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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2004 (21/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G30/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de marzo de 2004 Otros sistemas relacionados; los procedimientos de operaciones normales, anormales, y de emergencia; li- mitaciones y procedimientos correspondientes. (vi) Procedimientos para: (A) Reconocer y evitar entrar en condiciones meteo- rológicas severas; (B) Eludir situaciones severas de mal tiempo, en su- puestos encuentros inadvertidos, incluyendo cortes de vien-to a baja altura ("windshear"), y (C) Vuelo en o cerca de tormentas (incluyendo la elec- ción de mejores alturas de penetración), turbulencia enaire claro, congelamiento, granizo, y otras condiciones meteorológicas potencialmente peligrosas; (vii) Limitaciones operativas; (viii) Control de crucero y consumo de combustible; (ix) Planificación correcta del vuelo;(x) Evaluación de cada procedimiento normal y de emergencia; y (xi) El manual de vuelo del avión aprobado por la DGAC. (b) La categoría de instrucción inicial en tierra para pilotos e ingenieros de vuelo debe consistir en por lo menos las siguientes horas programadas de instrucción en los temas especificados en el párrafo (a) de esta Sec-ción y en la Sección 121.415 (a), a menos que se conside- ren reducciones bajo la Sección 121.405. (1) Grupo I: aviones: (i) Reservado; y (ii) Turbohélices, ochenta (80) horas. (2) Grupo II: aviones Jet, ciento veinte (120) horas.(c) Los entrenamientos en tierra inicial, transición y promoción para pilotos e ingenieros de vuelo pueden serestablecidos basado en reducciones permitidas por el párrafo 121.401 (d). 121.420 Navegantes de vuelo (a) El entrenamiento en tierra inicial y de transición para navegantes de vuelo debe estar compuesto por la instrucción que se señala en los temas indicados en el párrafo 121.419 (a) anterior, según corresponda a susdeberes y responsabilidades asignadas; asimismo, debe comprender la instrucción que se señala a continuación con respecto al tipo de avión en particular: (1) Limitaciones en velocidades de ascenso, crucero y descenso. (2) Todo ítem del equipo de navegación instalado, den- tro del cual se debe considerar radio, radar y otros equi- pos electrónicos. (3) Rendimiento del avión. (4) Instrumentos o sistemas de indicación de veloci- dad aérea, temperatura y presión. (5) Limitaciones y métodos de compensación del com- pás. (6) Cartas y datos de control de crucero, dentro de los cuales se debe considerar índices de consumo de com- bustible. (7) Cualquier otro tipo de instrucción que fuese nece- saria para garantizar su competencia. (b) El entrenamiento en tierra inicial para navegantes de vuelo debe componerse como mínimo de la siguiente canti- dad de horas de instrucción programadas en los temas con- signados en el párrafo (a) de la presente Sección, así comolos señalados en el párrafo 121.415 (a) a menos que se haga una reducción en virtud a la Sección 121.405: (1) Grupo I. Aviones: (i) Reservado; y (ii) Propulsados por motores turbohélice; 32 horas. (2) Grupo II, aviones jet, 32 horas.121.421 Tripulantes auxiliares (T/A): Instrucción ini- cial y de transición en tierraEl entrenamiento en tierra inicial y de transición para los tripulantes auxiliares debe incluir todos los puntos es- pecificados en el Apéndice D de la Parte 63, incluyendo el curso de CRM señalado en las Secciones 121.404 y121.406. El entrenamiento en tierra inicial para tripulantes auxi- liares debe incluir un chequeo de competencia en vuelopara determinar la capacidad de la persona en la ejecución de sus deberes y responsabilidades. Ese chequeo debe ser conducido por un Inspector de la DGAC. En el caso deun tripulante auxiliar recién contratado y sin experiencia anterior en dicha función, la conducción del chequeo es privativa de un Inspector de la DGAC. 121.422 Despachador de aeronaves: Instrucción inicial y de transición en tierra (a) La Instrucción inicial y de transición en tierra para los despachadores de aeronaves debe incluir instrucciónen por lo menos los temas especificados en el Apéndice A de la Parte 65, incluyendo el curso de CRM señalado en las Secciones 121.404 y 121.406. (b) La instrucción inicial y de transición en tierra para los despachadores de aeronave debe incluir un chequeo de competencia, dado por un instructor de tierra o super-visor apropiado, en el que demuestren conocimiento y ca- pacidad con los temas correspondientes al párrafo (a) de esta Sección. 121.424 Pilotos: Instrucción Inicial, de transición y de promoción en vuelo (a) La instrucción inicial, transición y de promoción de vuelo para pilotos, debe incluir entrenamiento de vuelo yprácticas de las maniobras y procedimientos según el cer- tificado del poseedor y el programa de entrenamiento de vuelo en cortes de viento a baja altura ("windshear") segúnel Apéndice E de esta Parte, como corresponda. (b) Las maniobras y los procedimientos indicados en el párrafo (a) de esta Sección deben ser ejecutados envuelo, excepto: (1) Que las maniobras de corte de viento ("windshear") y los procedimientos de emergencia deban realizarse en un simulador en el cual dichas maniobras y procedimien- tos están específicamente autorizados a realizarse; y (2) Otras maniobras y procedimientos que deban ser realizadas en un simulador de avión, dispositivo de en- trenamiento apropiado, o un avión estático como sea indi-cado, de acuerdo a lo indicado en el Apéndice E de esta Parte. (c) Excepto lo permitido en el párrafo (d) de esta Sec- ción, el entrenamiento inicial de vuelo requerido por el párrafo (a) de esta Sección, debe incluir por lo menos lassiguientes horas programadas de entrenamiento en vuelo y prácticas, a menos que sean reducidas según indique la Sección 121.405: (1) Grupo I. Aviones: (i) Reservado; y (ii) Turbohélices. Piloto al mando, quince (15) horas de vuelo;Copiloto, siete (7) horas de vuelo. (2) Grupo II. Aviones jet. Piloto al mando, dieciséis (16) horas de vuelo; copilo- to, dieciséis (16) horas de vuelo. (3) Las horas establecidas en (c)(1) y (c)(2) anterior, consideran el desempeño del tripulante manipulando los controles (como "pilot flying"), en la ejecución de las ma-niobras indicadas en los apéndices correspondientes. Las horas realizadas asistiendo al piloto que está volando pue- den ser acreditadas en la libreta de vuelos en el casillerocorrespondiente, mas no pueden ser contabilizadas dentro de las horas establecidas en los subpárrafos (c)(1) y (c)(2) anteriores. (d) Si el programa de instrucción aprobado al explo- tador certificado incluye un curso de entrenamiento uti-lizando un simulador de avión, bajo el párrafo 121.409 (c) y (d) de esta Parte, cada piloto debe aprobar exito- samente: