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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (01/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G30/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 1 de agosto de 2003 Partida Descripción Subpartida Descripción Observación 15.07 Aceite de soya (soya) y 1507.90.00.00 - los demás La investigación no sus fracciones, incluso incluye a la subpartida refinado, pero sin modi- (1507.10.00.00) indica:ficar químicamente. “Aceite en bruto, incluso desgomado”. 15.12 Aceite de girasol , cárta- 1512.19.00.00 - los demás La investigación no mo o algodón, y sus frac- incluye a la subpartida ciones,incluso refinado , (1512.11.00.00) indica: pero sin modificar quími- “Aceite en bruto” camente. 15.15 Las demás grasas y 1515.29.00.00 - Aceite de maíz La investigación no incluye aceites vegetales fijos y sus fracciones a la subpartida de aceite(incluido el aceite de - los demás de maíz (1512.11.00.00) jojoba), y sus fracciones, indica: “Aceite de maíz y incluso, refinados, pero sus fracciones aceite sin modificar química- en bruto” mente. 1515.90.00.00 - Los demás En la resolución apelada, la Comisión llegó a la con- clusión que los productos investigados eran similares alos producidos por la industria nacional bajo la categoría única de aceite vegetal, de conformidad con lo estableci- do en el Acuerdo sobre Subvenciones. En su escrito de apelación, Molinos Río de la Plata indicó que la Comisión incumplió lo dispuesto en el Acuer- do sobre Subvenciones ya que no identificó a los aceitesde producción nacional que eran idénticos al producto investigado. Según la apelante, si la Comisión hubiera respetado el Acuerdo, debió haber efectuado la compa-ración diferenciando al aceite investigado en función de sus respectivos componentes vegetales (ya sea que se trate de soya, girasol u otras mezclas). A decir de la ape-lante, el Acuerdo sobre Subvenciones establece que cual- quier análisis o comparación de productos debe partir por identificar qué aceites son idénticos a los productosobjeto de la investigación y sólo si no se identificara iden- tidad, entonces podría acudirse al concepto de producto similar. Al respecto, el Acuerdo sobre Subvenciones estable- ce lo siguiente: ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS, Nota a pie de página Nº 46.- En todo el presente Acuerdo se entenderá que la ex- presión "producto similar" ("like product") significa un producto que sea idéntico , es decir, igual en todos los aspectos al producto de que se tr ate, o, cuando no exista ese producto, otro producto que, aunque no sea igual en todos los aspectos, tenga características muy parecidas a las del producto considerado. (subrayado añadido) La referencia expresa a que el producto sea “igual en todos sus aspectos”, es una consideración respecto de las semejanzas físicas y de uso del producto. En efecto, esta consideración contenida en el propio marco legal,descarta las alegaciones de las apelantes y ratifica el criterio previo desarrollado por esta Sala en el sentido de la necesidad de evaluar de manera concurrente la simili-tud del producto investigado y el producto nacional, en función de sus semejanzas físicas y de sus semejanzas respecto del uso 8. Tal como ha sido señalado por la Comisión, se han encontrado semejanzas entre el producto denunciado, objeto de investigación, y el producto nacional, fabricadopor Alicorp y Pacocha. Estas semejanzas se refieren a: a) Apariencia física: ambos son límpidos, transparen- tes, brillantes sin turbidez ni materias extrañas, el mate- rial de envase en el cual se comercializan es limpio y hermético con fecha de vencimiento de forma legible yrotulado de acuerdo a norma vigente en envases de 1 lt.; 1/2 lt.; 1/4 lt. y 5 lt. b) Composición química: ambos tipos de aceites, aun- que difieren en la composición de acuerdo al origen ve- getal (girasol, soya o mezcla), presentan características químicas similares 9. c) Proceso productivo: todos los aceites deber ser re- finados, blanqueados y desodorizados. El proceso pro- ductivo seguido para obtener el aceite vegetal nacional yel denunciado, a partir del aceite en bruto - de soya o de girasol - es similar 10. d) Usos: ambos aceites son empleados para la pre- paración de alimentos como frituras, mayonesas, ensa- ladas y aderezos, entre otros. e) Ámbito de competencia: ambos productos son co- mercializados en el mismo mercado, a través de canalesde distribución en Lima y provincias a nivel de distribui- dores, supermercados, bodegas y otros. Es necesario tener en cuenta que el aceite es un bien de consumo general e ingrediente básico en la dieta y en la preparación de alimentos de las familias peruanas y que, en países con bajos niveles de ingresos como elperuano, la elección entre un producto u otro tiene como principal variable de decisión al precio. Adicionalmente, en el mercado de aceites, se ha pro- ducido un cambio en los patrones de consumo de las familias peruanas, las cuales han reconocido las venta- jas que proporciona el consumo de aceite de origen ve-getal - en general - frente al consumo de aceite de origen compuesto - , generalmente de pescado 11. 8En la Resolución Nº 0513-2002/TDC-INDECOPI, relativa a la investigación antidumping seguido contra las importaciones de bolas de acero para mo-lienda procedentes de la República de Chile, la Sala se refirió a la necesi- dad de considerar las semejanzas físicas y de uso para definir al producto similar: “(...)la legislación antidumping y la jurisprudencia de la Sala establecen la necesidad de evaluar la similitud del producto investigado y el producto na- cional en función tanto de sus semejanzas físicas como de sus semejanzas respecto del uso(...)” En la Resolución Nº 0284-2001/TDC-INDECOPI, referida al procedimientode dumping sobre planchas y bobinas de acero laminado en caliente y en frío, la Sala se pronunció respecto de la necesidad de evaluar la similitud deuso para determinar el producto similar: “(...)El resultado del segundo paso parecería indicar que el producto impor- tado y el nacional son similares, puesto que tienen las mismas característi- cas especificadas por los modelos. Sin embargo, existen factores adiciona- les que deben ser considerados para determinar la similitud existente entre el producto importado y el nacional. Al respecto, se evaluará la similitud existente entre el producto nacional y el importado relacionada con su calidad y uso. (...)” 9Porcentaje de acidez, índice peróxido (MEQ/Kg.), color lovibond, por ejem-plo. 10Este proceso se compone de las siguientes etapas:- Refinación: los aceites crudos deben ser refinados para disminuir las im- purezas del aceite. - Blanqueo: disminución del color y eliminación de productos oxidados.- Descerado: proceso exclusivo del aceite de girasol, el cual contiene ce- ras que deben ser removidas. - Desodorización: eliminación de trazas de olor y sabor en los aceites.- Envasado: envasado del producto terminado. 11Molitalia S.A., empresa importadora del producto investigado, presentó uninforme elaborado por la Universidad del Pacífico en el cual se señaló lo siguiente: “(...)el crecimiento del consumo de aceites vegetales es el reflejo de un cambio en el patrón de consumo, queda evidenciado con el incremento del nivel de ventas de las empresas nacionales. Los consumidores peruanosestán dejando prog resivamente de consumir aceite compuesto, que hasta hace algunos años era el preferido por las familias de bajos ingresos, y lo están sustituyendo por aceite vegetal. Como se puede apreciar en el Gráfi-co 2, el volumen de ventas de aceites vegetales (medido en TM), que a inicios de la década del 80 representaba el 25% del consumo total de acei- tes, ha pasado a representar más del 50% al finalizar de la década del 90(...) (...)Estamos, por lo tanto, frente a un cambio en el patrón de consumo de aceites comestibles que, en realidad, ya se había iniciado a fines de la dé- cada de los 1980’s, pero que venía avanzando lentamente hasta que, a inicios de 1998 el descenso en los precios de los aceites vegetales aceleróeste proceso. Un factor importante para entender este proceso es la bús- queda, por parte del público consumidor, de mejores condiciones de salud y calidad de vida, a través de un producto de origen vegetal que tiene con-sabidas ventajas frente a los productos elaborados con materias primas de origen animal, principalmente el aceite de pescado (...)".