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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G30/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 (i) Una condición o responsabilidades, tal como cuida- do de niños pequeños, que pueden evitar que la persona desempeñe una o más de las funciones aplicables enume- radas en el párrafo (d) de esta Sección; o (ii) Una condición que puede ocasionar un daño si des- empeña una o más de las funciones aplicables enumera- das en el párrafo (d) de esta Sección. (c) Cada pasajero cumplirá con las instrucciones da- das por un tripulante aéreo u otro empleado autorizadodel explotador certificado que aplique restricciones en los asientos de salida de emergencia de acuerdo con esta Sección. (d) Cada explotador certificado incluirá en las tarjetas de información al pasajero, presentadas en el idioma en que las informaciones y las instrucciones orales son da-das por la tripulación, la información de que en el en caso de una emergencia en que un tripulante aéreo no está dis- ponible para ayudar, un pasajero que ocupa un asiento desalida de emergencia puede ser llamado para realizar las siguientes funciones: (1) Ubicar la salida de emergencia; (2) Reconocer el mecanismo de apertura de la salida de emergencia; (3) Comprender las instrucciones para operar la sali- da de emergencia; (4) Operar la salida de emergencia;(5) Evaluar si aumentarán los peligros a los cuales los pasajeros pueden exponerse si se abre la salida de emer- gencia; (6) Seguir direcciones orales y señales de mano da- das por un tripulante aéreo; (7) Guardar o asegurar la puerta de salida de emer- gencia para que no impida el uso de la salida; (8) Evaluar la condición del tobogán de escape, ope- rar el tobogán y estabilizarlo después del despliegue paraayudar a otros a salir y evacuar por el dispositivo tobogán; (9) Pasar eficazmente por la salida de emergencia; y (10) Evaluar, seleccionar y seguir una trayectoria se- gura lejos de la salida de emergencia. (e) Cada explotador certificado incluirá tarjetas de in- formación al pasajero en cada asiento. (1) En el idioma en que las instrucciones de emergen- cia son dadas por la tripulación, los criterios de selección colocados en el párrafo (b) de esta Sección y un pedido para que un pasajero se identifique a sí mismo para per-mitir se cambie su asiento si: (i) No puede cumplir los criterios de selección pues- tos en el párrafo (b) de esta Sección; (ii) Tiene una condición no discernible que le impide el desempeño de las funciones aplicables enumeradas en elpárrafo (d) de esta Sección; (iii) Pueda sufrir daño corporal como el resultado de desempeñar una o más de estas funciones; o (iv) No desea desempeñar esas funciones; y (2) En cada idioma usado por el explotador certificado para las tarjetas de información al pasajero, pidiendo que un pasajero se identifique a sí mismo para permitir un cam- bio de asiento si carece de capacidad para leer, hablar ocomprender el idioma o la forma gráfica de las instruccio- nes que son indicadas para una evacuación de emergen- cia o la capacidad de comprender el idioma utilizado paralas órdenes que la tripulación dará en una emergencia. (3) Pueda sufrir daño corporal como el resultado de des- empeñar una o más de esas funciones; o, (4) No desea desempeñar esas funciones. Un explotador certificado no requerirá que el pasaje- ro revele su razón para solicitar cambio de asiento. (f) Para información al público, cada explotador cer- tificado pondrá en forma visible en todas las puertas depasajero, mostradores de boletos, puertas de carga y puertas en cada aeropuerto donde conduce las opera- ciones de pasajero, los procedimientos escritos parahacer determinaciones con respecto a la fila de salida de emergencia. (g) Ningún explotador certificado puede permitir el ro- daje o remolque de una aeronave, a menos que uno de los tripulantes requeridos haya verificado que ningún asiento de salida está ocupado por una persona incapaz de des-empeñar las funciones aplicables enumeradas en el párra- fo (d) de esta Sección. (h) Cada explotador certificado incluirá en sus informa- ciones al pasajero una referencia a las tarjetas de informa-ción de pasajero, indicadas en los párrafos (d) y (e), los criterios de selección del párrafo (b), y las funciones a ser desempeñadas, colocadas en el párrafo (d) de esta Sec-ción. (i) Cada explotador certificado incluirá en sus informa- ciones al pasajero la posibilidad de una petición de cambiode asiento, si el mismo considera que: (1) No puede cumplir los criterios de selección colo- cados en el párrafo (b) de esta Sección; (2) Tiene una condición no discernible que no le per- mitirá desempeñar las funciones indicadas en el párrafo(d) de esta Sección; (3) Pueda sufrir daño corporal como resultado de des- empeñar una o más de esas funciones indicadas en elpárrafo (d) de esta Sección; o, (4) No desea desempeñar esas funciones enumera- das en el párrafo (d) de esta Sección. (j) [Reservado] (k) En el caso que un tripulante requerido determine que el pasajero asignado a un asiento de emergencia podría no cumplir adecuadamente las funciones estable- cidas en el párrafo (d), o que el pasajero solicita un cam-bio de asiento diferente al de salida de emergencia, de- berá volver a colocarlo en forma expeditiva a un asiento distinto. (l) En la eventualidad de que todos los asientos que no sean de salida estuvieran ocupados y fuera necesario reubicar un pasajero que esté ocupando un asiento desalida, el explotador aéreo debe designar en este último asiento otra persona que pueda y acepte asumir las tareas de evacuación que puedan ser necesarias. (m) Un explotador certificado puede negar transporte a cualquier pasajero incluido en esta sección únicamen- te porque: (1) El pasajero rehúsa cumplir con instrucciones da- das por un tripulante aéreo u otro empleado autorizadodel explotador certificado que implementa las restriccio- nes de asignación de asientos en salidas de emergencia establecidas según esta Sección, o (2) El único asiento que acomodará físicamente a la persona con desventaja es un asiento de salida de emer- gencia. (n) A fin de cumplir con esta Sección los poseedores de certificado deberán: (1) Establecer procedimientos que dirijan: (i) Los criterios enumerados en el párrafo (b) de esta Sección; (ii) Las funciones enumeradas en el párrafo (d) de esta Sección; (iii) Los requerimientos para la información de aero- puerto, tarjetas de información de pasajeros, constata-ción de asignación apropiada de asientos en salidas de emergencia por tripulantes aéreos, informaciones a los pasajeros, asignación de asiento, y la negativa de trans-porte como indica esta Sección; (iv) Para resolver las discrepancias que provienen de la implementación de esta Sección, incluyendo la identi-ficación del empleado en el aeropuerto a quien las que- jas deberán dirigirse para su solución; y (2) Someter sus procedimientos para la aprobación y revisión preliminar a los inspectores principales de ope- raciones asignados a ellos por la autoridad encargadade la inspección total de sus operaciones. (o) Los poseedores de certificado asignarán los asien- tos con anterioridad al abordaje uniformemente con los criterios enumerados en el párrafo (b) y las funciones enu- meradas en el párrafo (d) de esta Sección, al alcance máxi-mo factible. (p) Los procedimientos requeridos por el párrafo (n) de esta Sección no entrarán en vigor hasta que la apro-bación final sea otorgada por la DGAC. La aprobación se basará únicamente en los aspectos de seguridad de los procedimientos del explotador certificado.