Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

estos sistemas son muy especializados y cuentan con un MORDAZA muy limitado. El hardware de la estacion maestra es dimensionado teniendo en cuenta la redundancia y la capacidad de respuesta a fin de asegurar la confiabilidad y la performance con la que debe de contar todo sistema en tiempo real. Sostiene ELECTROANDES que la cantidad de puntos a ser monitoreados esta mas directamente relacionada con los modulos de entrada disponibles en las Unidades Terminales Remotas, en estos equipos, los costos que involucran un aumento de puntos a ser monitoreados no son significativos o, en algunos casos, no existe variacion. Ademas, el centro de control de ELECTROANDES corresponde a la version estandar que el proveedor ABB Network Management tiene especificado para los sistemas que comercializa, el cual tiene una cantidad fija de puntos a ser monitoreados y cualquier modificacion a este numero significa un costo adicional; Que, ademas, precisa la recurrente que los sistemas SCADA no se desarrollan para cumplir funciones enfocadas solo en la transmision o en la generacion, sino que estos equipos pueden ser empleados indistintamente sin necesidad de realizar adaptaciones al software o al hardware ya que las funciones para el manejo de informacion y supervision no tienen una orientacion especifica, por lo que no es correcto considerar que el sistema SCADA de ELECTROANDES tiene capacidades singulares para generacion o transmision, y que el costo de inversion variara segun el empleo en las actividades descritas; Que, sobre lo expresado, ELECTROANDES afirma que el criterio de reduccion de costos del centro de control carece de sustento tecnico y economico, por lo que solicita se corrija el criterio adoptado. 2.5.2 ANALISIS DEL OSINERG Que, con relacion a este petitorio, debe precisarse que de acuerdo con lo que senala ELECTROANDES, su centro de control ha sido dimensionado y cotizado para las necesidades de la transmision y generacion existentes, mas no asi a las necesidades del SEA del SST. En este sentido, se limita a dar solo la cotizacion de su actual sistema; Que, el centro de control de ELECTROANDES tiene como principal funcion la operacion y el despacho de su generacion y la coordinacion con el COES para que esa actividad se realice de la manera mas conveniente para el MORDAZA y, como funcion complementaria, la operacion de su SST en su MORDAZA de concesion; Que, por otro lado, no se cuenta con un estudio detallado de adaptacion del centro de control, de modo tal que el OSINERG, tal como lo ha venido aplicando, utiliza el criterio de ajuste por numero de puntos de control; Que, en razon de las consideraciones expuestas, no es dable aceptar el diseno del centro de control propuesto por ELECTROANDES, por lo que su recurso en este extremo debe declararse infundado. 2.6 COSTOS DE INVERSION DE INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA 2.6.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROANDES indica que en la Absolucion de las Observaciones ha presentado la valorizacion de la infraestructura administrativa a considerar como parte del Costo Medio de su SST, la misma que es equivalente a 1 135 MORDAZA US$, y que no ha sido incluida por el OSINERG en la resolucion reconsiderada, a pesar de si habersele reconocido a otros concesionarios de transmision. 2.6.2 ANALISIS DEL OSINERG Que, los activos a ser considerados en el SEA corresponden a instalaciones electromecanicas y civiles de transmision, mas no a infraestructura administrativa. El concepto de infraestructura administrativa corresponde a un gasto de gestion contemplado dentro del COyM como un costo estandar de gestion, pero no representa un activo de la transmision; Que, ademas, si se toma en cuenta las definiciones de SEA12 y del SST13 , contenidas en el Anexo de la LCE, los costos de inversion de infraestructura administrativa no forman parte del SEA, motivo por el cual tampoco fue reconocido a otros titulares de transmision;

Que, por tanto, este petitorio de recurso de reconsideracion debe ser declarado infundado. 2.7 COSTO DE MANTENIMIENTO DE LA CELDA DE LA LINEA L-535 MORDAZA MORDAZA - SAN MORDAZA 2.7.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROANDES afirma que el OSINERG no ha considerado en la subestacion MORDAZA MORDAZA el costo de mantenimiento de la celda de la linea L-535 MORDAZA MORDAZA - San MORDAZA, habiendolo definido como parte del SEA del SST de ELECTROANDES, lo que puede verificarse en el Estudio Tecnico de Propuesta de Tarifas del SST de ELECTROANDES elaborado por la empresa consultora Proyectos Especiales MORDAZA S.A., solicitandose se corrija esta omision. 2.7.2 ANALISIS DEL OSINERG Que, la afirmacion de la recurrente es incorrecta, ya que si se ha considerado el costo de mantenimiento de la celda de la Linea L-535 MORDAZA Francisco-San Mateo. El costo indicado, se presenta en el Cuadro 5.3.1.1 Subestaciones correspondiente a la instalacion MORDAZA MORDAZA, columna "Numero total de unidades", donde se han considerado en el Punto 1, dos celdas de linea y en los puntos 2 y 3 una celda de linea en cada punto. En total, son cuatro celdas que son las correspondientes al SEA de la subestacion en mencion y que comprenden dos celdas de salida a Morococha, una celda a San MORDAZA y una celda a San Antonio; Que, por tanto, se concluye que este extremo del recurso de reconsideracion es declarado infundado. 2.8 COSTOS TOTALES DEL PERSONAL DE OPERACION Y MANTENIMIENTO 2.8.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROANDES senala que los costos de los beneficios laborales del personal, considerado por el OSINERG, que en promedio ascienden al 43,3% de la remuneracion bruta mensual, no corresponden a los costos adicionales que conforman la mano de obra establecidos en las leyes laborales, ya que, segun la recurrente, el porcentaje en mencion es de aproximadamente 60%, porcentaje que sustenta con informacion que adjunta a su recurso; Que, por otro lado, ELECTROANDES manifiesta su discrepancia con el criterio de OSINERG de asumir que el cargo de Sobrestante corresponde a Tecnico de mantenimiento de Redes Electricas y el de Tecnico a un 75% de la ocupacion mencionada, solicitando se consideren ocupaciones con remuneraciones superiores; Que, asimismo, afirma que en los costos de mantenimiento de lineas de transmision y subestaciones, el OSINERG ha empleado costos de hora hombre distintos a los establecidos en el Cuadro 5.2.1 del Estudio Tecnico

12 14 Sistema Economicamente Adaptado: Es aquel sistema electrico en el que existe una correspondencia de equilibrio entre la oferta y la demanda de energia, procurando el menor costo y manteniendo la calidad del servicio. 13 17 Sistema MORDAZA de Transmision: Es la parte del sistema de transmision destinado a transferir electricidad hacia un distribuidor o consumidor final, desde una MORDAZA del Sistema Principal. Son parte de este sistema, las instalaciones necesarias para entregar electricidad desde una central de generacion hasta una MORDAZA del Sistema Principal de Transmision.

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