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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 23 de junio de 2006 322239REPUBLICADELPERU Consejo Nacional de la Magistratura, entre otras instituciones, autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores mediante Resolución de la más alta autoridad de la Entidad, debiéndose sustentar en el interés institucional, publicarse en el Diario Oficial El Peruano, y presentar el comisionado dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuentas por el gasto realizado y un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, con las visaciones de los jefes de las oficinas de Administración, Planificación y Asuntos Legales del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje al exterior del 20 al 22 de junio del presente año, en representación del Consejo Nacional de la Magistratura, al señor Presidente Ing. Luis Francisco Delgado de la Flor Badaracco, para participar en la "XIII Cumbre Judicial Iberoamericana", que tendrá lugar los días 21 y 22 de junio del 2006, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución y que a continuación se detallan, serán con Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratura, como sigue: Ing. Luis Francisco Delgado de la Flor Badaracco- Pasaje Lima-Santo Domingo-Lima : US$ 1,581.73 - Impuesto de salida al extranjero : US$ 30.25 - Seguro Asistencia de Viajero : US$ 48.16 Artículo Tercero.- El señor Presidente Ing. Luis Francisco Delgado de la Flor Baradacco, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje presentará un informe detallado describiendo las acciones y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Encargar al Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Luis Edmundo Peláez Bardales, el ejercicio de las funciones de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, mientras dure la ausencia del Titular del Pliego. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 11067 J N E /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6E/GFA/G6D/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73 /G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G71/G75/G65/G20/G74/G69/G65/G6E/G65/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G65/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 1182-2006-JNE Lima, 20 de junio 2006 VISTO el Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del presente año, que convoca a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Consejos Provinciales y Distritales de toda la República, así como a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de toda la República, para el domingo 19 de noviembre del 2006;CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, el número de miembros de cada Consejo Regional para la próxima elección regional será igual al número de provincias de cada departamento; y, en el caso de la Provincia Constitucional del Callao, igual al número de sus distritos, con un mínimo de siete (7) miembros para ambos casos. Que existen departamentos que están constituidos por menos de siete (7) provincias, por lo que, además de los consejeros que representan de manera directa a cada provincia, debe procederse a determinar oportunamente el número de representantes adicionales que tendrá cada una de ellas, el mismo que se ha calculado en base a su población electoral. Que siendo de aplicación supletoria al proceso de elecciones regionales, la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, de conformidad con lo establecido en el artículo 16º de la Ley de Elecciones Regionales, deben aplicarse para este proceso, las normas relativas a la Cifra Repartidora en elecciones de representantes al Congreso de la República, según lo señalado en el artículo 30º de la Ley Orgánica de Elecciones; El Jurado Nacional de Elecciones, en aplicación de la tercera disposición complementaria de la Ley de Elecciones Regionales que le faculta a dictar dentro del marco de su competencia las disposiciones necesarias para el adecuado desarrollo del proceso electoral regional; RESUELVE:Artículo Primero.- Establecer para las elecciones regionales del año 2006 el número de representantes por provincias en las regiones por constituirse que tienen menos de siete provincias, de la siguiente manera: REGIÓN ICA PROVINCIA ELECTORES PROPORCIONAL CONSEJEROS CONSEJEROS TOTAL ADICIONALES DIRECTOS ICA 201953 0,895187689 1 1 2 CHINCHA 120038 0,532086871 1 1 2 PISCO 79774 0,353610507 0 1 1 PALPA 10429 0,046228144 0 1 1 NAZCA 39003 0,172886787 0 1 1 TOTAL 451197 7 REGIÓN LAMBAYEQUE PROVINCIA ELECTORES PROPORCIONAL CONSEJEROS CONSEJEROS TOTAL ADICIONALES DIRECTOS CHICLAYO 474840 2,806652530 3 1 4 LAMBAYEQUE 149503 0,883672338 1 1 2 FERREÑAFE 52392 0,309675131 0 1 1 TOTAL 676735 7 REGIÓN MADRE DE DIOS PROVINCIA ELECTORES PROPORCIONAL CONSEJEROS CONSEJEROS TOTAL ADICIONALES DIRECTOS TAMBOPATA 38407 3,217879435 3 1 4 MANU 5692 0,476896652 1 1 2 TAHUAMANU 3643 0,305223911 0 1 1 TOTAL 47742 7 REGIÓN MOQUEGUA PROVINCIA ELECTORES PROPORCIONAL CONSEJEROS CONSEJEROS TOTAL ADICIONALES DIRECTOS MARISCAL 45545 1,822492547 2 1 3 NIETO ILO 44350 1,774674376 2 1 3 GENERAL 10067 0,402833076 0 1 1 SÁNCHEZ CERRO TOTAL 99962 7 REGIÓN PASCO PROVINCIA ELECTORES PROPORCIONAL CONSEJEROS CONSEJEROS TOTAL ADICIONALES DIRECTOS PASCO 79471 2,343067737 2 1 3 OXAPAMPA 38684 1,140532173 1 1 2 DANIEL 17515 0,516400088 1 1 2 CARRIÓN TOTAL 135670 7