 (ciento veinte) dias calendario; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Art. 20º de la Ley No. 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza No. 269-MDL, por 120 (CIENTO VEINTE) dias calendario. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a las Unidades de Recaudacion y Control, y Ejecucion Coactiva, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 618308-2

distrito, buscando al mismo tiempo salvaguardar la imagen visual y proteger la calidad del paisaje MORDAZA del mismo, asi como el orden, ornato y calidad de MORDAZA de los vecinos, preservando la seguridad de las personas, de la via publica y de los predios urbanos, poniendo especial enfasis en el caracter residencial del distrito y en evitar el fenomeno de la contaminacion visual dentro de la circunscripcion del mismo; Que, si bien dicho dispositivo fue emitido en concordancia con lo estipulado en la Ordenanza Nº 1094MML, que Regula la Ubicacion de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de MORDAZA, se hace necesario actualizar la normativa distrital sobre publicidad exterior a los nuevos criterios y parametros vigentes en la materia; Que, dado el contexto descrito en los considerandos precedentes, se debe buscar compatibilizar el desarrollo de la actividad publicitaria, con el interes publico que los gobiernos locales deben tutelar, constituido por la proteccion del medio ambiente dentro de sus jurisdicciones, si se tiene en cuenta que sin el control y los parametros adecuados, la publicidad puede llegar a ser un elemento contaminante del ambiente, llegando a tener incidencias incluso en la salud de los vecinos del distrito, buscando salvaguardar el interes publico consistente en la necesidad de prevenir un escenario de saturacion visual que causa inseguridad y MORDAZA la integridad de los vecinos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º y articulo 40º de Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA UBICACION DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto.- Las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza tienen por objeto: 1. Regular los aspectos administrativos y tecnicos para la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el distrito de San Isidro. 2. Salvaguardar la imagen visual del distrito, protegiendo la calidad del paisaje MORDAZA con relacion a la publicidad, asi como el orden, medio ambiente y la calidad de MORDAZA de los vecinos del distrito de San Isidro. 3. Preservar la seguridad de las personas, de la via publica y de los predios urbanos. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion.- La presente Ordenanza es de aplicacion obligatoria dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, con sujecion al Reajuste Integral de Zonificacion de Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 950-MML, y demas normas tecnicas y urbanisticas que regulan el uso del suelo. Articulo 3º.- Sujetos obligados.- Toda persona natural o juridica que desee ubicar elementos de publicidad exterior en el distrito de San MORDAZA esta obligado a obtener, de manera previa a su instalacion, autorizacion municipal para ello, salvo las excepciones previstas expresamente en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Definiciones.- Para efectos de la presente Ordenanza se entendera por: 1. Ambiente MORDAZA monumental.- Son aquellos espacios publicos cuya fisonomia y elementos, por poseer valor urbanistico en conjunto, tales como escala y/o volumetria, deben conservarse total o parcialmente. Son declarados por el Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura. 2. Anunciante.- Persona natural o juridica en cuyo beneficio se elabora un mensaje publicitario.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan la ubicacion de elementos de publicidad exterior en el distrito
ORDENANZA Nº 324-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 16 de marzo del 2011, el Dictamen Nº 01-2011-CDDU-OSM/MSI de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta concordante con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el numeral 3.6.3 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios. Asimismo, la Ordenanza Nº 1094MML, que regula la Ubicacion de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de MORDAZA, establece que las municipalidades distritales son competentes para normar complementariamente dicha materia; Que, mediante Ordenanza Nº 248-MSI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de noviembre de 2008, se regularon los criterios tecnicos y administrativos para la ubicacion de los anuncios publicitarios en el

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