Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004
INFRACCIONES

NORMAS LEGALES
REFERENCIA

Pag. 261401
SANCION

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EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision. Emitir y/u otorgar documentos que no reunen los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision. Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, que no correspondan al regimen del deudor tributario o al MORDAZA de operacion realizada de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolucion de Superintendencia de la SUNAT. Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guia de remision, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado. Transportar bienes y/o pasajeros con documentos que no reunan los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago o guias de remision, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez. No obtener el comprador comprobantes de pago u otros documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, por las compras efectuadas, segun las normas sobre la materia. No obtener el usuario los comprobantes de pago u otros documentos complementarios a estos, distintos a la guia de remision, por los servicios que le fueran prestados, segun las normas sobre la materia. Remitir bienes sin el comprobante de pago, guia de remision y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remision. Remitir bienes con documentos que no reunan los requisitos y caracteristicas para ser considerados como comprobantes de pago, guias de remision y/u otro documento que carezca de validez. Remitir bienes con comprobantes de pago, guia de remision u otros documentos complementarios que no correspondan al regimen del deudor tributario o al MORDAZA de operacion realizada de conformidad con las normas sobre la materia.

Numeral 1 Numeral 2

40% de la UIT o cierre (3) (4) 15% de la UIT o cierre (3) (4) 15% de la UIT o cierre (3) (4)

Numeral 3

Numeral 4

Internamiento temporal del vehiculo (5) Multa equivalente al 20% de la UIT o internamiento temporal de vehiculo (6) Comiso (7)

Numeral 5

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Numeral 6

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Numeral 7

5% de la UIT

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Numeral 8 Numeral 9

Comiso (7) Comiso o multa (8)

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Numeral 10

Comiso (7)

Utilizar maquinas registradoras u otros sistemas de emision no declarados o sin la autorizacion de la Administracion Tributaria para emitir comprobantes de pago o documentos complementarios a estos. - Utilizar maquinas registradoras u otros sistemas de emision, en establecimientos distintos del declarado ante la SUNAT para su utilizacion. - Usar maquinas automaticas para la transferencia de bienes o prestacion de servicios que no cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Comprobantes de Pago, excepto las referidas a la obligacion de emitir y/u otorgar dichos documentos. - Remitir o poseer bienes sin los precintos adheridos a los productos o signos de control visibles, segun lo establecido en las normas tributarias. - No sustentar la posesion de bienes mediante los comprobantes de pago y/u otro documento previsto por las normas sobre la materia para sustentar la posesion. - Sustentar la posesion de bienes con documentos que no reunen los requisitos y caracteristicas para ser considerados comprobantes de pago segun las normas sobre la materia y/u otro documento que carezca de validez. 3. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS O CONTAR CON INFORMES U OTROS DOCUMENTOS - Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos. - Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de informacion basica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. - Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos por montos inferiores. - Usar comprobantes o documentos falsos, simulados o adulterados, para respaldar las anotaciones en los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT. Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de conNumeral 5 10% de la UIT tabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT, que se vinculen con la tributacion. No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolucion de Superintendencia de la SUNAT, excepto para los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera. No contar con la documentacion e informacion que respalde el calculo de pre-

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Numeral 11

Comiso o multa (8)

Numeral 12 Numeral 13

30% de la UIT (9) Comiso o multa (8)

Numeral 14 Numeral 15 Numeral 16

Comiso (7) Comiso (7) Comiso o multa (8)

Articulo 175º

Numeral 1

15% de la UIT

Numeral 2

5% de la UIT

Numeral 3 Numeral 4

40% de la UIT 40% de la UIT

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Numeral 6

5% de la UIT

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Numeral 7

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