Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 43
MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004
NORMAS LEGALES
TABLA III
Pag. 261405
CODIGO TRIBUTARIO - LIBRO MORDAZA (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES QUE SE ENCUENTRAN EN EL MORDAZA REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
INFRACCIONES 1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCION EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA - No inscribirse en los registros de la Administracion Tributaria, salvo aquellos en que la inscripcion constituye condicion para el goce de un beneficio. Proporcionar o comunicar la informacion, incluyendo la requerida por la Administracion Tributaria, relativa a los antecedentes o datos para la inscripcion, cambio de domicilio, o actualizacion en los registros, no conforme con la realidad. - Obtener dos o mas numeros de inscripcion para un mismo registro. - Utilizar dos o mas numeros de inscripcion o presentar certificado de inscripcion y/o identificacion del contribuyente falsos o adulterados en cualquier actuacion que se realice ante la Administracion Tributaria o en los casos en que se exija hacerlo. - No proporcionar o comunicar a la Administracion Tributaria informaciones relativas a los antecedentes o datos para la inscripcion, cambio de domicilio o actualizacion en los registros o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administracion Tributaria. - No consignar el numero de registro del contribuyente en las comunicaciones, declaraciones informativas u otros documentos similares que se presenten ante la Administracion Tributaria. - No proporcionar o comunicar el numero de RUC en los procedimientos, actos u operaciones cuando las normas tributarias asi lo establezcan. 2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS - No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision. - Emitir y/u otorgar documentos que no reunen los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision. - Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, que no correspondan al regimen del deudor tributario o al MORDAZA de operacion realizada de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolucion de Superintendencia de la SUNAT. - Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guia de remision, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado. - Transportar bienes y/o pasajeros con documentos que no reunan los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago o guias de remision, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez. - No obtener el comprador comprobantes de pago u otros documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, por las compras efectuadas, segun las normas sobre la materia. - No obtener el usuario los comprobantes de pago u otros documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, por los servicios que le fueran prestados, segun las normas sobre la materia. - Remitir bienes sin el comprobante de pago, guia de remision y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remision. - Remitir bienes con documentos que no reunan los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago, guias de remision y/u otro documento que carezca de validez. - Remitir bienes con comprobantes de pago, guia de remision u otros documentos complementarios que no correspondan al regimen del deudor tributario o al MORDAZA de operacion realizada de conformidad con las normas sobre la materia. - Utilizar maquinas registradoras u otros sistemas de emision no declarados o sin la autorizacion de la Administracion Tributaria para emitir comprobantes de pago o documentos complementarios a estos. - Utilizar maquinas registradoras u otros sistemas de emision, en establecimientos distintos del declarado ante la SUNAT para su utilizacion. - Usar maquinas automaticas para la transferencia de bienes o prestacion de servicios que no cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Comprobantes de Pago, excepto las referidas a la obligacion de emitir y/u otorgar dichos documentos. - Remitir o poseer bienes sin los precintos adheridos a los productos o signos de control visibles, segun lo establecido en las normas tributarias. - No sustentar la posesion de bienes mediante los comprobantes de pago y/u otro documento previsto por las normas sobre la materia para sustentar la posesion. REFERENCIA Articulo 173º SANCION
Numeral 1
Numeral 2
1% IC o comiso o internamiento temporal del vehiculo (1) 0.8% IC o cierre (2) (3)
Numeral 3 Numeral 4
0.6% IC o cierre (2) (3) 1% IC o cierre (2) (3)
Numeral 5
0.8% IC o Cierre (2) (3) o comiso (4)
Numeral 6
0.6 % IC o Cierre (2) (3)
Numeral 7 Articulo 174º
0.6 % IC o cierre (2) (3)
Numeral 1 Numeral 2
0.8% IC o cierre (2) (5) 0.8% IC o ierre (2) (5)
Numeral 3
0.8% IC o cierre (2) (5)
Numeral 4
Internamiento temporal del vehiculo (6) Multa equivalente al 10% de la UIT o internamiento temporal del vehiculo (7) Comiso (8)
Numeral 5
Numeral 6
Numeral 7
5% UIT
Numeral 8 Numeral 9
Comiso (8) Comiso o multa (9)
Numeral 10
Comiso (8)
Numeral 11
Comiso o multa (9)
Numeral 12 Numeral 13
0.8% IC (10) Comiso o multa (9)
Numeral 14 Numeral 15
Comiso (8) Comiso (8)