Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2003 (25/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2003

i) Empresas Vinculadas. Para efectos del presente Reglamento, se tomara en cuenta la definicion de Empresa Vinculada establecida por la Superintendencia de Banca y Seguros, asi como los pronunciamientos de OSITRAN sobre el particular. j) Entidad Prestadora. Son las empresas o grupo de empresas que tienen la titularidad legal o contractual para realizar actividades de explotacion de infraestructura de transporte de uso publico, MORDAZA empresas publicas o concesionarias, y que conservan frente al Estado la responsabilidad por la prestacion de los servicios relacionados a esta explotacion. Para efectos del ejercicio de las funciones de supervision de OSITRAN, se considerara tambien como Entidad Prestadora a aquella que realiza actividades de utilizacion total o parcial de infraestructura de transporte de uso publico, en calidad de Operador Principal, por merito de la celebracion de un contrato de operacion o de asistencia tecnica o similares. k) Infraestructura. Es el sistema compuesto por las obras civiles e instalaciones mecanicas, electronicas u otras, mediante las cuales se brinda un servicio de transporte o se permite el intercambio modal, y por el cual se cobra una prestacion. La infraestructura puede ser aeroportuaria, portuaria, ferroviaria y de carreteras. l) Maniobras Dilatorias. Son las acciones que realiza la Entidad Prestadora para demorar o impedir el otorgamiento de Acceso a Facilidades Esenciales. Se consideran maniobras dilatorias, el solicitar mas informacion que la establecida en el respectivo Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora, o el no dar tramite a la solicitud de Acceso en la forma o plazos senalados en el procedimiento establecido en este Reglamento. m) Operador de servicios competitivos o en competencia. Es el agente autorizado a brindar Servicios Esenciales usando Facilidades Esenciales. Puede ser el operador principal, operador MORDAZA, tercero calificado u otro. n) OSITRAN. Es el Organismo Supervisor de Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, creado por Ley Nº 26917. o) Requisitos ambientales. Son aquellos referidos a la proteccion o remediacion del ecosistema, que incluyen, pero no se restringen, al aire, agua y terrenos circundantes. p) Requisitos tecnicos. Son las obligaciones o condiciones de caracter tecnico u operativo que tienen que cumplir las Entidades Prestadoras y los operadores de servicios competitivos para asegurar la correcta prestacion de servicios de transporte. q) Servicios competitivos o en competencia.

Articulo 1º.- Referencia. Cuando en el presente Reglamento se mencione un Titulo, Capitulo o Articulo sin indicar la MORDAZA legal correspondiente, se entendera que esta referido a este Reglamento. Asimismo, cuando el Reglamento aluda a Facilidades Esenciales, se referira a la infraestructura de transporte de uso publico que ha sido calificada como tal por OSITRAN. Articulo 2º.- Anexos del presente Reglamento. Forman parte integrante del presente Reglamento: a) El Anexo Nº 1: Facilidades Esenciales. b) El Anexo Nº 2: Servicios Esenciales. Articulo 3º.- Definiciones. a) Barreras al Acceso. Se considera MORDAZA al Acceso a cualquier limitacion que impide, encarece o desalienta el Acceso a un MORDAZA, sea de naturaleza legal, tecnologica o estrategica. Se dira que existen barreras al Acceso cuando la empresa establecida puede generar ganancias extraordinarias sin atraer la entrada de nuevos competidores. Las barreras son legales cuando surgen como consecuencia de limitaciones impuestas por una Ley o cualquier otra MORDAZA dictada por algun organismo del Estado. Las barreras son tecnologicas cuando se vinculan a los diferentes tipos de economias que se pueden dar en un MORDAZA productivo determinado, tales como economias de escala, de diversificacion, de coordinacion, de densidad u otras similares. Las barreras son estrategicas cuando se derivan de la accion directa de un proveedor en el MORDAZA quien las erige para disuadir o limitar la entrada de competidores o hacerla menos rentable. b) Cadena logistica. Es el conjunto de servicios que tiene por objeto el traslado de carga o pasajeros en una relacion de origen - destino, optimizando la utilizacion del medio de transporte. c) Cargo, Precio o Tarifa de Acceso. Es la contraprestacion monetaria que cualquier operador de servicios competitivos esta obligado a pagar por utilizar la Facilidad Esencial. d) Condiciones de Acceso. Son los terminos que se exigen a cambio del Acceso, distintos al cargo, precio o tarifa de Acceso, tales como: licencias, seguros, fianzas, requisitos tecnicos de seguridad o logisticos, reglas de conducta, horarios, requisitos sobre aspectos ambientales u otros similares. e) Contrato tipo. Son formatos para contratos aprobados por OSITRAN que establecen clausulas generales de contratacion, cuya aplicacion es obligatoria por las Entidades Prestadoras. Tienen por objeto facilitar la negociacion entre las partes, reducir potenciales dilaciones y reducir costos de transaccion. f) Costos comunes. Son los costos incurridos en producir mas de un servicio que no pueden ser directamente atribuidos a la prestacion de un servicio en particular. Los costos comunes surgen por la existencia de economias de diversificacion. g) Dias. Son los dias habiles. h) Economias de diversificacion. Son aquellas que ocurren cuando es mas eficiente que una sola empresa opere dos o mas servicios o lineas de produccion, debido a que los costos de la produccion conjunta de los servicios son menores que la produccion individual de cada servicio.

Son los servicios esenciales o complementarios que se brindan en un regimen de libre competencia. r) Servicios complementarios. Los servicios complementarios son aquellos que: - Es conveniente prestar para la operacion o mantenimiento de los servicios de transporte en aeropuertos, puertos, vias ferreas o carreteras. - Pueden ser provistos utilizando la infraestructura de transporte de uso publico. s) Subsidios cruzados. Son las situaciones o comportamientos estrategicos que se presentan cuando un servicio o grupo de servicios no

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