Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2011 (25/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

439644

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2011

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 095-2011-CNM MORDAZA, 21 marzo del 2011 VISTO: El Oficio Nº 1692-2011-CE-PJ del 04 de marzo de 2011, expedido por el senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Oficial "El Peruano" de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, asimismo el MORDAZA parrafo del articulo 6º del referido Reglamento, modificado por Resolucion Nº 2842010-CNM publicado el 12 de setiembre del ano en curso, establece que: "El Magistrado trasladado no podra incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga MORDAZA estatus juridico en la jurisdiccion y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad"; Que, el inciso 3) del articulo 35º de la Ley Nº 29277 Ley de la MORDAZA Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 1692-2011-CE-PJ del 04 de marzo de 2011, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 441-2010CE-PJ, mediante la cual se declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la sede de la Corte Superior de Justicia de Piura; Que, mediante escrito presentado el 9 de marzo de 2011, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la expedicion del titulo correspondiente como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, previa cancelacion de su titulo anterior; Que, la Directora de Seleccion y Nombramiento mediante Memorando Nº 121-201-DSN/CNN remite el Informe Nº 061-2011-DSN/CNM en el que comunica que la plaza de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA se encuentra vacante, de conformidad con la relacion actualizada de plazas vacantes remitida por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la

Republica mediante Oficio Nº 505-2011-SG-CS-PJ del 17 de enero de 2011; asimismo, informa que a la fecha no existen Candidatos en Reserva para la citada plaza; Que, tomando en consideracion los argumentos precedentes, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura expedir el titulo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, previa cancelacion de su anterior titulo como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA (en merito a la Resolucion Nº 385-2009CNM); Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 17 de marzo de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Piura. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NUNEZ Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 618310-1

Reestructuran las Comisiones Permanentes de Evaluacion y Ratificacion, y de Procesos Disciplinarios para el periodo institucional marzo 2011 - febrero 2012
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 101-2011-CNM MORDAZA, 23 de marzo de 2011 VISTA: La Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 015-2011-MP-FN-JFS, de fecha 16 de marzo de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 41º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura ­ Ley Nº 26397, establece que para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional de la Magistratura, actua en Plenario y en Comisiones; Que, por Resolucion Nº 088-2011-CNM de fecha 7 de marzo de 2011, del Consejo Nacional de la Magistratura se designaron a los senores Consejeros integrantes de las Comisiones Permanentes y Especiales para el periodo institucional marzo 2011 ­ febrero 2012; Que, en la citada resolucion, se designo al senor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura Consejero Ingeniero MORDAZA MORDAZA Nunez, como miembro de las Comisiones Permanentes de Evaluacion y Ratificacion, y de Procesos Disciplinarios, en tanto se incorpore el Consejero elegido por los Fiscales Supremos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.